La
gran amenaza desestabilizadora para 2026: los juicios internacionales que
acechan al país…
Loretta Preska. Falló en contra de la Argentina en el juicio por la
reestatización de YPF. Imagen: Pablo Temes.
Mientras el debate político se concentra en la
coyuntura inmediata y en las urgencias del corto plazo, el país enfrenta una
bomba de tiempo en los tribunales internacionales. Se trata de un volumen de
pasivos judiciales que ronda los USS 30 mil millones, en su mayoría fuera del
Presupuesto y prácticamente ausentes del debate público, que podrían comenzar a
volverse exigibles a partir de 2026. Los casos más emblemáticos –el juicio por
la reestatización de YPF en los tribunales de Nueva York, la causa por la manipulación
del PBI y el no pago de los cupones atados al crecimiento económico en Londres–
ya cuentan con fallos adversos.
© Escrito por Carlos Burgueño,
Periodista. Lic. en Ciencia Política.
Máster en Economía y Sociología, el domingo
28/12/2025 y publicado por el Diario
Perfil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.

No está incluido en el Presupuesto. No está mencionado como crítica por
parte de la oposición. Prácticamente es un tema ignorado por la clase política
argentina. Pero se trata del factor más amenazante de inestabilidad económica,
financiera y fiscal para el país. Se trata del altísimo volumen de pasivos que
el país mantiene en juicios contra la Argentina en diferentes tribunales
internacionales, que podrían estallar en gran parte durante el 2026; y que, de
no mediar negociaciones infernales y aperturas amplias de los mercados
internacionales, implicarían que el país no podría enfrentar semejante cantidad
y calidad de pasivos. En total, sumando todas las causas existentes, se llega a
la temeraria cifra de US$ 30 mil millones, con dos juicios emblemáticos a la cabeza:
el encauzado por la manera en que se renacionalizó YPF en 2012 y que ya tiene
fallo negativo en primera instancia en Nueva York, y el que involucra a la
manipulación del PBI y los cupones de los bonos argentinos durante la última
etapa del kirchnerismo. Causa que está radicada (y casi perdida) en Londres.
La causa por la petrolera tuvo novedades importantes esta semana. La
jueza Loretta Preska anunció que no embargará acciones de la compañía en
garantía, a la espera de una decisión de la Cámara de Apelaciones de Nueva
York. Ahora se abre un período de tiempo indefinido, donde los jueces de la
Segunda de Apelaciones de Nueva York deberán tomar una decisión de fondo sobre
la causa por la manera en que se renacionalizó YPF. Estos son Denny Chin, José Cabranes
y Beth Robinson, quienes ya están en estudio de la situación, pero aún no
dieron pistas sobre los tiempos. Por lo que se presume, no habrá novedades
durante el primer trimestre del año, ya que aún no están citadas las partes
para escuchar las argumentaciones de rigor; con lo que, a lo sumo, recién
habría novedades para el período abril-junio del 2026. O aún más allá del
tiempo también.
Los puntos fundamentales de la causa. Para muchos la necesidad de una
reestatización de la petrolera era necesaria. Repsol estaba haciendo un
desastre, invirtiendo más en Libia que en la Argentina.
Se razona además que ante la aparición de Vaca Muerta, el proyecto de
desarrollo de ese yacimiento debía tener como principal operador a una empresa
argentina. En lo posible estatal.
El juicio no es por la decisión de reestatizar, cuestión que era
necesaria. Es por la manera en que se reestatizó.
El estatuto de la privatización de 1992 (era Estenssoro) incluía una
Oferta Pública de Adquisición (OPA). Esto implica que cualquier operación de
toma de acciones en poder de privados, obliga a realizar una oferta similar al
resto de los accionistas.
Desde el 26 de junio de 1993 Argentina decide (como país soberano) salir
a cotizar parte de las acciones de YPF en la Bolsa de Nueva York. Desde ese
momento, inevitablemente, acepta las normas de la SEC, que incluyen el respeto
de la OPA. Y la jurisprudencia de EE.UU. indica que esto es superior, incluso a
las normas de países. Esto puede gustar o no, pero es así. Y debía haberse
tenido en cuenta.
En la decisión de reestatización de 2012 se decide pagar unos US$ 6 mil
millones a Repsol, pero no aplicar la OPA. Se decide además dejar de distribuir
dividendos a los accionistas.
El Grupo Petersen había acordado con Repsol pagar parte del 25,46% de
las acciones a través del giro de esos dividendos. Como ya no se giraba el
dinero, Petersen, a través de Petersen Energía y Petersen Inversora, se
presentan en concurso (y posterior quiebra) en los tribunales comerciales de
Madrid. Desde ese momento, el Grupo Petersen deja de tener que ver con esta
causa; y, en consecuencia, probablemente no reciba un solo dólar de este caso.
(Crean o no, es así).
El síndico de la causa radicada en Madrid, vende la causa (esto es
habitual) el 4 de mayo de 2015. La compra Burford en US$ 15 millones. Lo hace a
través de Prospect Capital (una subsidiaria semisecreta, para que no se sepa
que Burford estaba detrás). Luego ampliaría “la inversión” en 70 millones.
En septiembre de 2015 Burford se presenta en los tribunales de Nueva
York. Por sorteo toca Loretta Preska, heredera del sillón de Thomas Griesa como
jueza de primera instancia en el Distrito Sur de Nueva York.
Entre diciembre 2016 y marzo 2018, Preska se toma su tiempo para
analizar las leyes cruzadas de Argentina y EE.UU. En marzo 2019 define que las
normas de la SEC son más importantes que las leyes locales. Se basa, otra vez,
en jurisprudencia de EE.UU.
En septiembre de 2023 falla a favor de Burford y un segundo demandante
llamado Eton Park (Dios sabe quién está atrás de estos).
El problema fue no haber extendido el pago a Repsol, a una oferta al
resto de los accionistas. Luego estos podían aceptarla o no. Pero era
obligación, por estatuto, abrir la oferta al 49% de los accionistas.
Sobre la obligación de esta operación, hay jurisprudencia en la Justicia
de EE.UU. Argentina podría haber aceptado o no abrir las cotizaciones de una
parte de las acciones de YPF en Wall Street. Pero si lo hacía, debía respetar
las reglas de la SEC (autoridad del mercado de capitales norteamericano).
El fallo de fondo fue el de septiembre del 2023. Ahí se perdió el
juicio. La Argentina está obligada por leyes locales a apelar. De no hacerlo,
al Presidente en ejercicio le cabe la acusación de mal ejercicio en sus
funciones.
Por su parte, la causa por la manipulación de títulos públicos en 2013,
y el consecuente no pago de los intereses correspondientes al Cupón 2013, tiene
ya fallo firme en los tribunales ingleses. La Argentina perdió el caso en
primera y segunda instancia, en ambos casos con todos los votos de los jueces
en contra, y acudió al máximo tribunal del Reino Unido como última alternativa
jurídica para tratar de torcer la historia. Sin embargo, en octubre del año
pasado, la Corte británica rechazó tratar la causa, con lo que dejó en firme el
fallo de primera y segunda instancia. Son los fallos del juez Stephen Phillips
y del Tribunal de Apelación de Inglaterra y Gales a favor de los demandantes
Palladian Partners y Norinver Capital, entre otros; que denunciaron a la Argentina
por haber abonado intereses correspondientes por el mecanismo de los títulos
Cupón PBI emitidos durante el canje de deuda de 2006. Argentina esperaba que la
causa en Inglaterra se cayera, dado que en abril de 2023, una causa espejo en
el tribunal, curiosamente, de Loretta Preska, resolvió en contra del reclamo.
Sin embargo, en marzo de 2024, Phillips ratificó su decisión, y cerró el caso a
favor de los demandantes de Londres. Phillips se mantuvo en el criterio
jurisprudencial inglés, afirmando que la Argentina efectivamente alteró el PBI
de 2013, perjudicando a los ahorristas que habían confiado en el bono emitido
por el país para salir del default de 2002, y durante el canje de deuda de
2006.
Según la decisión del juez Phillips del 8 de marzo pasado, “las
declaraciones posteriores al fallo (correspondiente a los cupones PBI en euros)
de funcionarios argentinos reflejan la misma postura desafiante adoptada frente
a los fallos a favor de los holdouts (tenedores de títulos de deuda soberana
argentina) años atrás”. Y agregó: “Si bien es cierto que hay un nuevo gobierno
desde diciembre, aún no ha demostrado que adoptará un enfoque diferente para
honrar los fallos de Cortes internacionales. En particular, la nueva
administración no se ha distanciado públicamente de los comentarios realizados
por los antiguos funcionarios. También es digno de destacar que la República no
ha abonado ningún monto del fallo [YPF] del tribunal del Distrito Sur de Nueva
York, ni ha cumplido con las condiciones para suspender la ejecución (embargos)
pendiente de apelación en ese caso”.
La causa original fue iniciada en Nueva York por el fondo buitre
Aurelius en enero de 2015 por la supuesta “mala fe” del país al alterar la
medición del PBI del Indec para el ejercicio 2013; lo que derivó en una causa
espejo en Londres, a partir de una presentación del fondo cautivo de Aurelius y
Novoriver a la que luego se sumó Palladian con un grupo menor de tenedores de
deuda argentina.
Según los demandantes, el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner,
con Axel Kicillof como ministro de Economía, alteró la base de cálculo del Emae
para que el crecimiento final del PBI de ese año no superara el 3,22% y así no
activar la cláusula de liquidación del Cupón PBI. El Indec calculó para ese año
un crecimiento del 2,9%, pero modificando el cálculo base, una acción que para
Aurelius fue “adrede” para perjudicar a los tenedores de este bono, en lo que
representa “mal desempeño de sus funciones”.