Internismo judicial…
Las cinco claves
que habrían impulsado la detención de Boudou. Cruce de argumentos.
© Escrito por Nelson Castro el domingo 05/11/2017 y publicado por el Diario Perfil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La asociación desarrolló sus designios criminales, por lo menos desde principios de agosto de 2009, momento en que Amado Boudou asumió como ministro de Economía y Finanzas de la Nación, hasta el mes de diciembre de 2015, cuando finalizó su mandato como vicepresidente de la Nación”, reza la resolución del juez federal Ariel Lijo, quien ordenó la detención y posterior indagatoria de Amado Boudou sorprendiendo así a casi todos, incluyendo al imputado. Sin embargo, para el magistrado las razones de su resolución son claras e indubitables: lo acusó de ser el jefe de una asociación ilícita para enriquecerse, y de lavado de dinero.
La asociación desarrolló sus designios criminales, por lo menos desde principios de agosto de 2009, momento en que Amado Boudou asumió como ministro de Economía y Finanzas de la Nación, hasta el mes de diciembre de 2015, cuando finalizó su mandato como vicepresidente de la Nación”, reza la resolución del juez federal Ariel Lijo, quien ordenó la detención y posterior indagatoria de Amado Boudou sorprendiendo así a casi todos, incluyendo al imputado. Sin embargo, para el magistrado las razones de su resolución son claras e indubitables: lo acusó de ser el jefe de una asociación ilícita para enriquecerse, y de lavado de dinero.
José María Núñez Carmona,
Juan Carlos López y Alejandro Vandenbroele –supuestos testaferros del ex vicepresidente– también fueron acusados
como miembros de dicha asociación. Núñez Carmona comparte ya la prisión con el
ex vicepresidente mientras que los otros dos deberán presentarse la próxima
semana a declarar ante el juez. A su vez, Agustina Kämpfer –ex novia de Boudou– fue
imputada por lavado de dinero.
Fuentes de la fiscalía a cargo de Jorge Di Lello no
ocultaron su sorpresa y su malestar por el accionar de Lijo: “La investigación
no ha cambiado. No hay nuevos elementos. Me
gustaría saber por qué se lo detiene ahora y no antes o después. No
sabemos qué criterio usó el juez. Esto es un mamarracho”, dijeron visiblemente
molestos.
Fundamentos.
Según Lijo establece en su escrito, “la razón de ser de las medidas de
coerción” está basada en “relaciones residuales con actores que podrían
configurar una vía de colaboración para eludir la actividad jurisdiccional”,
aludiendo así a la posible capacidad de fuga del imputado. A ello le agrega
que, por la propia naturaleza de la maniobra investigada, Boudou conserva el “poder económico para
la elusión o la obstaculización del proceso”.
Cabe destacar que el juez contempla lo que se ha venido
denunciando y evidenciando en los medios de comunicación al describir la
escandalosa obscenidad del comportamiento del ex vicepresidente. Lijo marca el accionar de manera abierta y aún
no cuantificada de manera definitiva señalando que “por medio
de la modalidad descripta, se habrían llevado a cabo un número indeterminado de
acciones ilícitas que van desde la compra de automotores hasta la adquisición
de la Imprenta Ciccone” (...).
En la dinámica de los hechos que derivaron en la prisión
tanto de Boudou antes de ayer como de Julio De Vido la semana posterior a las elecciones, está el fallo de principios de
septiembre de la Sala II de la Cámara Federal en lo Penal por el que se ordenó
que se revisara el pedido de indagatoria y detención sobre Julio De Vido que el
juez federal Carlos Stornelli le había denegado al fiscal Carlos Stornelli en la
causa por los desvíos millonarios de fondos que debían llegar al yacimiento de
Río Turbio.
En sus argumentos, el camarista Martín Irurzun consideró que el pedido de
Stornelli se sustentaba “en la necesidad de sujeción de los imputados al
proceso y garantizar el esclarecimiento de los graves episodios en trámite y
evitar que se conforme una trama de complicidades que fomente el ocultamiento
de evidencias y el consenso de estrategias”. Léase, posible fuga u obstrucción
a la Justicia por posición de poder. En la fiscalía de Di Lello no convencen
estos argumentos, pero cierto es que la relación entre el juez y el fiscal no
es de las mejores. Incluso han dejado trascender que “no estaban al tanto de la
inminente detención y que el juez no les atendió el teléfono en las horas
posteriores”.
Fuentes de primera
línea que conocen el accionar del juez ratifican lo actuado:
1- Hay nuevos resultados periciales que aconsejan celeridad en las
actuaciones.
2- Como resultado de la investigación se ha determinado la existencia de nuevas
cuentas no declaradas que aún no han sido inhibidas; por ejemplo en España.
“Sabemos que miembros de la asociación están moviendo y disponiendo libremente
de ese dinero”.
3- El antecedente de la Cámara (antes citado).
4- Las dos nuevas imputaciones: jefe de asociación ilícita y lavado de
dinero.
5- Hay quienes especulan que la investigación de Di Lello no fue tan
contundente, y otros que piden graciosamente “un manto de piedad sobre él”.
Esta es la demostración de las internas que atraviesan a
un Poder Judicial que está en deuda con la ciudadanía. No hay duda de que tanto Boudou como De Vido serán condenados.
No hay duda de que pasarán un buen tiempo en la cárcel. Esas certezas existen
desde hace largo tiempo. Son certezas que surgieron de las evidencias que
arrojaron decenas de investigaciones periodísticas y de legisladores como Elisa
Carrió, que aportaron material y documentación que, salvo alguna excepción,
muchos jueces cajonearon o investigaron con supina molicie. El peritaje sobre
el caso de enriquecimiento ilícito que tiene a Boudou tras las rejas en el
penal de Ezeiza demoró dos años.
¿Cómo es posible tamaña demora en una causa
tan sensible?
La prisión preventiva está contemplada en el Código
Procesal Penal en sus artículos 312, 313, 314 y 315. Pero su aplicación exige
prudencia e, implícitamente, un accionar judicial diligente que complete las
investigaciones para llevar al imputado a juicio. Si posamos la mirada sobre
los casos de Lázaro Báez y de José López (que llevan ya un largo tiempo detenidos y sobre los que no hay
indicios sobre las fechas de juicio) vemos que esa diligencia no se ha
observado: la investigación no
está completada y, que se sepa, hasta el momento no hay fecha
cierta de juicio.
Momento clave.
El procedimiento del viernes demanda una explicación del juez Lijo. La
pronta difusión del video sobre la detención de Boudou en su domicilio, dormido
y descalzo, es violatoria de los derechos y garantías que toda persona tiene.
Este despertar poseleccionario de la Justicia no ayuda a
forjar la idea de un poder independiente. Esta
Justicia que actúa según sean los tiempos y los vientos de la
política no le sirve a la sociedad porque cuando emite sus veredictos ya es
tarde para todo. A los fallecidos en la tragedia de Plaza Once nadie les
devolverá la vida.