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sábado, 27 de septiembre de 2025

Plata sucia en las campañas… Gustavo Vera: “No se puede combatir el narco sin investigar el financiamiento de campañas electorales”... @dealgunamanera...

Gustavo Vera: “No se puede combatir el narco sin investigar el financiamiento de campañas electorales”...

Gustavo Vera. Fotografía YouTube

“Cuando la propia ley es una invitación a delinquir o a financiarse con dinero negro, esto genera mafiosidad; esa atmósfera que se crea entre mafia y Estado, concretamente cuando no hay controles cruzados”, explicó el activista social y titular de la Fundación La Alameda.

© Publicado el viernes 26/09/2025 por el Diario Perfil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.

Para el activista social y titular de la Fundación La Alameda, Gustavo Vera, el vínculo entre política y crimen organizado es más profundo de lo que muchos imaginan: “Cuando la propia ley es una invitación a delinquir o a financiarse con dinero negro, esto genera mafiosidad; esa atmósfera que se crea entre mafia y Estado, concretamente cuando no hay controles cruzados”. Vera advirtió que, mientras se permite el ingreso de dinero clandestino a la política, resulta prácticamente imposible implementar políticas serias de prevención del narcotráfico y de contención en los barrios más vulnerables. “Nuestro presidente ha desmantelado todas las políticas públicas de lucha contra la trata, todas las que tenían que ver con acompañamiento terapéutico, las que tenían que ver con acompañamiento patrocinio jurídico gratuito, las que tenían que ver con acompañamiento de ayuda económica, con este capacitación y reacción laboral, lo que era el fondo de reparación de víctima, ha destruido todas las políticas de trata”, señaló en Modo Fontevecchia, por Net TV y Radio Perfil (AM 1190).

Gustavo Vera docente político y activista social. Fue legislador de la Ciudad de Buenos Aires entre 2013 y 2017. Entre 2020 y 2024 fue director del Comité Ejecutivo de Lucha contra la Trata y Explotación de Personas bajo la gestión de Alberto Fernández. Es el titular y fundador de la Fundación La Alameda, que lucha contra la trata de personas, el trabajo esclavo, la explotación infantil, el narcotráfico y el lavado de dinero. 

Gustavo me contaba recién que en el interior es bastante común que chicas aparezcan durante todo el fin de semana en fiestas que organizan personas que les pagan dinero, que luego vuelven un poco mareadas a sus casas con dinero. Y que, simplemente, en este caso es algo que sucede muy habitualmente.

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Acá es como que hay tres factores que se están combinando. Por un lado, el crecimiento de la pobreza, la vulnerabilidad, la falta de horizonte laboral para la juventud y particularmente para las mujeres. En segundo lugar, la mutación del crimen organizado al ámbito virtual, que permite un contacto fluido con sectores vulnerables de niños, niñas, adolescentes y jóvenes. Y, por otro lado, el crecimiento del narcomenudeo como microestados en la periferia de los municipios, a consecuencia del derrumbe de las alternativas de contención, por decir algún modo: clubes sociales, comedores, merenderos. Más allá de que algunos tuvieran prácticas clientelares o no, ahí había cierta contención organizada, que ahora prácticamente ha sido desmantelada. Esto lo estamos constatando en todos los municipios, sobre todo del interior; de alguna manera, es un estado que "se retira”, y el narcomenudeo da pasos agigantados.

Narcomenudeo que no es más que un pequeño brazo del gran narco, que ya está instalado fuertemente en nuestro país y hace que Argentina, hace muchos años, sea uno de los principales exportadores de estupefacientes: el principal de Sudamérica y uno de los principales de Latinoamérica. Esto, según datos de Naciones Unidas y organismos multilaterales.

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Gustavo, me decías también que ni siquiera está legislado, por ejemplo, otras formas de trata que produce la virtualidad, donde adolescentes que quedan endeudados por juegos virtuales luego terminan vendiendo sus imágenes a grupos de pedófilos y eso ni siquiera está legislado. La explotación sexual virtual a distancia tampoco está legislada.

Sí, hay fallos que empezaron a producirse en el fuero federal, algunos que están sentando jurisprudencia; hay uno en Capital, particularmente. Pero esto todavía no está legislado. Tampoco está legislada la surrogación de vientre; tampoco está legislada la tipificación de la compra y venta de bebés, niños, niñas y adolescentes. Tenemos una sanción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde el año 2012: uno de los pocos países de América Latina que no tiene tipificado el delito de compra y venta de pibes, que obviamente puede ser para adopción ilegal, pedofilia, pediatría o cualquier cosa. Sesenta proyectos pasaron por el Congreso, que durmieron el sueño de los justos. Esto indica que evidentemente hay presiones muy fuertes por el negocio clandestino de las adopciones ilegales y, además, ahora se le suman otros negocios un poco más macabros.

Y en el caso especial de este triple crimen, y nuevamente apoyando tu experiencia y conocimiento, ¿qué conjetura tenés?

Nosotros aportamos al Ministerio de Seguridad porque, en el barrio donde vivían las tres chicas, como en Flores, se sabía que había un vínculo entre algunas de estas chicas y esta banda que regentea en Flores. Flores la conozco bien, porque, como sabrás, en el pasado hicimos mapas del delito junto con los vecinos; hicimos Anuncias Flores, Floresta, en Liniers, en Recoleta, un montón de barrios donde armábamos mapas del delito, hacíamos movilizaciones y llevábamos los casos a la justicia. También, en el barrio de Ciudad Evita, de La Tablada, teníamos información de que se corría el rumor de que una de estas chicas o alguna llegada de estas chicas había robado algo de alguno de los capos narcos que andaban por la zona. Y de alguna manera, se esperaba una especie de vendeta.

Yo esto lo avisé, obviamente, oportunamente, inmediatamente al Ministerio de Seguridad, que lo tomó; a ellos también les llegaba la misma versión porque en el barrio se hablaba del tema. Ellas no eran conscientes; todo el barrio hablaba de que se esperaba una vendeta y ellas no se imaginaban que iban a ser víctimas de esa vendeta. A veces se confunde la virtualidad con la realidad; ahí es uno de los problemas que tienen hoy los jóvenes y los niños, niñas y adolescentes. El mundo real y el mundo virtual se parecen, pero no son iguales.

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Más allá de esto, ha ocurrido un crimen atroz. Se sabía que podía haber una vendeta. Yo no lo supe una semana antes; lo supe el lunes, cuando me puse a averiguar a partir de la información de la desaparición; las fiscalías ordinarias suelen tener cierta lentitud los fines de semana. Eso es un problema grave, ya no es tanto responsabilidad de la policía de la provincia, respecto al tema de las 24-48 horas, que no deberían existir. Las 24-48 horas son clave, son el horario central donde hay que buscar, y si hay desaparición de un menor, eso implica sistema de búsqueda de personas, alerta Sofía, línea 145, intervención de Protex.

Bueno, todo esto lamentablemente se hizo a destiempo. Después, cuando el fiscal dio instrucciones, se actuó rápidamente, pero hay un tema de encuadramiento: esto es un delito federal. Estamos hablando de la desaparición de una menor bajo engaño, que además será explotada sexualmente, donde está implicado el narcotráfico; por eso tendría que intervenir la Justicia Federal. El mismo día de la denuncia tendría que haberse activado la alerta Sofía. Pero, bueno, ahora ya estamos con este hecho.

¿Qué marca este hecho? Podría haber ocurrido tanto en la provincia de Buenos Aires como en Córdoba, como en Capital, como en Rosario. No es un hecho específico de una jurisdicción determinada; tiene que ver con la penetración masiva del narcomenudeo en la periferia de los barrios. Además, cuando presidí la Comisión Especial de Trata en la Legislatura porteña, presentamos un laboratorio de cocaína en la 1 11 14, un informe muy extenso publicado incluso en Perfil y otros medios, donde informábamos cómo operaban todas las ramificaciones de la banda de Marcos Estrada, obviamente de la cual después surgieron varias aristas.

Ahora, esas bandas no son “banditas”; son desprendimientos de un gran narcos, están íntimamente ligadas. Tratar de separar el narcomenudeo del narcotráfico en la investigación judicial solo descuartiza la investigación que tiene que ser integral, como lo es el crimen organizado. Y tenemos que tener soluciones integrales, que no solo tengan que ver con la persecución penal, sino también con oportunidades laborales y, de alguna manera, con la creación de comunidad organizada de contención en cada barrio. Esto es lo que tenemos que encarar con la mayor seriedad posible.

Ahora, es difícil encararlo cuando tenés un sistema de financiamiento de la política oficial legal que es una mentira, es una hipocresía. Nadie te lo va a decir, porque el que lo dice queda fuera de toda lista. Pero bueno, nosotros teníamos un sistema muy sano: los partidos políticos, cuando cae la dictadura, adoptan el sistema francés, puramente estatal, con lo básico para intervenir en elecciones. Nuestras elecciones fueron 83, 85, 87, 89, 91; nos hicieron bajo ese sistema y no tuvimos una sola denuncia de corrupción vinculada a campañas electorales, porque era todo financiamiento estatal.

En 1991-1992, en la época de Menem, deciden privatizar o semiprivatizar el sistema de financiamiento de campañas; hacen un sistema mixto, donde una parte es estatal y otra privada. En realidad, cualquier partido va a reconocer que lo que da el Estado alcanza solo para una semana, y el tope de recaudación privada alcanza para dos semanas. Nadie te va a decir, salvo el Alconada Mon, que ser intendente de Rosario significa una campaña de 3 millones de dólares. ¿De dónde la sacás? Entonces, cuando la propia ley es una invitación a delinquir o a financiarse con dinero negro, a lavar activos o a tener relaciones promiscuas con el crimen organizado, esto complejiza la cuestión porque genera lo que los italianos llamaban “mafiosidad”: esa atmósfera que se crea entre mafia y Estado, concretamente cuando no hay controles cruzados.

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Nuestro presidente dice que, entre Estado y mafia, prefiere la mafia.

Bueno, él tendrá que explicar de dónde sacó los 110 millones de dólares que financiaron su campaña. Estamos en un problema grave porque además, descarnadamente nuestro presidente ha desmantelado todas las políticas públicas de lucha contra la trata: las que tenían que ver con acompañamiento terapéutico, patrocinio jurídico gratuito, ayuda económica, capacitación y reinserción laboral, fondo de reparación de víctimas, todo destruido.

Tal es así que Estados Unidos, que hace una evaluación anual a través del Departamento de Estado, tiene una oficina de monitoreo contra la trata. Es el primer año que no sale el informe, porque no saben cómo arreglar con sus amigos un problema evidente: se ha derrumbado aquí todas las políticas de contención y lucha contra la trata. Se ha planteado que la Afip no debe seguir la ruta del dinero. Prácticamente se ha desalentado la división contra el trabajo ilegal de la Afip; se ha desarmado el Comité Ejecutivo, el Consejo Federal, y se lo ha puesto bajo la órbita de la policía, lo cual es volver a los tiempos prehistóricos, donde el zorro cuidaba al gallinero. Las consecuencias son absolutamente nefastas.

Cuando hay un allanamiento por trata laboral o sexual, las víctimas no quieren retirarse del infierno, porque prefieren el infierno a la nada que les ofrece el Estado. No hay ninguna política que genere reconstrucción de horizonte de vida o esperanza, como la había en el gobierno anterior, que mantuvo continuidad año tras año. Esto se reflejó en las calificaciones internacionales de Naciones Unidas, etc. Ahora asistimos a un derrumbe generalizado.

Los asesores del presidente, los llamados “Jaimitos” —empezando con Jaime Durán Barba, luego Santiago Caputo, llamaban en esa época a Macri y a su jefe de gabinete, Marcos Peña, “comunista”. Así que podemos tener claro cuál es la postura.

Además, hay que tener presente que estamos hablando del crecimiento del narcotráfico y su penetración en los barrios, los microestados narcos, generados al calor de la vulnerabilidad y la falta de financiamiento del Estado y de políticas públicas. En el narco macro, el que exporta en gran escala al exterior, hay una disputa por la hidrovía; los amigos de Santiago Caputo quieren esa disputa. Hay una disputa fuerte, impugnada, entre dos bandas, porque salen granos contrabandeados para Paraguay y viene marihuana para los puertos de San Lorenzo. Lo sabe todo el mundo, cobran peaje.

Hay también disputa por el espacio aerocomercial, que se la queda un señor que viene de los servicios de inteligencia y se hizo millonario de un día para otro; nadie sabe de dónde sacó su fortuna. Por otro lado, está la disputa por el correo, no ya por la causa del correo, sino por el correo mismo. Y, por otro lado, ridículamente, el alambrado de 200 metros en la frontera de Bermejo, Tartagal, Agua Blanca, que si conocoes el lugar territorialmente sabe que todo el mundo se ríe a carcajadas. En un país con 9.000 km de frontera, y mucha frontera porosa, se necesita multicontrol y funcionarios con autoridad moral y sin condicionamientos previos. Cuando llegás con una campaña electoral condicionada por sectores vinculados al narcotráfico, lavado de activos o crimen organizado, después estás atado.

RM




 

domingo, 5 de julio de 2020

La Secretaría de DDHH, que violó los DDHH de la familia Binner... @dealgunamanera...


  


Lucila Puyol es abogada. Y es hija de desaparecidos. Cómo víctima del terrorismo de Estado es una mujer con derechos nacidos del horror de la dictadura. Su militancia en la agrupación H.I.J.O.S y en el FPV de la mano de Agustín Rossi, le permitieron acceder a su actual cargo, Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe. Lo que nunca puede, menos siendo víctima, es violar los derechos de otros. Lo hizo, y nadie se lo reclamó.

© Escrito por Coni Cherep el martes 30/06/2020 y publicado en conicherep.com de la ciudad de Rosario de santa Fe, Provincia de Santa de la Vera Cruz, República de los Argentinos.

Hay un antecedente grave en la historia profesional de la abogada: fue la denunciante de una infamia contra el hermano de Hermes Binner, Dante. Un Médico anciano, al que se lo acusó mediaticamente de haber formado parte de una «Banda que robaba bebés» para venderlos. Binner nunca fue imputado por ese delito, pero todas las acciones públicas fueron dirigidas a él.

La acusación estuvo fundada en los medios y en la justicia por Puyol y la ex Defensora del Pueblo Adjunta de la Provincia, Liliana Loyola, quienes además contaron con el respaldo multiplicador de medios nacionales- especialmente Canal 7 y Radio Nacional- que entonces manejaba el Kirchnerismo. Y sobre todo, del «prestigio» de la Hermana Marta Pelloni y el siempre confuso dirigente social de La Alameda, Gustavo Vera, quien llegó a publicar una carta del Papa Francisco, emitida en solidaridad con la denunciante.

Puyol además, utilizó a la agrupación HIJOS y la constituyó como querellante en la causa. Dijo que se trataba claramente de un «Caso de desaparición de personas» y en sus declaraciones públicas, hablaba de «Aurora» y Valentín», dando por cierto que los niños habían nacido y que estaban escondidos en algún lugar del sur provincial.

LA HISTORIA QUE ENSUCIÓ A BINNER

Liliana Montenegro denunció que el 13 de julio de 2014 , dos matrimonios, con los que había pactado la entrega de sus niños por nacer, fueron a buscarla a la localidad de Zavalla, donde ella vivía y la llevaron a una clínica de la UOM, de Casilda, donde dijo haber dado a luz. Luego, indicó que no vio a sus hijos, y que la trasladaron al hospital Eva Perón por su delicado estado de salud.

Montenegro una militante del peronismo, que había sido expulsada entonces del Movimiento Evita por menudeo de drogas en el sur de la ciudad de Rosario, y que afirmó ante la justicia haber parido dos mellizos en la clandestinidad, tras lo cual se manifestó arrepentida de esa entrega pactada y formuló la denuncia por «Robo de bebes».

Las parejas involucradas eran oriundas de Zavalla, y eran, en el caso de que se comprobara el delito, las principales acusadas. Sin embargo el nombre que se utilizó mediaticamente fue el de Dante Binner. El hermano del ex gobernador, un médico de trayectoria intachable y al que se lo acusó de «formar parte del parto clandestino».

Binner nunca resultó ni siquiera imputado, pero la afirmación de Montenegro rápidamente fue difundida por Telam, y todos los medios porteños titularon citando a la agencia pública: «El hermano de Hermes Binner involucrado en una causa por robo de bebés». La denuncia no se produjo en cualquier momento: Binner estaba en las preparativas para lanzar su segunda campaña como candidato a Presidente. Un asunto que ni el Kirchnerismo, ni el Macrismo estaban dispuestos a permitir. Y nada mejor que una campaña sucia, con acusaciones graves, como para lastimar su imagen.

Lo cierto es que la justicia, un año después de la denuncia y de las acusaciones mediáticas, archivó la causa al considerar agotada la investigación y no reunir elementos suficientes para probar el delito de sustracción, retención y ocultamiento de menores que le fue achacado a los dos matrimonios casildenses que estaban imputados.

Todas las pericias sobre el cuerpo de Montenegro determinaron no solamente que no había parido a los niños, sino que su embarazo había sido imposible. Montenegro, cinco días después del supuesto parto, no tenía rastros químicos de haberlo hecho.

Y dos cosas más graves: a la hora que dijo haber sido secuestrada y llevada a un lugar que nunca pudo determinar, los libros del Hospital de Granadero Baigorria revelaban una dato incontrastable: Liliana Montenegro había llegado por sus propios medios a la Sala de Guardias del Hospital Eva Perón de Granadero Baigorria para ser atendida por un presunto pico de presión.

Los mismos libros revelaron que en los seis meses anteriores a la fecha del presunto parto, Montenegro había realizado otras siete visitas a la guardia: y en ninguna de las visitas manifestó haber estado embarazada.

Su historia clínica reveló con contundencia que en todos los exámenes químicos que se realizó durante esos meses por su hipertensión y su diabetes grave, nunca apareció el dato del embarazo. Y algo más, por si hacía falta: Montenegro tenía las trompas atadas desde el nacimiento de su último hijo, que entonces ya tenía siete años.

LAS VERDADERAS RAZONES DE AQUELLA INFAMIA

¿Cómo era posible entonces que Montenegro haya denunciado un delito de tanta gravedad y que tanto Puyol, como Pelloni y Vera, se hicieran eco de la misma, sin al menos certificar la existencia del mismo?

La declaración de Montenegro, una mujer de origen humilde y con una realidad desesperante, se comprendió: una pericia psiquiátrica demostró su tendencia a la mitomanía. Sus antecedentes penales daban cuenta de comportamientos propios de una persona con desfases mentales. Lo que nunca se explicó, a cinco años de aquella denuncia, es porque Puyol puso de manera tan enfática en el ojo de una historia que no existió, al hermano de Hermes Binner.

En sendas entrevistas le pregunté a Pelloni y a Vera por aquella causa: Pelloni eligió cortarme la comunicación telefónica que hicimos a través de un móvil de radio, en Cadena EME. El movilero me contó minutos después que tras mi consulta, Pelloni se enojó y decidió suspender su charla en Vera, que estaba pautada unos minutos después de esa comunicación. Pelloni nunca le pidió disculpas a Binner, y mucho menos a su hermano.

Con Gustavo Vera hablé cara a cara en AIRE DE SANTA FE. Cuando lo consulté por el tema, dijo no recordar mucho del asunto, y justificó su acompañamiento porque confiaba en los valores de la Hermana Pelloni.

Liliana Loyola, la socia de Lucila Puyol en la denuncia, nunca más hizo declaraciones públicas sobre el asunto.

Lucila Puyol había sido asesora del entonces Ministro de Defensa y ex Diputado Nacional, Agustín Rossi. Y la fecha de la denuncia, coincidia con el comienzo de la campaña electoral para las presidenciales de 2015.

Puyol, en tanto abogada de Montenegro y actriz principal en la puesta mediatica de aquella falsedad- tal como lo demostró la justicia- nunca volvió a hablar del tema públicamente y jamás se manifestó sobre la resolución judicial que cerró la causa. Entonces ya era agosto de 2015, y el objetivo estaba cumplido: dañar la imagen y el honor de la familia Binner. La de Dante, claro, pero también la de Hermes.

Nunca les pidió disculpas ni públicas ni privadas a los Binner.

Hoy, es Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe. Con todos los argumentos válidos para serlo, pero con una mancha muy grande: Violó los derechos humanos de Dante Binner, sólo para perjudicar políticamente a su hermano y beneficiar a su jefe político: Agustín Rossi.

El uso de su condición de víctima la convirtió en victimaria. No tiene derecho alguno a hacerlo. Nada la justifica. Ni siquiera el horror de su propia historia.


domingo, 6 de diciembre de 2015

La marca Cheeky filmada y denunciada por trabajo esclavo… @dealgunamanera...

La marca Cheeky de Juliana Awada filmada y denunciada por trabajo esclavo…

Taller clandestino de Cheeky en la calle Hubac 5673 de C.A.B.A.

Hace pocos días un costurero ingresó con cámara oculta a un taller clandestino con cama adentro donde 13 personas eran sometidas a la servidumbre y el hacinamiento. 

El taller clandestino, ubicado en la calle Hubac 5673 en el barrio de Mataderos hace tres años que trabaja exclusivamente para la firma Cheeky que actualmente dirige Juliana Awada, confeccionando pantalones para chicos, de esos que salen $ 220,00 para arriba cada uno. En ese taller son supe explotados 13 costureros de origen boliviano, varios de ellos en situación migratoria irregular o sea sin documentación, en extenuantes jornadas de 7 a 22 hs. por la miserable suma de $ 1.800,00.


Los costureros están encerrados y para ir a hacer un simple mandado a la calle y traspasar la puerta de hierro, deben dejar siempre sus pertenencias como garantía de que no se escaparán. El propio costurero que hizo la cámara oculta, tuvo que dejar su bolso para poder salir con la excusa de buscar una farmacia. Los costureros están hacinados en cuartos muy pequeños con cama cuchetas. Y en esas mismas camas cuchetas deben comer, ya que carecen de mesas y sillas como puede verse claramente en la cámara oculta. Los niños de varios de esos costureros también están sometidos al encierro. Todos comparten un baño muy precario.

La instalación eléctrica es precaria y entraña riesgo de incendio y los costureros aspiran polvillo de la tela todo el tiempo, exponiéndose a enfermedades pulmonares como la tuberculosis.

Como puede observarse en el video informe, hubo que realizar varias maniobras y buscar falsas referencias para poder entrar al taller ya que quien lo regentea es consciente de los delitos que está cometiendo y de la marca a quién responde.


Cheeky ya había sido denunciada penalmente por el Gobierno de la Ciudad en el período de Jorge Telerman, la Defensoría del Pueblo y la Alameda en enero de 2007. En aquella oportunidad, se habían logrado inspeccionar varios talleres con costureros sometidos a la servidumbre. Lamentablemente un escandaloso fallo del ex Juez Federal Guillermo Montenegro, actualmente ministro de Seguridad de Mauricio Macri, sobreseyó a la firma que por la ley de trabajo a domicilio es solidariamente responsable de los talleres donde manda a confeccionar sus prendas.

Otros talleres de Juliana Awada ya habían sido filmados y denunciados por la Alameda en setiembre de 2006 y en marzo de 2010. A pesar de los testigos y las inapelables imágenes de las cámaras ocultas, también la justicia hizo la vista gorda con estas denuncias.


Ni las inspecciones del GCBA en época de Telerman, ni las denuncias de la Defensoría, ni los video informes y denuncias de la Alameda alcanzaron para que la justicia castigue la impunidad de Daniel y Juliana Awada que siguieron todos estos años maximizando ganancias en base a la explotación más abyecta de costureros migrantes en talleres clandestinos con trabajo esclavo.
Segura de que su actual marido y Jefe de Gobierno de la Ciudad Mauricio Macri la protegerá del cumplimiento de la ley, Juliana Awada que ahora dirige Cheeky ni siquiera se tomó el trabajo de mudarse de distrito y sigue basando su producción en talleres esclavos en el propio ámbito de la Capital Federal a sabiendas que los cuerpos inspectivos que dirige su marido seguirán haciendo la vista gorda.

Una vez más la Alameda se presenta ante la justicia para denunciar a estos esclavistas y además mostrarle a toda la sociedad de qué talleres estamos hablando cuando hablamos de Cheeky y de Juliana Awada.


En horas de la mañana del miércoles 11 se formulará la denuncia penal ante los tribunales de Comodoro Py a Cheeky por reducción a la servidumbre, evasión fiscal, violación a la ley de migraciones y violación a la ley de trabajo a domicilio.

A las 19 hs convocamos a movilizarnos al local de Cheeky de avenida Santa Fe 2053 para realizar un acto de repudio y una clausura simbólica de esta marca esclavista emparentada con el poder y la impunidad.

Contactos: 

Gustavo Vera (011 15 6158-4835)

Dr. Mario Ganora (011 15 5883-0233)

Fórmula Denuncia:

Señor Juez: Gustavo Javier Vera, presidente de la “Fundación Alameda por la Lucha contra el Trabajo Esclavo”, con domicilio en Avda. Directorio 3998 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el patrocinio letrado del Dr. Mario Fernando Ganora (T° 36 F° 227 CACF), con domicilio en Av. Callao 178 Piso 5° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a V.S. dice respetuosamente que:

I) Objeto 

Por el presente, viene a formular denuncia contra los propietarios y encargados del taller de costura sito en la calle Hubac 5673 a los fines de que se investigue la presunta comisión de los delitos previstos y reprimidos en los arts. 117 de la ley 25.871, 140, 145 bis del C.P. y 35 de la ley 12.713. También corresponde que se investigue la posible comisión del delito de evasión fiscal en sus aspectos tributario y previsional contemplados en los arts. 1 y 7 de la ley 24.769. Esta denuncia también abarca a los responsables de la firma Cheek S.A. (CUIT n° 30.67729108-3 con domicilio en Cuyo 3040/166 Martínez, Pcia. de Buenos Aires, propietaria de la firma “Cheeky”, para quien trabajaría en forma exclusiva el mencionado taller de costura.

Solicito asimismo que se proceda de conformidad con lo dispuesto en el art. 6 y concordantes de la ley 26.364 a los fines de la protección de la víctima de los delitos denunciados.

II) Hechos

El mencionado taller de costura funcionaría como un clásico taller de sudor o “sweatshop” que trabajaría confeccionando ropa en forma exclusiva para la referida sociedad anónima. En efecto, el tallerista se hace conocer por el nombre de “Pepe” y junto con su esposa maneja el establecimiento que trabajaría exclusivamente para la marca Cheeky desde hace tres años.

Los trabajadores que allí se desempeñan deben hacerlo con el régimen de “cama adentro”, es decir que deben pernoctar en el lugar de trabajo. En ese lugar trabajan alrededor de trece personas. La jornada laboral que se extiende desde las 7.00 de la mañana hasta las 21.00 y, a veces, hasta las 22 horas. 

Estas jornadas se realizan de lunes a viernes y los días sábado hasta el mediodía. Los salarios que se abonan a los trabajadores son del orden de los mil ochocientos pesos por mes ($1.800) y se da como justificación que se les proporciona casa y comida. Uno de los trabajadores, F.M.D.C., cuyos datos se acompañan en sobre cerrado, informa que no se les requiere documentación para ser contratados. Esta persona aclara que pudo comprobar que hay personas sin D.N.I. sea que se trate de trabajadores o de los niños que allí habitan. Para poder entrar y salir del taller se requiere del permiso del encargado y se retiene en todos los casos los efectos personales del trabajador para asegurarse su retorno al establecimiento.

Las condiciones de salubridad, higiene y seguridad en el trabajo son deplorables. La casa donde funciona el taller tiene dos plantas. En la planta baja se encentran las maquinarias y en el primer piso las crujías donde habitan los trabajadores. El lugar de trabajo está muy deteriorado, la instalación eléctrica es muy precaria, no se observan matafuegos y hay gran acumulación de telas, productos terminados y restos de la producción. Esto significa la existencia de un riesgo real de incendio que de ocurrir podría significar un desastre similar a la tragedia de la calle Luis Viale 1269 ocurrida en 2006. Agrava la situación de inseguridad del taller la circunstancia de que niños menores ingresan y salen del lugar de confección sin ningún tipo de control. Uno de los trabajadores parecería ser una persona con discapacidad mental y muy agresiva.

El lugar de alojamiento de los trabajadores es una pieza dividida en tres partes para hombres y parejas donde hay varias camas tipo cucheta. El resto de las comodidades consisten en una cocina y un solo baño para hombres y mujeres. No hay refectorio por lo que los trabajadores deben almorzar y cenar sentados en las cuchetas donde duermen. Carecen de mesas y sillas y de cubiertos por lo que deben comer la carne con la mano por la falta de cuchillos.

III) Significación jurídica

Del relato de los hechos surgiría que una sociedad anónima propietaria de una conocida marca de ropa para niños terceriza su producción con un taller de costura, los que a su vez tiene trabajadores empleados. Esta relación entre el fabricante, los talleristas y los trabajadores se rigen por las disposiciones de la ley de trabajo a domicilio (ley 12.713) que prevé tanto en sus disposiciones como en su reglamentación todo un conjunto de obligaciones tendientes a evitar abusos y la explotación de la parte más débil, es decir el trabajador (ver art. 13 de la ley 12.713). También aquí se advierte que el propósito de los empleadores habría sido burlar las disposiciones de la referida ley a los fines de maximizar sus ganancias mediante el pago de salarios inferiores a los de convenio, excediendo los límites de la jornada legal de trabajo sin el pago de horas extras y sin respeto de lo concerniente a las normas mínimas de higiene y seguridad. Independientemente de las transgresiones a la legislación laboral, se encontrarían reunidos, prima facie, los extremos previstos en el art. 35 de la ley 12.713 que dispone: “El empresario, intermediario o tallerista que por violencia, intimidación, dádiva o promesa, realice actos que importen abonar salarios menores que los que se establezcan de acuerdo a los procedimientos que estatuye la presente ley, tendrá prisión de seis meses a dos años”.

Cabe destacar que esta maniobra tendiente a pagar remuneraciones inferiores a los establecidos mediante los mecanismos de la ley se habría llevado a cabo también mediante la contratación de trabajadores de origen extranjero que tendrían una situación de residencia irregular. De esta manera el o los empleadores se habrían asegurado que estos trabajadores por su especial vulnerabilidad no opondrían resistencia a la violación de sus derechos. Precisamente esta conducta se enmarcaría en las previsiones del art. 117 y 120 de la ley 25.871 toda vez que constituiría la facilitación habitual de la permanencia ilegal de extranjeros en el Territorio de la República Argentina con el fin de obtener directa o indirectamente un beneficio poniendo en peligro la vida, la salud y la integridad de las personas.

También del relato de los hechos surgiría nítidamente que las personas que allí trabajan estarían sometidas a un régimen de explotación susceptible de ser considerado trabajo o servicio forzado de conformidad con la interpretación del mencionado concepto que realiza la Organización Internacional del Trabajo. En efecto, la definición del concepto de trabajo forzoso remite necesariamente al art. 2 del “Convenio sobre Trabajo Forzoso, 1930 (num. 29) de la Organización Internacional del Trabajo ratificado por nuestro país, que tiene jerarquía superior al derecho interno en virtud de lo dispuesto en el art. 75 inc. 22 C.N. Según el art. 2 del Convenio 29 de la OIT se entiende como trabajo forzoso “todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente”.

La OIT ha precisado los conceptos contenidos en la definición en diferentes documentos. En este sentido el documento denominado “Erradicar el trabajo forzoso” elaborado por la Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT en 2007 fue bastante claro al considerar la cuestión suscitada por la imposición de la obligación de realizar horas extraordinarias bajo la amenaza de una pena (ver pág. 74 y concordantes). 

Los expertos de la OIT entendieron que la imposición de horas extraordinarias no afecta la aplicación del Convenio n° 29 en la medida en que tal exigencia se sitúe en el marco de los límites establecidos por la legislación nacional y aceptados por las convenciones colectivas. Se ha entendido también que el temor a ser despedido obliga al trabajador a realizar horas extraordinarias que superan lo previsto en la legislación nacional. En otros casos, en que se pacta la remuneración fijando metas de rendimiento, la obligación de trabajar más allá de la jornada de trabajo se deriva en la necesidad de hacerlo para alcanzar el salario mínimo. Sobre estas cuestiones la Comisión ha observado que si bien el trabajador tendría hipotéticamente la posibilidad de librarse de la imposición de trabajar más allá de la jornada ordinaria de trabajo, la vulnerabilidad de su situación hace que prácticamente no tenga real opción, obligado por la necesidad de alcanzar al menos el salario mínimo y de conservar su empleo o por ambas razones. La Comisión ha considerado que en los casos en que el trabajo o servicio se imponga mediante la explotación de la vulnerabilidad del trabajador, bajo amenazas de una pena, el despido o una remuneración inferior al trabajo mínimo, tal explotación transforma una situación caracterizada por malas condiciones de trabajo en una relación en la cual el trabajo se impone bajo amenaza de una pena y amerita la protección del Convenio a efectos del cual la expresión trabajo forzoso u obligatorio designa todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente. En el caso concreto de autos se ha podido ver como las horas extraordinarias se imponen fuera de todo marco normativo y bajo la amenaza de percibir remuneraciones inferiores al mínimo legal o la sanción del despido.

La OIT ha señalado en el referido documento denominado “Erradicar el trabajo forzoso” que el Estado no debe tolerar la imposición de trabajo forzoso por parte de terceros, cualquiera que sea su forma en su ámbito de competencia territorial. A tal efecto, deberá establecer garantías legales frente a toda obligación de trabajar que exista en la práctica. El art. 25 del Convenio n° 29 de la OIT precisa a este respecto que “el hecho de exigir ilegalmente trabajo forzoso u obligatorio será objeto de sanciones penales” y que el estado tiene “la obligación de cerciorarse de que las sanciones impuestas por la ley son realmente eficaces y se aplican estrictamente”.

La norma penal que resulta aplicable en función de la obligación establecida en el art. 25 del Convenio n° 29 de la OIT es, a mi juicio, el delito de reducción a servidumbre previsto y reprimido en el art. 140 C.P. En efecto, el trabajo forzoso es considerado como una práctica análoga a la esclavitud (art. 5 de la Convención sobre la Esclavitud y Preámbulo del Convenio 105 de la OIT “Convenio Relativo a la Abolición del Trabajo Forzoso”) y está específicamente prohibido por nuestra Constitución Nacional (arts. 6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 8 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ambos con jerarquía constitucional merced a lo dispuesto en el art. 75 inc. 22 C.N.).

Cabe señalar asimismo que la actual redacción del tipo penal del art. 145 bis del C.P. que reprime la acogida o recepción de personas mayores de dieciocho años de edad, abusando de una situación de vulnerabilidad con fines de explotación, en este caso trabajo forzoso, se superpone con la figura del art. 140 del C.P. dando lugar a un concurso ideal (art. 54 C.P.).

El carácter clandestino de las contrataciones de los trabajadores y la forma en que se desarrolla la relación de trabajo también hace sospechar fundadamente en la comisión de los delitos contemplados en los arts. 1 y 7 de la ley 24.769.

IV) Prueba

En sobre cerrado acompaño video grabación del taller donde constan las circunstancias apuntadas y los datos de la persona que responde a las iniciales F.M.D.C. quien está dispuesto a prestar declaración testimonial.

V) Petitorio

Por todo lo expuesto, solicito:
a) Se tenga por presentada la presente denuncia
b) Se proceda de conformidad con lo dispuesto en el art. 6 y concordantes de la ley 26364 respecto de las posibles víctimas de los delitos denunciados.
c) Se agregue la prueba que se acompaña
d) Oportunamente se acompañaran otras al momento de la ratificación.
Proveer de conformidad. Será justicia,

© Publicado el miércoles 11/07/2012 por https://laalameda.wordpress.com