En el lugar indicado, en el momento preciso, con el conocimiento adecuado…
El Congreso de la Nación
sancionó la ley Argentina Digital, nuevo marco regulatorio para las tecnologías
de la información y las comunicaciones (TIC).
Como resultado de la
intervención del Radio Club Argentino, la versión final del proyecto incorporó
el Artículo 89º, que preserva el encuadre normativo del Servicio de
Radioaficionados de la Ley 19.798.
La redacción original dejaba a
la Radioafición Argentina en una suerte de limbo legal de consecuencias
imprevisibles.
Este fue el escenario en el cual, una vez más, honramos la
historia del RCA: Dimos muestras claras de estar a la altura de los
acontecimientos y cumplimos con nuestra responsabilidad de defender los
intereses de todos los radioaficionados de la Argentina, frente a cualquier
circunstancia, fieles al compromiso asumido por las Sociedades Nacionales de
todo el mundo que integran la IARU.
El reconocimiento de legisladores y funcionarios al profesionalismo
del trabajo que realizamos desde hace décadas, nos abrió las puertas y nos
permitió ser escuchados en medio de la trama de un contexto tan complejo.
Así, fuimos capaces de incidir positivamente en todos los
espacios políticos donde se debatió el proyecto de ley –Cámaras de Senadores y
de Diputados, SeCom y CNC–, exponiendo y argumentando en defensa de la
actividad.
Esta es una de las la misiones del RCA.
En ella se fundamenta la importancia de sostenerlo y
hacerlo crecer.
Siempre estamos ahí, al servicio efectivo de la
Radioafición.
Somos una institución sólida y de puertas abiertas a la
participación de los radioaficionados de todo el país que quieran sumarse,
individual o colectivamente.
Vaya nuestro sincero agradecimiento a todas las instituciones
hermanas, socios y colegas que, una vez más, nos acompañaron y apoyaron en las
acciones realizadas en defensa de nuestros intereses.
Otro hito en el camino.
Hechos, más que palabras.
© Publicado el miércoles 17/12/2014 por LU4AA Radio Club Argentino de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.