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martes, 28 de julio de 2026

Ley Nacional Nº 27023 del 19/11/2014... @elprofesorcapomasi...

Ley Nacional Nº 27023 del 19/11/2014...
La normativa que indica la obligación de colocar la leyenda en los vehículos es la Ley Nacional 27.023 y su complementaria Resolución Nº 31/2022 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT).  

Detalles de la Normativa

Ley Nº 27.023: Sancionada en noviembre de 2014, establece que todos los medios de transporte público de pasajeros de origen nacional deben llevar la inscripción visible. Resolución CNRT Nº 31/2022: Reglamenta el formato, la tipografía y la ubicación destacada que debe tener el texto en colectivos y trenes.

Vehículos alcanzados: Colectivos urbanos, de media y larga distancia, trenes, aeronaves y embarcaciones de jurisdicción nacional.

Si necesitas saber más sobre cómo denunciar la falta de este cartel o el organismo encargado de controlar su cumplimiento estos on los datos. 

La denuncia por la falta de leyendas reglamentarias en el transporte se realiza ante la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT). Puedes tramitarla de forma gratuita a través de las siguientes vías oficiales: 

Canales de Contacto

💻 Por Internet: A través del Portal de Denuncias Control del Transporte o en la web de Denuncias CNRT.

📞 Por Teléfono: Llamando a la línea gratuita 0800-333-0300, de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

🏢 Presencial: En la Sede Central de la CNRT (Maipú 88, CABA) de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, o en sus delegaciones regionales del interior del país.

Datos que debes aportar

Para que los inspectores puedan verificar la infracción y labrar el acta correspondiente, debes facilitar:

Tus datos personales: Nombre completo, DNI y correo electrónico.

Datos del vehículo: Número de línea de colectivo (o ramal), número de interno de la unidad o patente, fecha, hora y lugar del viaje.

Motivo: Especificar detalladamente el incumplimiento por "falta de leyendas reglamentarias" en la unidad.