Las desinversiones que no le importan al
gobierno...
Ley de medios a medida. La posibilidad de "desinvertir" entre familiares, DirectTV y su única licencia para todo el país, y el curioso dueño de Telefé. Apostillas de una Ley diseñada a medida de ciertos grupos en cuanto a desinversión.
Finalmente, ayer martes
la Corte Suprema de Justicia declaró la constitucionalidad de los cuatro
artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que habían sido
blanco de una presentación judicial del Grupo Clarín. Se trata del 45 y el 48,
vinculados con las licencias, y el 41 y el 161, sobre el plazo de desinversión.
Allí se puntualiza acerca
de la multiplicidad de licencias, su transferibilidad y los plazos de
adecuación a la ley de medios, centro de disputa del Grupo Clarín en la
Justicia por su eventual inconstitucionalidad —puja que ayer quedó trunca—.
¿Cómo sigue la historia
del multimedios? Tendrá que desprenderse de varias señales de contenido
audiovisual, dejar la TV por cable e Internet en 134 ciudades y debería optar
entre Canal 13 y Cablevisión en la ciudad de Buenos Aires.
Más precisamente...
El artículo 161 establece
en un año el plazo para que los grupos se adecúen a la Ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual.
El 41 impide la
transferencia de licencias, excepto si se realizan dentro del plan de
adecuación a la ley de medios o si es inferior al 50% de las acciones, “luego
de cinco años de transcurrido el plazo de la licencia y cuando tal operación
fuera necesaria para la continuidad del servicio”, según figura en la ley.
El artículo 48 se refiere
a los procesos de integración entre los medios audiovisuales; y establece que
antes de otorgar licencias hay que verificar los vínculos societarios, para que
no se produzcan “prácticas de concentración indebida”.
El artículo 45 establece
la cantidad de licencias que puede tener un grupo de medios en total: el límite
es de 24 licencias de TV por cable; otro límite de 10 licencias de radio y TV
abierta; un operador de radio o TV sólo puede tener una señal audiovisual de
generación propia; y es incompatible tener un canal de TV abierta y un operador
de TV por cable en la misma ciudad.
Sin embargo, la ley no ha
sido planteada para que su cumplimiento sea igualitario..
Ese grupo basa su defensa
en que la restricción de licencias no tiene antecedentes internacionales.
"Los principales operadores de TV paga en el mundo tienen canales de TV
abierta sin ningún problema, como Comcast y NBC Universal o DirecTV y Fox, en
Estados Unidos; Sogecable y Cuatro, en España; Globo y Net, en Brasil;
Cablevisión -sin relación con su homónima argentina- y Televisa, en
México", asegura el multimedios.
No obstante, existe una
suerte de desigualdad, ya que la empresa Cablevisión hoy requiere de 21
licencias para cubrir el área metropolitana de Buenos Aires, mientras que
Telecentro lo hace con una sola licencia. Además, la TV satelital de DirecTV no
tiene esa restricción y puede dar sus servicios en todo el país.
Como el acceso a Internet
Clarín lo da sobre la red de TV por cable, las 134 ciudades que dejaría
Cablevisión quedarían sin servicio, beneficiando a las empresas telefónicas,
que controlan el 55% del mercado de acceso a Internet, a la vez que esta
quedaría con un competidor menos.
La ley establece que por
tener Canal 13 o Cablevisión sólo se puede quedarse con una sola señal de
contenido. Sin embargo ese límite no rige para los que tienen operaciones de TV
paga en el extranjero, como Time Warner, DirecTV, Comcast y Disney.
La ley también limita la
participación de capital extranjero al 30% del total, e impide la participación
de sociedades de medios extranjera y obliga a la propia autoridad de aplicación
a revisar las sociedades controladas y vinculadas.
Para Martín Sabbatella,
titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
(AFSCA), Telefé no tiene ningún vínculo con Telefónica Argentina ya que son dos
empresas controladas. De acuerdo al sitio institucional de la compañía,
curiosamente modificado tras las declaraciones de Sabbatella, Telefé pertenece
“al Grupo Telefónica desde el año 2000”.
Y es que en un principio, la sociedad controlante era Telefónica Media de
Argentina S.A., pero luego cambió de denominación y fue reemplazada por
Telefónica de Contenidos S.A., sociedad unipersonal, controlada por Telefónica
de España. Aún hay un vacío para determinar qué relación tienen las empresas.
Al mismo tiempo que en el
que Telefé modificaba su sitio web, el Grupo Uno, encabezado por Daniel Vila y
José Luis Manzano -y el que mayores incompatibilidades tiene después del Grupo
Clarín-, propuso un plan voluntario de adecuación a la Ley que consiste en
repartir entre sus socios y familiares las licencias en conflicto con la
normativa.
Al parecer, el
achicamiento de las empresas para reducir la posibilidad de que existan
prácticas monopólicas puede quedar entre el círculo íntimo. Barbarita Vila,
hija de Daniel, se quedará con una de las licencias del grupo, su tío Alfredo
(hermano de Daniel), será beneficiado con otras. A su vez, el empresario
santiagueño Néstor Ick, le dará parte de una empresa de servicios públicos a su
hijo.
DirecTV tuvo algunos
asuntos pendientes con la norma impulsada por el gobierno. No solo porque no
posee dueño conocido- ya que cotiza en bolsa el 100% de su capital- y por su
ordenamiento de la grilla - no tiene señales propias y emitir canales públicos-
sino porque cubre todo el país con una sola licencia contra las 24 posibles que
debería tener Cablevisión.
En mayo de este año, el
servicio de televisión satelital favorito de la presidenta presentó su
adecuación a la ley y fue aprobada por el AFSCA, si bien posterga hasta el día
de hoy la de Vila-Manzano.
Cuatro años de disputa...
Vale recordar que La Ley
26.522, conocida como “ley de medios” fue aprobada en el Congreso en septiembre
de 2009, pero a los pocos meses sufrió el primer traspié: el renunciado juez en
lo civil y comercial federal, Edmundo Carbone, dictó la medida cautelar que
suspendió la aplicación de la norma.
El 14 de mayo de 2010 la
Sala I de la Cámara en lo Civil y
Comercial Federal confirmó la medida cautelar de Carbone, en donde
suspende la aplicación del artículo 161, el cual establece el plazo de un año
para que las empresas de medios se adecuen a la nueva regulación; y revocó la
suspensión del 41 sobre la cantidad de licencias.
El 5 de octubre de ese
año, la Corte evitó intervenir, pero fijó que la cautelar no podía tener una
duración extensa y que el Tribunal debía fallar sobre el fondo de la cuestión,
esto es si eso no constitucional los cuatro artículos cuestionados de la ley.
En mayo de 2011 la Sala I
de la Cámara Civil y Comercial fijó en 36 meses la vigencia de la cautelar, y
un año después el Máximo Tribunal fijó que ese plazo vencía el 7 de diciembre,
tan promovido por el Gobierno como la
fecha límite en que se caía la cautelar.
En noviembre de 2012 la
Corte instó al magistrado de primera instancia que dicte el fallo sobre la
cuestión de fondo, y es así que el 14 de diciembre de ese año el juez Horacio
Alfonso rechazó el pedido de inconstitucionalidad de la Ley solicitado por el
Grupo Clarín.
Tras el fallo, el
Gobierno interpuso un per saltum para que la Corte falle directamente y evitar
así que intervenga la Sala I de la Cámara que le había fallado en contra años
atrás; pero el 27 de diciembre el Máximo Tribunal lo rechazó por unanimidad.
El 17 de abril de 2013,
nuevamente, la Sala I de la Cámara Civil y Comercial vuelve a fallar pero esta
vez sobre el fondo de la cuestión.
Los jueces declararon
inconstitucional en forma parcial el artículo 45 de la Ley de Medios que fija
límites a la concentración de licencias, esto es, el referido al tope de
licencias que puede tener un medio; pero decretaron constitucional el 161 y el
41; el primero referido al plazo de un año de desinversión y el segundo la
potestad del estado en distribuir el espacio radioeléctrico.
A su vez, el artículo 48
que la Cámara decretó inconstitucional es referido a la "concentración indebida",
declarándolo inaplicable para el grupo Clarín.
© Publicado el miércoles 30/10/2013 por Tribuna de Periodistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.