© Escrito por Rosario Marina en jueves 19/06/2025 y publicado por https://chequeado.com, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.
La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich,
junto al presidente Javier Milei presentaron el martes último un nuevo estatuto para
la Policía Federal, que incorpora formalmente el ciberpatrullaje como
tarea preventiva, pero sin necesidad de orden judicial. A través del Decreto 383/2025 publicado
en el Boletín Oficial se deroga la Ley Orgánica de la PFA,
vigente desde 1958.
Distintas organizaciones especializadas en política
criminal cuestionaron que la transformación se haya hecho por decreto y no
mediante un debate parlamentario, y advirtieron que los cambios exceden los
alcances de la delegación otorgada por la Ley Bases.
Qué dice el
decreto.
El decreto, y su anexo,
establece como misión principal de la PFA la prevención, detección e
investigación de delitos federales y complejos, y su colaboración en la
desarticulación de organizaciones criminales. También habilita la creación de un
nuevo Programa de Modernización, orientado a incorporar tecnologías de
investigación y a modificar el sistema de ingreso y formación de los agentes.
Para ello, se planea incorporar universitarios ya graduados y reducir
progresivamente la cantidad de suboficiales.
Uno de los cambios más significativos es que la PFA podrá realizar tareas de ciberpatrullaje
en “espacios públicos digitales”, como redes sociales abiertas
y sitios web, sin requerir autorización previa de un juez.
Además, extiende la posibilidad de hacer
requisas también sin orden judicial. Según el artículo 6, inciso 13, se permite
esta práctica cuando “exista una sospecha fundada de que alguien podría ocultar
objetos relacionados con un delito, si hay riesgo de que desaparezcan pruebas,
o si la requisa ocurre en la vía pública en el marco de un operativo de
prevención”.
En estos casos, la persona podrá ser
“conducida a la dependencia policial que correspondiese, con noticia al juez
con competencia de turno y demorada por el tiempo mínimo necesario para
establecer su identidad, el que en ningún caso podrá exceder de 10 horas”,
según establece el artículo 6.7 del nuevo estatuto. El texto agrega que se
deberá permitir a la persona “comunicarse en forma inmediata con un familiar o
persona de su confianza”.
No es la primera
vez que la PFA realiza ciberpatrullaje.
El monitoreo de redes sociales por parte de las fuerzas
de seguridad no es una novedad. Ya en 2017, durante el gobierno de Mauricio
Macri (Cambiemos), la entonces ministra Bullrich había dicho que el
gobierno realizaba “ciberpatrullaje para detectar grupos que llaman a la
agitación”.
Durante la presidencia de Alberto Fernández (Frente de
Todos), en 2020, la por entonces ministra de Seguridad, Sabina Frederic,
también defendió esta
práctica como forma de prevenir delitos como el grooming o los saqueos, pero
aclaró que no debía invadir la privacidad ni limitar la libertad de expresión:
“Hacer ciberpatrullaje es estar atentos a las tensiones sociales y a la
incitación a cometer delitos como la convocatoria a saqueos. Incluso, es
necesario prevenir el grooming”.
Según explicó Frederic en una entrevista en
Futurock, “lo que había era una disposición (del secretario de Seguridad,
Eugenio) Burzaco de la gestión de Bullrich que habilitaba al ciberpatrullaje y
nosotros lo que hicimos -debido a la polémica que se armó-, fue reordenar esa
disposición y enmarcarla en el periodo de emergencia sanitaria. Hicimos una
resolución con control del organismo de derechos humanos y autorización
judicial, cosa que no está haciendo este decreto”.
Y agregó: “Este decreto dice que sin
autorización judicial se puede realizar ciberpatrullaje, o sea, que no es lo
mismo”.
En agosto de 2024, la Resolución 428/2024 del
Ministerio de Seguridad dio un marco formal a estas actividades. Ahora, el
Decreto 383/2025 las incorpora como una facultad explícita de la PFA, con la
particularidad de que ya no requieren autorización judicial si se trata de
fuentes abiertas.
Qué dicen las
organizaciones especializadas.
Diferentes organizaciones de derechos
humanos y política criminal cuestionaron la reforma.
El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y
Sociales (INECIP) publicó un comunicado titulado
“Policía Federal Argentina: una reforma ficticia que posterga su verdadera
modernización”, donde advierten que la fuerza “necesita una reforma profunda
que la transforme en una agencia federal moderna y especializada en la
investigación del crimen organizado”, y este decreto no cumple tal objetivo.
“El problema se agrava por el carácter
inconstitucional del Decreto 383/2025. Al ser un decreto ‘delegado’ dictado en
el marco de la Ley Bases, el texto evitó el proceso legislativo, lo que no solo
impidió un debate plural que habría enriquecido la reforma, sino que derivó en
graves errores técnicos”, indica el informe.
Entre los errores que menciona, destacan
“la inadecuada regulación de detenciones por ‘averiguación de antecedentes’ sin
orden judicial por un lapso de 10 horas, una figura heredada de la vieja ley
orgánica, pero derogada tácitamente por el nuevo Código Procesal Penal
Federal”.
Según el comunicado publicado por
el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), este tipo de
prácticas “habilita el ciberpatrullaje masivo de
opositores y otras intervenciones sin control judicial”.
También alertan sobre el riesgo de que estas herramientas se utilicen para
criminalizar protestas o vigilar a organizaciones sociales, especialmente si no
existen mecanismos efectivos de control sobre el uso de la información recolectada.
Para el CELS, este tipo de habilitaciones “no cumple con
la obligación constitucional de regular cuestiones penales tan importantes como
la facultad estatal para realizar requisas (…) por ley formal, es decir, por
una ley sancionada por el Congreso”.
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sábado, 21 de junio de 2025
Ciberpatrullaje. @dealgunamanera...
a) La Policía Federal podrá realizar
ciberpatrullaje en redes sociales abiertas sin orden judicial, según el nuevo
decreto del Gobierno nacional que deroga la Ley Orgánica de la PFA vigente
desde 1958.
b) Aunque el ciberpatrullaje ya se realizaba
desde 2017, este decreto lo formaliza como facultad explícita.
c) Organizaciones de la sociedad civil
cuestionan que la reforma se haya hecho por decreto y advierten sobre el uso
discrecional de estas facultades sin control judicial adecuado.
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