© Escrito por Rosario Marina en jueves 19/06/2025 y publicado por https://chequeado.com, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.
La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich,
junto al presidente Javier Milei presentaron el martes último un nuevo estatuto para
la Policía Federal, que incorpora formalmente el ciberpatrullaje como
tarea preventiva, pero sin necesidad de orden judicial. A través del Decreto 383/2025 publicado
en el Boletín Oficial se deroga la Ley Orgánica de la PFA,
vigente desde 1958.
Distintas organizaciones especializadas en política
criminal cuestionaron que la transformación se haya hecho por decreto y no
mediante un debate parlamentario, y advirtieron que los cambios exceden los
alcances de la delegación otorgada por la Ley Bases.
Qué dice el
decreto.
El decreto, y su anexo,
establece como misión principal de la PFA la prevención, detección e
investigación de delitos federales y complejos, y su colaboración en la
desarticulación de organizaciones criminales. También habilita la creación de un
nuevo Programa de Modernización, orientado a incorporar tecnologías de
investigación y a modificar el sistema de ingreso y formación de los agentes.
Para ello, se planea incorporar universitarios ya graduados y reducir
progresivamente la cantidad de suboficiales.
Uno de los cambios más significativos es que la PFA podrá realizar tareas de ciberpatrullaje
en “espacios públicos digitales”, como redes sociales abiertas
y sitios web, sin requerir autorización previa de un juez.
Además, extiende la posibilidad de hacer
requisas también sin orden judicial. Según el artículo 6, inciso 13, se permite
esta práctica cuando “exista una sospecha fundada de que alguien podría ocultar
objetos relacionados con un delito, si hay riesgo de que desaparezcan pruebas,
o si la requisa ocurre en la vía pública en el marco de un operativo de
prevención”.
En estos casos, la persona podrá ser
“conducida a la dependencia policial que correspondiese, con noticia al juez
con competencia de turno y demorada por el tiempo mínimo necesario para
establecer su identidad, el que en ningún caso podrá exceder de 10 horas”,
según establece el artículo 6.7 del nuevo estatuto. El texto agrega que se
deberá permitir a la persona “comunicarse en forma inmediata con un familiar o
persona de su confianza”.
No es la primera
vez que la PFA realiza ciberpatrullaje.
El monitoreo de redes sociales por parte de las fuerzas
de seguridad no es una novedad. Ya en 2017, durante el gobierno de Mauricio
Macri (Cambiemos), la entonces ministra Bullrich había dicho que el
gobierno realizaba “ciberpatrullaje para detectar grupos que llaman a la
agitación”.
Durante la presidencia de Alberto Fernández (Frente de
Todos), en 2020, la por entonces ministra de Seguridad, Sabina Frederic,
también defendió esta
práctica como forma de prevenir delitos como el grooming o los saqueos, pero
aclaró que no debía invadir la privacidad ni limitar la libertad de expresión:
“Hacer ciberpatrullaje es estar atentos a las tensiones sociales y a la
incitación a cometer delitos como la convocatoria a saqueos. Incluso, es
necesario prevenir el grooming”.
Según explicó Frederic en una entrevista en
Futurock, “lo que había era una disposición (del secretario de Seguridad,
Eugenio) Burzaco de la gestión de Bullrich que habilitaba al ciberpatrullaje y
nosotros lo que hicimos -debido a la polémica que se armó-, fue reordenar esa
disposición y enmarcarla en el periodo de emergencia sanitaria. Hicimos una
resolución con control del organismo de derechos humanos y autorización
judicial, cosa que no está haciendo este decreto”.
Y agregó: “Este decreto dice que sin
autorización judicial se puede realizar ciberpatrullaje, o sea, que no es lo
mismo”.
En agosto de 2024, la Resolución 428/2024 del
Ministerio de Seguridad dio un marco formal a estas actividades. Ahora, el
Decreto 383/2025 las incorpora como una facultad explícita de la PFA, con la
particularidad de que ya no requieren autorización judicial si se trata de
fuentes abiertas.
Qué dicen las
organizaciones especializadas.
Diferentes organizaciones de derechos
humanos y política criminal cuestionaron la reforma.
El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y
Sociales (INECIP) publicó un comunicado titulado
“Policía Federal Argentina: una reforma ficticia que posterga su verdadera
modernización”, donde advierten que la fuerza “necesita una reforma profunda
que la transforme en una agencia federal moderna y especializada en la
investigación del crimen organizado”, y este decreto no cumple tal objetivo.
“El problema se agrava por el carácter
inconstitucional del Decreto 383/2025. Al ser un decreto ‘delegado’ dictado en
el marco de la Ley Bases, el texto evitó el proceso legislativo, lo que no solo
impidió un debate plural que habría enriquecido la reforma, sino que derivó en
graves errores técnicos”, indica el informe.
Entre los errores que menciona, destacan
“la inadecuada regulación de detenciones por ‘averiguación de antecedentes’ sin
orden judicial por un lapso de 10 horas, una figura heredada de la vieja ley
orgánica, pero derogada tácitamente por el nuevo Código Procesal Penal
Federal”.
Según el comunicado publicado por
el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), este tipo de
prácticas “habilita el ciberpatrullaje masivo de
opositores y otras intervenciones sin control judicial”.
También alertan sobre el riesgo de que estas herramientas se utilicen para
criminalizar protestas o vigilar a organizaciones sociales, especialmente si no
existen mecanismos efectivos de control sobre el uso de la información recolectada.
Para el CELS, este tipo de habilitaciones “no cumple con
la obligación constitucional de regular cuestiones penales tan importantes como
la facultad estatal para realizar requisas (…) por ley formal, es decir, por
una ley sancionada por el Congreso”.
sábado, 21 de junio de 2025
Ciberpatrullaje. @dealgunamanera...
miércoles, 27 de diciembre de 2023
Sistema Provisional. De reforma en reforma… @dealgunamaneraok...
Sistema Provisional. De reforma en reforma…
En cada cambio de Gobierno, en particular durante los últimos años, los jubilados y pensionados son presentados como los menos beneficiados por la gestión saliente, pero en verdad, terminan siendo objeto de ajuste. En los últimos 6 años, trabajadores y jubilados enfrentaron una caída de ingresos cercana al 26%. Este tiempo no es ajeno y se encamina −en pleno contexto inflacionario− a una nueva reforma de la fórmula de ajuste −conocida como movilidad jubilatoria− de los haberes previsionales.
Entre 2001 y 2005 el número de beneficios previsionales iba en descenso, consecuencia de la etapa neoliberal y la crisis de 2001. Sin embargo, desde 2005, y como consecuencia de la primera moratoria previsional, se registraron fuertes incrementos, llegando a un pico del 33,8% en 2007. «Entre 2003 y 2016 −sostiene el CELS− pudieron jubilarse 1.796.439 mujeres entre 60 y 65 años, más del 80% accedieron al beneficio del Plan de Inclusión Previsional, más conocido como “moratoria previsional”».
En la actualidad hay 5.890.796 jubilados y pensionados en el régimen nacional, de acuerdo a datos de septiembre del Boletín Estadístico de la Seguridad Social que elabora la ANSES. Un 90,5% más que los 3 millones de beneficiarios que se registraban en 2001, primer año de la serie estadística oficial. De ese universo −2.066.461 hombres y 3.824.330 mujeres−, el 64,1% accedió al beneficio a través de una moratoria, ya que no contaban con los años de aportes necesarios.
Esta ampliación, obviamente se refleja también en los recursos destinados a ítem previsional. En 2001 representaba el 7,2% del Producto Interno Bruto (PIB), mientras que 20 años más tarde llegó al 9,3%, incluyendo los gastos nacionales y las cajas provinciales. Aunque el déficit del sistema se mantiene desde 1998, de acuerdo a datos oficiales, en 2022 representó el 2,8% del PIB, la más baja desde 2016, cuando llegó a 2,7%. Para que el sistema sea sostenible, se autofinancie, de acuerdo a distintos especialistas, se debe contar con tres trabajadores activos formales por cada pasivo. Según los datos de la ANSES, a marzo 2021, había una relación de 1,8 trabajadores por cada persona que cobra un haber previsional: se registraban 10,5 millones de aportantes al sistema (trabajadores formales con descuento previsional) y 5,6 millones de jubilados y pensionados. Cabe recordar que durante los últimos años el mayor crecimiento de empleo estuvo sostenido por la creación de puestos de trabajo precarizados (monotributistas y trabajadores informales −sin aportes−).
Lo que vendrá.
Con el ajuste económico en marcha los que lo pagarán íntegramente serán los trabajadores formales e informales y los jubilados y pensionados. Incluso en el Excel presentado por Caputo se proyecta una quita del 0,4% en estas últimas. Y su ejecutor directo será el nuevo titular de ANSES, Osvaldo Giordano, hasta hace días ministro de Finanzas de Córdoba y exsecretario de Previsión Social de la provincia. En plena pandemia, Giordano encabezó junto con el gobernador Juan Schiaretti una reforma jubilatoria provincial, con podas y armonización con Nación, que incluyeron rebajas que alcanzaron al 15% de los beneficiarios con los haberes más altos, incluyó un «aporte solidario» del 20% para dobles ingresos, y una armonización de criterios del sistema previsional provincial con el nacional, con impacto en reducciones para futuros jubilados y pensionados.
En el caso de los actuales activos, se introdujo una armonización con la Nación en tres puntos: el cálculo del haber inicial pasó de los 48 últimos haberes (4 años) a 120 (10 años); los nuevos pensionados pasarán a percibir el 70% de la jubilación del causante en lugar del 75%; y la ley eliminó además el beneficio de pagarle al pensionado el 100% del haber durante el primer año. En síntesis, la reforma acható la distribución, al reducir las jubilaciones más altas y tuvo como eje la revisión de los beneficios derivados de regímenes especiales (que en el caso de la ANSES representa el 4,2%).
domingo, 7 de marzo de 2021
A 20 Años de la derogación de las Leyes de Obediencia Debida y Punto Final… @dealgunamaneraok...
El 6 de marzo de 2001 la Justicia argentina declaró inconstitucionales las leyes de "Obediencia Debida" y "Punto Final"…
Lo determinó el juez
federal Gabriel Cavallo a partir de un recurso presentado por una agrupación
defensora de los Derechos Humanos.
© Publicado el sábado 06/03/2021 por el Diario Perfil de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.
Previamente, en 1986, el senado aprobó, por 25 votos contra 10, la llamada Ley de “Punto Final” que establecía la prescripción de los delitos cometidos por militares, policías y funcionarios carcelarios durante la última dictadura.
Al año siguiente, la cámara de Diputados aprobó, por 125 votos contra 54 más una abstención, la ley que reglamentó la “Obediencia Debida” en las Fuerzas Armadas.
La norma autorizó la eximición del proceso judicial a oficiales que, por su ubicación en la cadena de mandos, obedecieron órdenes de sus superiores, lo que significó la libertad de la mayoría de los acusados que permanecían en prisión preventiva.
A estas dos leyes se le sumaron los indultos firmados por el entonces presidente Carlos Menem en 1989 y 1990.
El primero de ellos, estableció la liberación de 280 personas, mientras que el segundo, benefició a los mandos de las Juntas Militares que encabezaron el golpe de Estado, Jorge Rafael Videla y Roberto Viola y Emilio Massera.
Once años después, el juez federal Gabriel Cavallo declaró inconstitucionales las leyes de “Obediencia Debida” y “Punto Final” a partir de un recurso presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales.
La resolución de Cavallo, a la que él mismo consideró “la más importante de su carrera”, se dio justo cuando frente al Ministerio de Defensa se encontraba Horacio Jaunarena, que ocupó el mismo puesto cuando las mismas leyes fueron elaboradas.
Link de video alusivo © Radio Perfil:
sábado, 20 de febrero de 2021
El Centro de Estudios Legales y Sociales es una empresa… @dealgunamaneraok...
El Centro de Estudios Legales y Sociales es una empresa…
Magnífica ocasión para romper la inercia del lenguaje y dejar de considerar "organismo de derechos humanos" al CELS.
El CELS es una empresa, cuyo presidente es el señor Horacio Verbitsky, declarado heredero del fundador, Emilio Fermín Mignone.
© Escrito por Enrique Vázquez el sábado 20/02/2021 y publicado en Facebook, en la Ciudad de Ingeniero Maschwitz, Provincia de Buenos Aires, República de los Argentinos.
Mignone nació en 1922 y desde muy joven integró los “grupos de choque” de la iglesia católica, particularmente activos contra los simpatizantes de la República durante la guerra civil española (1936-1939). Como es lógico, fue seducido por el peronismo: en 1948 asumió como Director General de Escuelas (ministro de Educación) de la provincia de Buenos Aires, designado por el gobernador, coronel Domingo Mercante, y más tarde ocupó la dirección del Educación Superior del Consejo Nacional de Desarrollo.
Caído Perón, aprovechó sus contactos con funcionarios norteamericanos para poner distancia de la “Libertadora”.
A principios de los ’60 consiguió un contrato de la Organización de Estados Americanos como especialista en política educacional. Su desempeño en Washington DC coincidió con la expulsión de Cuba del seno de la OEA y el aval de esta entidad a la invasión de la República Dominicana.
Su cargo político más alto llegó con la dictadura de Juan Carlos Onganía, la edad de oro de los católicos ultramontanos y del cursillismo: en 1966, apenas derrocado el presidente Illia, Mignone asumió como viceministro de Educación de la Nación, cargo en el que se mantuvo hasta 1970.
Con el auspicio del nuevo gobierno constitucional peronista, inaugurado el 25 de mayo de 1973, Mignone fue nombrado rector de la Universidad Nacional de Luján, que había sido creada en diciembre de 1972. Tras el golpe del 24 de marzo de 1976, la universidad fue intervenida, como todas las otras. Y en un par de meses la vida del rector depuesto sufrió un vuelco dramático.
Mignone tuvo 5 hijos: Isabel, Mónica, Mercedes, Fernando y Javier; uno de los varones se hizo cura católico y vive en el Canadá. Mónica era catequista y asistente social en la villa del Bajo Flores cuando fue detenida por un comando de la Armada el 14 de mayo de 1976. Mignone y su mujer, Angélica “Chela” Sosa, recurrieron a todos sus contactos para encontrarla; un marino les dijo que se quedaran tranquilos, que Mónica estaba en la Escuela de Mecánica de la Armada y que con toda seguridad al día siguiente la restituirían a su domicilio habitual. Nunca más supieron nada de ella.
Mignone encontró refugio y contención en la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y “Chela” en la Asociación de Madres de Plaza de Mayo, cuya disidente Línea Fundadora la encontró como una de sus integrantes desde el primer momento.
Cuando llegó a Buenos Aires la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el 6 de septiembre de 1979, sus integrantes recogieron todos los testimonios posibles sobre el terrorismo de Estado, y al regresar a los EE.UU. editaron un libro en inglés y castellano con una síntesis de lo obtenido. Mignone viajó a Washington junto al obispo metodista Aldo Etchegoyen y ambos trajeron a la Argentina los primeros ejemplares de aquella denuncia, cuya difusión, por supuesto, estaba prohibida por los milicos. Pero Mignone no sólo trajo libros: trajo también una propuesta de la Fundación Ford para subvencionar a la APDH con una donación inicial de 2 millones de dólares, que se renovaría anualmente.
La APDH se mantenía a duras penas gracias a las donaciones de los fieles de las iglesias protestantes europeas, particularmente las alemanas y las neerlandesas. La donación le venía de perlas, pero la compañía Ford había transformado su planta automotriz de General Pacheco en un verdadero campo de concentración, del que desaparecieron no menos de 12 trabajadores, entre ellos 6 que integraban la comisión interna de delegados. La APDH no podía combatir el terrorismo de Estado con dinero de uno de sus cómplices. La comisión directiva decidió rechazar la propuesta de la Ford, y Emilio Fermín Mignone, junto a otros dos padres de desaparecidos -Augusto Conte McDonnell y Boris Pasik- decidió emplear ese dinero en la creación de un ente que estuviera en condiciones de pagar abogados profesionales e investigadores sociales dedicados al tema de la represión ilegal.
Así nació el CELS.
Apenas restablecida la democracia, Horacio Verbistky buscó reinsertarse
en su profesión y lo consiguió en 1984 a través del semanario El Periodista,
editado por Andrés Cascioli con la guita que le dejaba la revista Humor® por
aquella época. Simultáneamente Verbitsky solicitó su incorporación a la APDH,
cuya comisión directiva, por unanimidad, rechazó el pedido. Integraban aquella
mesa el docente Alfredo Bravo, el obispo Federico Pagura, el abogado Alberto
Pedroncini, el rabino Marshall Meyer, el diputado intransigente Miguel
Monserrat, la dirigente comunista Rosa Pantaleón y Graciela Fernández Meijide.
Con ese camino cerrado pero dispuesto a mostrarse como un defensor de los DD.HH., Verbitsky se acercó a Mignone y Conte, quienes le dieron cabida en el CELS.
“El Periodista” fue un fracaso editorial y dejó de aparecer a principios
de 1987, casi en simultáneo con otros dos medios de la época: “La Razón”
matutina, editada por Jacobo Timerman, y “El Porteño”. Todos los desocupados
confluyeron en “Pagina 12”; entre ellos, Verbitsky, cuya función primordial en
el diario dirigido por Lanata consistió en reivindicar a Rodolfo Walsh -su jefe
en la organización Montoneros- y Emilio Mignone. Si uno lee las notas de
Verbitsky, Walsh nunca fue miembro de la Alianza Libertadora Nacionalista, y
Mignone durante toda su vida fue un activista por los derechos humanos.
No por casualidad, tras el fallecimiento de los socios fundadores del CELS y por decisión de las viudas, Verbitsky pasó a desempeñar la presidencia de la entidad, que tiene como director ejecutivo, por contrato y al cabo de un proceso de selección, al abogado Gastón Chillier.
Vale decir, el CELS es una organización de tipo empresarial, dedicada al patrocinio de causas judiciales vinculadas con los derechos humanos y a la investigación sobre el tema, pero no se lo puede llamar “organismo de derechos humanos” porque no hay militancia ni vida participativa en su interior.