La vida es un tablero de ajedrez en donde los cuadros blancos son los días y los cuadros negros son las noches... Nosotros, somos las piezas que vamos de aquí para allá para caer al final en el cuadro de la nada... De Alguna Manera... Una Alternativa…
Lucila Puyol es abogada. Y es hija de
desaparecidos. Cómo víctima del terrorismo de Estado es una mujer con derechos
nacidos del horror de la dictadura. Su militancia en la agrupación H.I.J.O.S y
en el FPV de la mano de Agustín Rossi, le permitieron acceder a su actual
cargo, Secretaria de Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe. Lo que nunca
puede, menos siendo víctima, es violar los derechos de otros. Lo hizo, y nadie
se lo reclamó.
Hay un antecedente grave en la
historia profesional de la abogada: fue la denunciante de una infamia contra el
hermano de Hermes Binner, Dante. Un Médico anciano, al que se lo acusó
mediaticamente de haber formado parte de una «Banda que robaba bebés» para
venderlos. Binner nunca fue imputado por ese delito, pero todas las acciones
públicas fueron dirigidas a él.
La
acusación estuvo fundada en los medios y en la justicia por Puyol y la ex
Defensora del Pueblo Adjunta de la Provincia, Liliana Loyola, quienes además
contaron con el respaldo multiplicador de medios nacionales- especialmente
Canal 7 y Radio Nacional- que entonces manejaba el Kirchnerismo. Y sobre todo,
del «prestigio» de la Hermana Marta Pelloni y el siempre confuso dirigente
social de La Alameda, Gustavo Vera, quien llegó a publicar una carta del Papa
Francisco, emitida en solidaridad con la denunciante.
Puyol además, utilizó a la agrupación
HIJOS y la constituyó como querellante en la causa. Dijo que se trataba
claramente de un «Caso de desaparición de personas» y en sus declaraciones
públicas, hablaba de «Aurora» y Valentín», dando por cierto que los niños
habían nacido y que estaban escondidos en algún lugar del sur provincial.
LA HISTORIA QUE ENSUCIÓ A BINNER
Liliana Montenegro denunció que el 13
de julio de 2014 , dos matrimonios, con los que había pactado la entrega de sus
niños por nacer, fueron a buscarla a la localidad de Zavalla, donde ella vivía
y la llevaron a una clínica de la UOM, de Casilda, donde dijo haber dado a luz.
Luego, indicó que no vio a sus hijos, y que la trasladaron al hospital Eva Perón
por su delicado estado de salud.
Montenegro una militante del
peronismo, que había sido expulsada entonces del Movimiento Evita por menudeo
de drogas en el sur de la ciudad de Rosario, y que afirmó ante la justicia
haber parido dos mellizos en la clandestinidad, tras lo cual se manifestó
arrepentida de esa entrega pactada y formuló la denuncia por «Robo de bebes».
Las parejas involucradas eran
oriundas de Zavalla, y eran, en el caso de que se comprobara el delito, las
principales acusadas. Sin embargo el nombre que se utilizó mediaticamente fue
el de Dante Binner. El hermano del ex gobernador, un médico de trayectoria
intachable y al que se lo acusó de «formar parte del parto clandestino».
Binner
nunca resultó ni siquiera imputado, pero la afirmación de Montenegro
rápidamente fue difundida por Telam, y todos los medios porteños titularon
citando a la agencia pública: «El hermano de Hermes Binner involucrado en una
causa por robo de bebés».La denuncia no
se produjo en cualquier momento: Binner estaba en las preparativas para lanzar
su segunda campaña como candidato a Presidente. Un asunto que ni el
Kirchnerismo, ni el Macrismo estaban dispuestos a permitir. Y nada mejor que
una campaña sucia, con acusaciones graves, como para lastimar su imagen.
Lo cierto es que la justicia, un año
después de la denuncia y de las acusaciones mediáticas, archivó la causa al
considerar agotada la investigación y no reunir elementos suficientes para
probar el delito de sustracción, retención y ocultamiento de menores que le fue
achacado a los dos matrimonios casildenses que estaban imputados.
Todas las pericias sobre el cuerpo de
Montenegro determinaron no solamente que no había parido a los niños, sino que
su embarazo había sido imposible. Montenegro, cinco días después del supuesto
parto, no tenía rastros químicos de haberlo hecho.
Y dos cosas más graves: a la hora que
dijo haber sido secuestrada y llevada a un lugar que nunca pudo determinar, los
libros del Hospital de Granadero Baigorria revelaban una dato incontrastable:
Liliana Montenegro había llegado por sus propios medios a la Sala de Guardias
del Hospital Eva Perón de Granadero Baigorria para ser atendida por un presunto
pico de presión.
Los mismos libros revelaron que en
los seis meses anteriores a la fecha del presunto parto, Montenegro había
realizado otras siete visitas a la guardia: y en ninguna de las visitas
manifestó haber estado embarazada.
Su historia clínica reveló con
contundencia que en todos los exámenes químicos que se realizó durante esos
meses por su hipertensión y su diabetes grave, nunca apareció el dato del
embarazo. Y algo más, por si hacía falta: Montenegro tenía las trompas
atadas desde el nacimiento de su último hijo, que entonces ya tenía siete años.
LAS VERDADERAS RAZONES DE AQUELLA
INFAMIA
¿Cómo era posible entonces que
Montenegro haya denunciado un delito de tanta gravedad y que tanto Puyol, como
Pelloni y Vera, se hicieran eco de la misma, sin al menos certificar la
existencia del mismo?
La declaración de Montenegro, una
mujer de origen humilde y con una realidad desesperante, se comprendió: una
pericia psiquiátrica demostró su tendencia a la mitomanía. Sus antecedentes
penales daban cuenta de comportamientos propios de una persona con desfases
mentales. Lo que nunca se explicó, a cinco años de aquella denuncia, es porque
Puyol puso de manera tan enfática en el ojo de una historia que no existió, al
hermano de Hermes Binner.
En sendas entrevistas le pregunté a
Pelloni y a Vera por aquella causa: Pelloni eligió cortarme la comunicación
telefónica que hicimos a través de un móvil de radio, en Cadena EME. El
movilero me contó minutos después que tras mi consulta, Pelloni se enojó y
decidió suspender su charla en Vera, que estaba pautada unos minutos después de
esa comunicación. Pelloni nunca le pidió disculpas a Binner, y mucho menos a su
hermano.
Con Gustavo Vera hablé cara a cara en
AIRE DE SANTA FE. Cuando lo consulté por el tema, dijo no recordar mucho del
asunto, y justificó su acompañamiento porque confiaba en los valores de la
Hermana Pelloni.
Liliana Loyola, la socia de Lucila
Puyol en la denuncia, nunca más hizo declaraciones públicas sobre el asunto.
Lucila Puyol había sido asesora del
entonces Ministro de Defensa y ex Diputado Nacional, Agustín Rossi. Y la fecha
de la denuncia, coincidia con el comienzo de la campaña electoral para las
presidenciales de 2015.
Puyol, en tanto abogada de Montenegro
y actriz principal en la puesta mediatica de aquella falsedad- tal como lo
demostró la justicia- nunca volvió a hablar del tema públicamente y jamás se
manifestó sobre la resolución judicial que cerró la causa. Entonces ya era
agosto de 2015, y el objetivo estaba cumplido: dañar la imagen y el honor de la
familia Binner. La de Dante, claro, pero también la de Hermes.
Nunca les pidió disculpas ni públicas
ni privadas a los Binner.
Hoy, es Secretaria de Derechos
Humanos de la Provincia de Santa Fe. Con todos los argumentos válidos para
serlo, pero con una mancha muy grande: Violó los derechos humanos de Dante
Binner, sólo para perjudicar políticamente a su hermano y beneficiar a su jefe
político: Agustín Rossi.
El uso de su condición de víctima la
convirtió en victimaria. No tiene derecho alguno a hacerlo. Nada la justifica.
Ni siquiera el horror de su propia historia.
La marca Cheeky de Juliana Awada
filmada y denunciada por trabajo esclavo…
Taller clandestino de Cheeky en la calle Hubac 5673 de C.A.B.A.
Hace pocos días un costurero
ingresó con cámara oculta a un taller clandestino con cama adentro donde 13
personas eran sometidas a la servidumbre y el hacinamiento. El taller
clandestino, ubicado en la calle Hubac 5673 en el barrio de Mataderos hace tres
años que trabaja exclusivamente para la firma Cheeky que actualmente dirige
Juliana Awada, confeccionando pantalones para chicos, de esos que salen $ 220,00
para arriba cada uno. En ese taller son supe explotados 13 costureros de origen
boliviano, varios de ellos en situación migratoria irregular o sea sin
documentación, en extenuantes jornadas de 7 a 22 hs. por la miserable suma de $
1.800,00.
Los costureros están encerrados y
para ir a hacer un simple mandado a la calle y traspasar la puerta de hierro,
deben dejar siempre sus pertenencias como garantía de que no se escaparán. El
propio costurero que hizo la cámara oculta, tuvo que dejar su bolso para poder
salir con la excusa de buscar una farmacia. Los costureros están hacinados en
cuartos muy pequeños con cama cuchetas. Y en esas mismas camas cuchetas deben
comer, ya que carecen de mesas y sillas como puede verse claramente en la
cámara oculta. Los niños de varios de esos costureros también están sometidos
al encierro. Todos comparten un baño muy precario.
La instalación eléctrica es
precaria y entraña riesgo de incendio y los costureros aspiran polvillo de la
tela todo el tiempo, exponiéndose a enfermedades pulmonares como la
tuberculosis.
Como puede observarse en el video
informe, hubo que realizar varias maniobras y buscar falsas referencias para
poder entrar al taller ya que quien lo regentea es consciente de los delitos
que está cometiendo y de la marca a quién responde.
Cheeky ya había sido denunciada
penalmente por el Gobierno de la Ciudad en el período de Jorge Telerman, la
Defensoría del Pueblo y la Alameda en enero de 2007. En aquella oportunidad, se
habían logrado inspeccionar varios talleres con costureros sometidos a la
servidumbre. Lamentablemente un escandaloso fallo del ex Juez Federal Guillermo
Montenegro, actualmente ministro de Seguridad de Mauricio Macri, sobreseyó a la
firma que por la ley de trabajo a domicilio es solidariamente responsable de
los talleres donde manda a confeccionar sus prendas.
Otros talleres de Juliana Awada
ya habían sido filmados y denunciados por la Alameda en setiembre de 2006 y en
marzo de 2010. A pesar de los testigos y las inapelables imágenes de las
cámaras ocultas, también la justicia hizo la vista gorda con estas denuncias.
Ni las inspecciones del GCBA en
época de Telerman, ni las denuncias de la Defensoría, ni los video informes y
denuncias de la Alameda alcanzaron para que la justicia castigue la impunidad
de Daniel y Juliana Awada que siguieron todos estos años maximizando ganancias
en base a la explotación más abyecta de costureros migrantes en talleres
clandestinos con trabajo esclavo.
Segura de que su actual marido y
Jefe de Gobierno de la Ciudad Mauricio Macri la protegerá del cumplimiento de
la ley, Juliana Awada que ahora dirige Cheeky ni siquiera se tomó el trabajo de
mudarse de distrito y sigue basando su producción en talleres esclavos en el
propio ámbito de la Capital Federal a sabiendas que los cuerpos inspectivos que
dirige su marido seguirán haciendo la vista gorda.
Una vez más la Alameda se
presenta ante la justicia para denunciar a estos esclavistas y además mostrarle
a toda la sociedad de qué talleres estamos hablando cuando hablamos de Cheeky y
de Juliana Awada.
En horas de la mañana del
miércoles 11 se formulará la denuncia penal ante los tribunales de Comodoro Py
a Cheeky por reducción a la servidumbre, evasión fiscal, violación a la ley de
migraciones y violación a la ley de trabajo a domicilio.
A las 19 hs convocamos a
movilizarnos al local de Cheeky de avenida Santa Fe 2053 para realizar un acto
de repudio y una clausura simbólica de esta marca esclavista emparentada con el
poder y la impunidad.
Contactos:
Gustavo Vera (011 15 6158-4835)
Dr. Mario Ganora (011 15 5883-0233)
Fórmula Denuncia:
Señor Juez: Gustavo Javier Vera,
presidente de la “Fundación Alameda por la Lucha contra el Trabajo Esclavo”,
con domicilio en Avda. Directorio 3998 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
el patrocinio letrado del Dr. Mario Fernando Ganora (T° 36 F° 227 CACF), con
domicilio en Av. Callao 178 Piso 5° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a
V.S. dice respetuosamente que:
I) Objeto
Por el presente, viene a
formular denuncia contra los propietarios y encargados del taller de costura
sito en la calle Hubac 5673 a los fines de que se investigue la presunta
comisión de los delitos previstos y reprimidos en los arts. 117 de la ley
25.871, 140, 145 bis del C.P. y 35 de la ley 12.713. También corresponde que se
investigue la posible comisión del delito de evasión fiscal en sus aspectos
tributario y previsional contemplados en los arts. 1 y 7 de la ley 24.769. Esta
denuncia también abarca a los responsables de la firma Cheek S.A. (CUIT n°
30.67729108-3 con domicilio en Cuyo 3040/166 Martínez, Pcia. de Buenos Aires,
propietaria de la firma “Cheeky”, para quien trabajaría en forma exclusiva el
mencionado taller de costura.
Solicito asimismo que se proceda
de conformidad con lo dispuesto en el art. 6 y concordantes de la ley 26.364 a
los fines de la protección de la víctima de los delitos denunciados.
II) Hechos
El mencionado taller de costura
funcionaría como un clásico taller de sudor o “sweatshop” que trabajaría confeccionando
ropa en forma exclusiva para la referida sociedad anónima. En efecto, el
tallerista se hace conocer por el nombre de “Pepe” y junto con su esposa maneja
el establecimiento que trabajaría exclusivamente para la marca Cheeky desde
hace tres años.
Los trabajadores que allí se
desempeñan deben hacerlo con el régimen de “cama adentro”, es decir que deben
pernoctar en el lugar de trabajo. En ese lugar trabajan alrededor de trece
personas. La jornada laboral que se extiende desde las 7.00 de la mañana hasta
las 21.00 y, a veces, hasta las 22 horas.
Estas jornadas se realizan de lunes a
viernes y los días sábado hasta el mediodía. Los salarios que se abonan a los
trabajadores son del orden de los mil ochocientos pesos por mes ($1.800) y se
da como justificación que se les proporciona casa y comida. Uno de los
trabajadores, F.M.D.C., cuyos datos se acompañan en sobre cerrado, informa que
no se les requiere documentación para ser contratados. Esta persona aclara que
pudo comprobar que hay personas sin D.N.I. sea que se trate de trabajadores o
de los niños que allí habitan. Para poder entrar y salir del taller se requiere
del permiso del encargado y se retiene en todos los casos los efectos
personales del trabajador para asegurarse su retorno al establecimiento.
Las condiciones de salubridad,
higiene y seguridad en el trabajo son deplorables. La casa donde funciona el
taller tiene dos plantas. En la planta baja se encentran las maquinarias y en
el primer piso las crujías donde habitan los trabajadores. El lugar de trabajo
está muy deteriorado, la instalación eléctrica es muy precaria, no se observan
matafuegos y hay gran acumulación de telas, productos terminados y restos de la
producción. Esto significa la existencia de un riesgo real de incendio que de
ocurrir podría significar un desastre similar a la tragedia de la calle Luis
Viale 1269 ocurrida en 2006. Agrava la situación de inseguridad del taller la
circunstancia de que niños menores ingresan y salen del lugar de confección sin
ningún tipo de control. Uno de los trabajadores parecería ser una persona con
discapacidad mental y muy agresiva.
El lugar de alojamiento de los
trabajadores es una pieza dividida en tres partes para hombres y parejas donde
hay varias camas tipo cucheta. El resto de las comodidades consisten en una
cocina y un solo baño para hombres y mujeres. No hay refectorio por lo que los
trabajadores deben almorzar y cenar sentados en las cuchetas donde duermen.
Carecen de mesas y sillas y de cubiertos por lo que deben comer la carne con la
mano por la falta de cuchillos.
III) Significación jurídica
Del
relato de los hechos surgiría que una sociedad anónima propietaria de una
conocida marca de ropa para niños terceriza su producción con un taller de
costura, los que a su vez tiene trabajadores empleados. Esta relación entre el
fabricante, los talleristas y los trabajadores se rigen por las disposiciones
de la ley de trabajo a domicilio (ley 12.713) que prevé tanto en sus
disposiciones como en su reglamentación todo un conjunto de obligaciones tendientes
a evitar abusos y la explotación de la parte más débil, es decir el trabajador
(ver art. 13 de la ley 12.713). También aquí se advierte que el propósito de
los empleadores habría sido burlar las disposiciones de la referida ley a los
fines de maximizar sus ganancias mediante el pago de salarios inferiores a los
de convenio, excediendo los límites de la jornada legal de trabajo sin el pago
de horas extras y sin respeto de lo concerniente a las normas mínimas de
higiene y seguridad. Independientemente de las transgresiones a la legislación
laboral, se encontrarían reunidos, prima facie, los extremos previstos en el
art. 35 de la ley 12.713 que dispone: “El empresario, intermediario o
tallerista que por violencia, intimidación, dádiva o promesa, realice actos que
importen abonar salarios menores que los que se establezcan de acuerdo a los
procedimientos que estatuye la presente ley, tendrá prisión de seis meses a dos
años”.
Cabe destacar que esta maniobra
tendiente a pagar remuneraciones inferiores a los establecidos mediante los
mecanismos de la ley se habría llevado a cabo también mediante la contratación
de trabajadores de origen extranjero que tendrían una situación de residencia
irregular. De esta manera el o los empleadores se habrían asegurado que estos
trabajadores por su especial vulnerabilidad no opondrían resistencia a la
violación de sus derechos. Precisamente esta conducta se enmarcaría en las
previsiones del art. 117 y 120 de la ley 25.871 toda vez que constituiría la
facilitación habitual de la permanencia ilegal de extranjeros en el Territorio
de la República Argentina con el fin de obtener directa o indirectamente un
beneficio poniendo en peligro la vida, la salud y la integridad de las
personas.
También del relato de los hechos
surgiría nítidamente que las personas que allí trabajan estarían sometidas a un
régimen de explotación susceptible de ser considerado trabajo o servicio
forzado de conformidad con la interpretación del mencionado concepto que
realiza la Organización Internacional del Trabajo. En efecto, la definición del
concepto de trabajo forzoso remite necesariamente al art. 2 del “Convenio sobre
Trabajo Forzoso, 1930 (num. 29) de la Organización Internacional del Trabajo
ratificado por nuestro país, que tiene jerarquía superior al derecho interno en
virtud de lo dispuesto en el art. 75 inc. 22 C.N. Según el art. 2 del Convenio
29 de la OIT se entiende como trabajo forzoso “todo trabajo o servicio exigido
a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho
individuo no se ofrece voluntariamente”.
La OIT ha precisado los conceptos
contenidos en la definición en diferentes documentos. En este sentido el
documento denominado “Erradicar el trabajo forzoso” elaborado por la Comisión
de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT en 2007
fue bastante claro al considerar la cuestión suscitada por la imposición de la
obligación de realizar horas extraordinarias bajo la amenaza de una pena (ver
pág. 74 y concordantes).
Los expertos de la OIT entendieron que la imposición
de horas extraordinarias no afecta la aplicación del Convenio n° 29 en la
medida en que tal exigencia se sitúe en el marco de los límites establecidos por
la legislación nacional y aceptados por las convenciones colectivas. Se ha
entendido también que el temor a ser despedido obliga al trabajador a realizar
horas extraordinarias que superan lo previsto en la legislación nacional. En
otros casos, en que se pacta la remuneración fijando metas de rendimiento, la
obligación de trabajar más allá de la jornada de trabajo se deriva en la
necesidad de hacerlo para alcanzar el salario mínimo. Sobre estas cuestiones la
Comisión ha observado que si bien el trabajador tendría hipotéticamente la
posibilidad de librarse de la imposición de trabajar más allá de la jornada
ordinaria de trabajo, la vulnerabilidad de su situación hace que prácticamente
no tenga real opción, obligado por la necesidad de alcanzar al menos el salario
mínimo y de conservar su empleo o por ambas razones. La Comisión ha considerado
que en los casos en que el trabajo o servicio se imponga mediante la
explotación de la vulnerabilidad del trabajador, bajo amenazas de una pena, el
despido o una remuneración inferior al trabajo mínimo, tal explotación
transforma una situación caracterizada por malas condiciones de trabajo en una
relación en la cual el trabajo se impone bajo amenaza de una pena y amerita la
protección del Convenio a efectos del cual la expresión trabajo forzoso u
obligatorio designa todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la
amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece
voluntariamente. En el caso concreto de autos se ha podido ver como las horas extraordinarias
se imponen fuera de todo marco normativo y bajo la amenaza de percibir
remuneraciones inferiores al mínimo legal o la sanción del despido.
La OIT ha señalado en el referido
documento denominado “Erradicar el trabajo forzoso” que el Estado no debe
tolerar la imposición de trabajo forzoso por parte de terceros, cualquiera que
sea su forma en su ámbito de competencia territorial. A tal efecto, deberá
establecer garantías legales frente a toda obligación de trabajar que exista en
la práctica. El art. 25 del Convenio n° 29 de la OIT precisa a este respecto
que “el hecho de exigir ilegalmente trabajo forzoso u obligatorio será objeto
de sanciones penales” y que el estado tiene “la obligación de cerciorarse de
que las sanciones impuestas por la ley son realmente eficaces y se aplican
estrictamente”.
La norma penal que resulta
aplicable en función de la obligación establecida en el art. 25 del Convenio n°
29 de la OIT es, a mi juicio, el delito de reducción a servidumbre previsto y
reprimido en el art. 140 C.P. En efecto, el trabajo forzoso es considerado como
una práctica análoga a la esclavitud (art. 5 de la Convención sobre la
Esclavitud y Preámbulo del Convenio 105 de la OIT “Convenio Relativo a la
Abolición del Trabajo Forzoso”) y está específicamente prohibido por nuestra
Constitución Nacional (arts. 6 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos y 8 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ambos con
jerarquía constitucional merced a lo dispuesto en el art. 75 inc. 22 C.N.).
Cabe señalar asimismo que la
actual redacción del tipo penal del art. 145 bis del C.P. que reprime la
acogida o recepción de personas mayores de dieciocho años de edad, abusando de
una situación de vulnerabilidad con fines de explotación, en este caso trabajo
forzoso, se superpone con la figura del art. 140 del C.P. dando lugar a un
concurso ideal (art. 54 C.P.).
El carácter clandestino de las
contrataciones de los trabajadores y la forma en que se desarrolla la relación
de trabajo también hace sospechar fundadamente en la comisión de los delitos
contemplados en los arts. 1 y 7 de la ley 24.769.
IV) Prueba
En sobre cerrado
acompaño video grabación del taller donde constan las circunstancias apuntadas y
los datos de la persona que responde a las iniciales F.M.D.C. quien está
dispuesto a prestar declaración testimonial.
V) Petitorio
Por todo lo expuesto, solicito:
a) Se tenga por presentada la
presente denuncia
b) Se proceda de conformidad con
lo dispuesto en el art. 6 y concordantes de la ley 26364 respecto de las
posibles víctimas de los delitos denunciados.
c) Se agregue la prueba que se
acompaña
d) Oportunamente se acompañaran
otras al momento de la ratificación.
Las PASO 2015 en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires...
Foto: Cronista.com
Quiénes están habilitados para votar y
quiénes quedan exentos. Qué justificativos deberán presentar. Las multas.
Los porteños celebran, entre las 8 y las
18, por primera vez las eleccionesprimarias abiertas simultáneas y
obligatorias(PASO)
en la Ciudad para puestos locales. Elegirán un precandidato a jefe de Gobierno,
un precandidato a vicejefe, 30 legisladores y 105 representantes en las
Comunas.
Votantes.Los
mayores de 18 años -o que cumplan hasta el 25 de octubre- deben concurrir en
forma obligatoria a las urnas. Mientras que es optativo para los adolescentes a
partir de los 16 años, que pueden depositar su voto si cumplen hasta el 25 de
octubre. También se consideran votantes optativos a las personas mayores de 70
años.
Ausentes. Los ciudadanos que estén en condiciones de votar y no lo
hagan deberán abonar -según la ley- unamulta de entre 50 y 500 pesos,
no podrán realizar trámites públicos por un año ni ocupar cargos
estatales.
Tales
penas serán aplicadas siempre y cuando no presenten justificativos, en un plazo
de 60 días, ante la Justicia Nacional Electoral. Quedarán exentos de las
sanciones quienes comprueben que estaban enfermos o imposibilitados, que se
encontraban a más de 500km de lugar del sufragio o que cumpla funciones públicas
durante la votación.
Documentos.Los votantes pueden concurrir a sufragar
con los siguientes documentos: libreta de enrolamiento, libreta cívica, DNI
(verde), DNI (celeste), DNI tarjeta y el nuevo DNI. Si bien, el DNI
tarjeta posee una leyenda que dice “no válido para votar”, el mismo podrá
utilizarse.
Cómo votar. Se debe ingresar una sola boleta por categoría: un solo
precandidato para jefe de Gobierno, una sola lista de legisladores y una nómina
de comuneros. No es necesario votar al mismo partido en las tres categorías ya
que se puede cortar boleta.
No se necesita el sello para justificar el
sufragio. Sólo basta con la firma del votante en el padrón y el troquel de
constancia de emisión de voto firmado por la autoridad de mesa.
Para consultar dónde concurrir a votar se puede visitar la siguiente
página: www.dondevotociudad.gob.ar o llamar al 0800-999-PADRON (7237).
Vedados. La veda engloba a cualquier manifestación
propagandística de candidatos, funcionarios o periodistas. También alcanza
a la difusión de encuestas y sondeos preelectorales. La prohibición, sin
embargo, no incluye a las redes sociales.
No están permitidos los espectáculos
masivos -cultural, social o deportivo- durante el domingo, así como la
venta de bebidas alcohólicas desde la cero hora del día de la elección hasta
que se cumplan tres horas de finalizado los comicios.
Los
ciudadanos que infrinjan la veda podrán ser denunciados por violación al Código
Electoral y sancionados.
Soy un insignificante periodista argentino llamado Alfredo Leuco.
No soy quien para darle consejos a nadie y mucho menos a usted a quien
considero el argentino más importante y valioso de todos los tiempos. Alguna
vez escribí una columna diciendo que usted tenía lo mejor de cada uno de los
mejores argentinos. No soy creyente pero admiro a los creyentes. Y creo en
usted y en los valores que predica. En su austeridad franciscana, en su defensa
de los más débiles y los más pobres, en vivir como se piensa, en su apuesta a
construir la paz en el mundo y el ecumenismo fraternal de las religiones.
Permítame Papa Francisco que le
cuente lo que pienso de usted para que sepa desde que lugar me atrevo a
expresarle una disidencia, con todo respeto. Creo que nadie hizo tanto
por abrir la iglesia a la vida cotidiana, por condenar a los corruptos y
perdonar a los pecadores, por aplicar eso de a Dios rogando y con el mazo dando
a los curas violadores y a los colaboradores de las dictaduras. Me gustó
llamarlo el Papa celeste y blanco. El Papa nuestro que está en el Vaticano,
como rezando una plegaria laica.
Usted confiesa que es un
pecador. Reconoce que no es Dios y por lo tanto no es perfecto. Eso me da
coraje como para expresarle mi humilde disidencia con la decisión de recibir
por quinta vez a Cristina Fernández de Kirchner. Soy periodista, busco la
verdad aunque nunca la encuentre del todo y mi misión en la vida es contar lo
que pasa o lo que creo que pasa y lo que pienso de las cosas. Sabrá usted
disculpar semejante atrevimiento. Pero aquí abajo, en el fin del mundo y con
los pies sobre la tierra, le cuento que una gran porción de los argentinos está
molesta, disgustada o desilusionada con la nueva cita que le dio a Cristina
para el 7 de junio.
Insisto, usted tiene todo el
derecho a hacer lo que considere correcto y dialogar con quien le plazca. Otra
vez, yo no soy nadie. Pero mi trabajo tiene siempre la obligación de la mirada
crítica, de ser abogado del hombre común y fiscal del poder. Creo, como dice el
Talmud, que nuestra tarea es acomodar a los incómodos e incomodar a los
cómodos. Usted es un gran combatiente contra la hipocresía y yo no quiero ser
hipócrita y menos con usted.
Mucha gente, tal vez una
mayoría de compatriotas, piensa que usted está por cometer un error. Que está
devaluando su propia palabra que vale oro. Usted dijo que no iba a recibir a
ningún político más hasta después de las elecciones y que se había sentido
usado por la política argentina. Algunos amigos que lo han visitado me contaron
que en confianza, usted hizo clara referencia a dos momentos. Cuando Martin
Insaurralde y El Cuervo Larroque abusaron de su confianza y lo utilizaron para
hacer propaganda electoral. Uno directamente hizo su afiche de campaña con la
foto y el otro puso en sus manos una camiseta de La Cámpora, una de las
organizaciones más dogmáticas y agresivas del cristinismo y no del
cristianismo. Por eso no se entiende el motivo que usted tiene para
faltar a su palabra y abrirle las puertas de su casa por quinta vez a la
candidata Cristina. Ella será candidata a gobernadora o a diputada y si no es así,
será la que lleve de la mano por todo el país a los candidatos de su partido.
Ella es una mujer poderosa desde todo punto de vista y mostrarse a su lado es
una ayuda muy grande que se suma a la utilización del aparato del estado en
beneficio propio que hacen los Kirchner.
Permítame que le diga admirado
Papa Francisco: Usted reclama manos limpias, uñas cortas y ética para la
función pública y este gobierno es el más corrupto de la historia
argentina. Usted habla de ayudar a los pobres y este gobierno dejó de
medir la pobreza. Usted fomenta el camino del encuentro y el diálogo y este
gobierno instaló el odio. Usted nos reclama abrir nuestros corazones y este
gobierno es el que lo espió a usted a través de Antonio Stiuso, según contó su
amigo Gustavo Vera. Ni que hablar de la calificación de” montaje de Hollywood”
que hizo Cristina del Estado Islámico que está cometiendo un genocidio en
cuotas con el pueblo cristiano.
Me gustaría que sepa, Papa
Francisco, que la mayoría de los argentinos según todas las encuestas, creen
que el ciclo de Cristina tiene fecha de vencimiento y tal como dice la
Constitución, debe terminar su mandato en orden y en paz. La foto que ella exhibirá
con usted no ayuda a los que quieren alternancia democrática y más república.
No respalda a los que denuncian como usted mismo lo hizo, que aquí en este país
se fabrica droga y el gobierno mira para otro lado o no hace lo necesario para
extirpar ese cáncer social.
Me gustó mucho la columna y la
idea rectora de Mariano Obarrio. Hubiera sido una genialidad de su parte
invitar a Cristina y a todos los candidatos a presidente. Sería una señal de
convivencia pacífica que ayude a los argentinos que queremos cerrar las heridas
que el kirchnerismo abrió en nuestra comunidad. ¿Se imagina esa foto? Cristina,
Macri o Sanz, Scioli o Randazzo, Sergio Massa, Margarita Stolbizer, entre otros
y usted como un mensaje de que se puede pensar distinto pero tirar todos para
el mismo lado de la patria. Es una oportunidad perdida que esto no se haga. Es
una piedra en el camino de la reconciliación que usted la reciba una vez más a
ella sola y por quinta vez. ¿No es suficiente?
Otra vez le pido mil disculpas
por mi atrevimiento. Le juro que lo hago con la mejor de las intenciones.
Quiero preservar su figura que alumbra una sociedad mejor. Nosotros rezamos por
usted y cuidamos a Cristina, pero usted también rece por nosotros y cuide un
poco a todos los ciudadanos de este país que tanto lo aman.
Papa Francisco, se lo digo de
todo corazón. Le mando el mejor de los abrazos y mis mejores deseos. Usted
siempre apostó a la sana rebeldía y no al silencio cómplice ni obsecuente.
Usted nos pidió que hiciéramos lío y en eso estoy. Haciendo lío que para un
periodista es decir la verdad y nada más que la verdad. Si juro.
Mientras niega la vivienda a sectores marginados, no le cobra alquiler a
empresarios amigos.
La política de concesiones de
terrenos municipales por parte del gobierno de Mauricio Macri es escandalosa.
Mientras miles viven hacinados en villas y asentamientos y el acceso a la
vivienda popular es casi inexistente, una serie de empresarios privilegiados
goza de los favores del gobierno de la ciudad de Buenos Aires y ocupa edificios
y terrenos sin pagar o pagando montos ridículos. Los datos surgen de una
investigación realizada por los legisladores Gustavo Vera y Pablo Bergel, de
UNEN, que realizaron un exhaustivo relevamiento con datos oficiales del
gobierno y determinaron que se realice una denuncia penal por administración
fraudulenta auspiciada por el abogado Mario Ganora. La investigación incluye a
relevantes amigos y hasta miembros del gobierno macrista.
El predio Costa Salguero tiene 17 hectáreas que se cobran $166.000 por mes en
total. En el lugar hay 23 empresas que se reparten la concesión, a un promedio
de $ 7.000 pesos por mes. Allí conviven centros de exposiciones, boliches y hasta
un hotel. Una de las concesiones, que usa el macrismo como búnker en las
elecciones, pertenece al marido de la jefa del bloque macrista en la
legislatura Carmen Polledo, Fernando Adolfo Polledo Olivera. El empresario ya
había sido condenado por compra irregular de autos diplomáticos y fue incluido
en un informe de Elisa Carrió sobre lavado de dinero en 2003.
Buenos Aires Design, el shopping que está en Pueyrredon y Libertador, paga
alrededor de $45 mil de cánon mensual. Allí hay 72 locales y 140 cocheras. Se
encuentra en el barrio más oneroso de la ciudad y marcas de lujo ocupan los
locales.
La concecionaria Dietrich, de la familia del ministro de Transporte macrista
Guillermo Dietrich, que se encuentra en la lujosa zona de La Recova en el bajo
porteño, tiene una concesión irregular ya que figura como “cochera”.
Las canchas de tenis del Club Obras Sanitarias en Figueroa Alcorta pagan $ 0,00 de cánon.
La lujosa confitería Modena, frente a la facultad de Derecho sobre la
avenida Figueroa Alcorta, paga $ 0,00 de cánon.
La confitería de la Asociación de Amigos del Museo de Bellas Artes, sobre la
avenida Figueroa Alcorta, paga $ 0,00 de cánon.
Las canchas de fútbol de parque Las Heras, de Claudio Marangoni pagan $ 0,00 de
cánon.
La confitería del Museo Larreta paga $ 0,00 de cánon.
La playa de estacionamiento Dorrego y Libertador paga $ 0,00 de cánon.
La playa de estacionamiento de Plaza Vicente López paga $ 0,00 de cánon.
La playa de estacionamiento de la Facultad de Derecho paga $ 0,00 de cánon.
Existen más de 40 concesiones de bajo autopista donde hay canchas de fútbol
y estacionamientos que no pagan ningún tipo de alquiler.
Mientras empresarios no pagan y exprimen beneficios debido a acuerdos con la
intendencia porteña, el negocio inmobiliario descarta a cada vez más sectores
para el acceso a la vivienda. La denuncia penal será presentada hoy por los
legisladores Vera y Bergel. Plazademayo.com intentó comunicarse con la diputada Polledo y otros funcionarios del PRO, pero no obtuvo respuesta.