Las PASO 2015 en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires...
Foto: Cronista.com
Quiénes están habilitados para votar y
quiénes quedan exentos. Qué justificativos deberán presentar. Las multas.
Los porteños celebran, entre las 8 y las
18, por primera vez las elecciones primarias abiertas simultáneas y
obligatorias (PASO)
en la Ciudad para puestos locales. Elegirán un precandidato a jefe de Gobierno,
un precandidato a vicejefe, 30 legisladores y 105 representantes en las
Comunas.
Votantes. Los
mayores de 18 años -o que cumplan hasta el 25 de octubre- deben concurrir en
forma obligatoria a las urnas. Mientras que es optativo para los adolescentes a
partir de los 16 años, que pueden depositar su voto si cumplen hasta el 25 de
octubre. También se consideran votantes optativos a las personas mayores de 70
años.
Ausentes. Los ciudadanos que estén en condiciones de votar y no lo
hagan deberán abonar -según la ley- una multa de entre 50 y 500 pesos,
no podrán realizar trámites públicos por un año ni ocupar cargos
estatales.
Tales
penas serán aplicadas siempre y cuando no presenten justificativos, en un plazo
de 60 días, ante la Justicia Nacional Electoral. Quedarán exentos de las
sanciones quienes comprueben que estaban enfermos o imposibilitados, que se
encontraban a más de 500km de lugar del sufragio o que cumpla funciones públicas
durante la votación.
Documentos. Los votantes pueden concurrir a sufragar
con los siguientes documentos: libreta de enrolamiento, libreta cívica, DNI
(verde), DNI (celeste), DNI tarjeta y el nuevo DNI. Si bien, el DNI
tarjeta posee una leyenda que dice “no válido para votar”, el mismo podrá
utilizarse.
Cómo votar. Se debe ingresar una sola boleta por categoría: un solo
precandidato para jefe de Gobierno, una sola lista de legisladores y una nómina
de comuneros. No es necesario votar al mismo partido en las tres categorías ya
que se puede cortar boleta.
No se necesita el sello para justificar el
sufragio. Sólo basta con la firma del votante en el padrón y el troquel de
constancia de emisión de voto firmado por la autoridad de mesa.
Para consultar dónde concurrir a votar se puede visitar la siguiente
página: www.dondevotociudad.gob.ar o llamar al 0800-999-PADRON (7237).
Vedados. La veda engloba a cualquier manifestación
propagandística de candidatos, funcionarios o periodistas. También alcanza
a la difusión de encuestas y sondeos preelectorales. La prohibición, sin
embargo, no incluye a las redes sociales.
No están permitidos los espectáculos
masivos -cultural, social o deportivo- durante el domingo, así como la
venta de bebidas alcohólicas desde la cero hora del día de la elección hasta
que se cumplan tres horas de finalizado los comicios.
Los
ciudadanos que infrinjan la veda podrán ser denunciados por violación al Código
Electoral y sancionados.
© Publicado el sábado 25/04/2015 por el Diario Perfil de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.