La ley
y los medios: 2da. parte...
Algo no
cierra. Este jueves
la Presidenta,
hablando sobre la Ley
de Medios, anunció que el próximo 7 de diciembre será el último plazo para
desinvertir, porque los tres años que otorgó la Justicia con cautelares
“ya fueron demasiados”, y que no sólo Clarín deberá adecuarse sino “todos
todos” (sic) los grupos de medios –afines y adversarios– porque hasta ahora no
se les había exigido desinvertir a aquellos que no habían presentado cautelares
“para no acentuar más el monopolio” de Clarín, pero en diciembre tendrán que
cumplir todos. ¿Será así? ¿Se pondrá a la venta al mismo tiempo la mayor
cantidad de medios que registre no sólo la historia argentina sino también la
mundial?
El tema
excede en mucho a Clarín. Comenzando nada menos que por Telefe, el actual canal
líder del país, que de enero a mayo le ganó en rating a El Trece. El 7 de
diciembre, Telefónica tendría que venderlo porque la ley prohíbe que un
prestador de un servicio público –telefonía básica, en su caso– sea dueño de un
canal de televisión. En Telefónica nadie tiene un plan de venta de Telefe y ni
siquiera están preocupados por el tema. Alguien está mal informado, los
ejecutivos españoles o la
Presidenta. Y sin ironía, porque no sería descartable que
fuera la Presidenta.
La Ley de Medios tiene tantas
exigencias que su cumplimiento real será verdaderamente problemático. No sólo
los futuros dueños de los medios que se pongan a la venta tendrán que ser
empresas integradas muy mayoritariamente por argentinos y los extranjeros sólo
podrían ser dueños del 30%, sino que además a un extranjero que tenga medios en
otros países directamente le estará vedado tener siquiera el 1% de una empresa
de medios en Argentina. O sea que los extranjeros que podrían estar más
interesados en participar de una empresa de medios, porque ésa es su
especialidad en su país, lo tienen expresamente prohibido por el artículo 25 de
la ley, que se refiere a las “condiciones de admisibilidad” de propietarios de
medios y exige “no tener vinculación jurídica societaria ni sujeción directa o
indirecta con empresas de servicios de comunicación audiovisual extranjeras”.
Y esto
no afecta sólo a los canales y radios o productores de contenidos, sino también
a las empresas que presten el servicio de conectividad, o sea que venden el
abono de cable: ¿quién si no un extranjero –por ejemplo el mexicano más rico
del mundo, Carlos Slim, dueño de empresas de teléfonos en toda Latinoamérica–
podría tener dinero para invertir los miles de millones de dólares que vale
casi la mitad de Cablevisión, que Clarín debería vender?
O sea
que para ser dueño de una compañía de teléfonos se puede ser 100% extranjero y
no sólo no es una inhabilitación tener una empresa de servicios de comunicación
en el exterior sino que fue un requisito en el momento en que se privatizaron,
cuando se exigía al operador telefónico experiencia en la materia para
garantizar idoneidad, mientras que para ser dueño de una empresa que en lugar
de llevar por un cable teléfono lleva por un cable idéntico abono de
televisión, en ese caso lo que está permitido y exigido se convierte en
prohibido. El día que finalmente llegue la lógica convergencia del triple-play,
donde ya hoy por el mismo cable se puede enviar televisión, internet o
teléfono, haciendo competir a todos los prestadores y beneficiando a los
usuarios con bajas en los precios del abono, las compañías de telefonía podrán
tener accionistas extranjeros mientras que las empresas de cable no, a pesar de
que terminarán dando el mismo servicio.
Sumando
contradicciones, las limitaciones a extranjeros (tanto las que imponen el tope
del 30% como las que los excluyen por completo en el caso de poseer medios en
el exterior) tienen –de acuerdo con la interpretación actual– una excepción que
beneficia a las personas físicas o jurídicas norteamericanas por el tratado de
reciprocidad firmado por Menem con Estados Unidos, que permitió en la década
del 90 que Eurnekian pudiese vender Cablevisión por entonces a TCI, el mayor
operador de cable de EE.UU. Dicho sea de paso, hoy TCI fue absorbido por ATT,
compañía telefónica norteamericana, y ofrece triple-play.
Vale
aclarar que la prohibición de que un extranjero dueño de medios en Argentina
tenga medios de comunicación en otros países no incluye el registro y
titularidad de señales de cable (desde Disney o Sony hasta Gourmet o Utilísima)
porque, mientras no se tenga un canal de televisión de aire o una empresa
proveedora de abono de acceso al cable, se puede tener ilimitadamente cualquier
cantidad de señales (canales) de cable, o sea igual régimen que diarios y
revistas. Lo que el Estado reguló es aquello que requiere el uso de lo público:
en el caso de un canal o una radio abierta, el uso limitado de las bandas de
aire por las que se transportan las ondas; y en el caso del cable, el uso del
subsuelo por donde pasan los cables.
La ley
tuvo un minucioso cuidado para que el mismo grupo de empresas no pueda tener
más medios de los autorizados apelando a representantes o testaferros, pero se
le escapó (o a propósito no lo tuvo en cuenta en forma expresa) la inexistencia
de impedimentos o limitaciones entre familiares de cualquier grado. Esto está
relacionado con los casos de dueños de medios que sean personas físicas
argentinas, que estuvieran impedidos por alguna limitación (ser dueño de más de
10% de una empresa de servicios públicos o ser funcionario público, por
ejemplo), quienes podrían donar sus acciones de aquello que los limita a sus
herederos forzosos –dependiendo del caso, hijos o sobrinos–, y así quedar
habilitados para comprar medios audiovisuales.
Volviendo
al ejemplo de la semana pasada de Eurnekian –el único argentino que fue dueño
de canales y radios que queda con patrimonio suficiente como para comprar los
principales medios que se pusieran a la venta–, podría donarles a sus sobrinos
sus acciones de Aeropuertos 2000, y de esa forma quedar habilitado para volver
a los medios.
A la
inversa, esto sucedió con Francisco de Narváez, quien por ser diputado no
podría seguir siendo dueño de medios audiovisuales pero, como sus acciones de
América TV –desde el momento de su compra, en junio de 2005– pertenecen a una
sociedad cuyos accionistas son sus hijos mayores, no estaría obligado, para
adecuarse a la nueva ley, a desprenderse de ellas.
Así
como la Ley de
Medios prohíbe el traspaso de las acciones de medios audiovisuales sin la
autorización del Estado, el traspaso de acciones de empresas de servicios
públicos también precisa ajustarse a lo dispuesto en el marco regulatorio de
cada actividad, que no es el mismo para el gas que para el agua, por ejemplo.
¿La ley
se cumplirá pareja para todos, como dijo la Presidenta al anunciar
que el 7 de diciembre será el Día D de la historia de la comunicación de
nuestro país?
Difícil
de creer. El primer indicio de que así no será fue la transferencia a Cristóbal
López del control de las radios de Hadad (C5N, por ser una señal de cable, no
tiene limitaciones) porque la ley sólo faculta a la Autoridad Federal
de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) para permitir –y en casos
extraordinarios– ventas de hasta el 50%, y Hadad se habría desprendido de todas
sus acciones.
©
Escrito por Jorge Fontevecchia y publicado por el Diario Perfil de La Ciudad Autónoma de
Buenos Aires el viernes 1º de Abril de 2012.