BENEFICIOS A LOS QUE PUEDEN ACCEDER LOS VECINOS
DAMNIFICADOS POR LA INUNDACIÓN DEL
2 DE ABRIL
Los beneficios que a continuación se
describen no son excluyentes entre si, o sea que cada vecino damnificado puede
acceder a varios de ellos siempre que se encuentre dentro de las condiciones
requeridas para cada uno de ellos y los límites máximos establecidos.
Hay beneficios que otorga el
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y hay beneficios que otorga el Gobierno
de la Nación. Se describen por separado.
1- BENEFICIOS DEL GOBIERNO DE LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Subsidios por Inundaciones. El
trámite para obtener un subsidio por inundación puede realizarse en las Sedes
Comunales, dentro de los 30 días hábiles a partir de la sanción de la ley, es
decir hasta el 21 de Mayo. El monto del subsidio se determinará en base al daño
que verifique el organismo técnico competente, hasta la suma de $28.000 por
solicitante
Tipos de subsidios y Montos máximos.
Se entregarán subsidios a todas aquellas personas afectadas por los fenómenos
meteorológicos extraordinarios que hayan sufrido daños en:
Bienes inmuebles (Casa,
Departamento, etc.): hasta $20.000
Bienes muebles registrables
(Automotores): hasta $8.000
Bienes muebles (televisores,
electrodomésticos, mobiliario, etc.): hasta $8.000
Requisitos
Si el daño ocurrió en un inmueble:
Ø
Original y fotocopia del DNI del solicitante.
Ø
Acreditar titularidad del dominio o ser ocupante legítimo.
Ø
Habilitación Municipal en caso de actividades que así la requieran o
inicio de trámite.
Ø
Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para acreditar
los requisitos establecidos en la norma.
Ø
Completar por duplicado el Formulario para INMUEBLES
Ø
No se requiere tener al día el pago de ABL
Si el daño se produjo en un bien
mueble registrable, radicado en Capital Federal:
Ø
Original y fotocopia del DNI del solicitante.
Ø
Acreditar titularidad del dominio.
Ø
Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para acreditar
los requisitos establecidos en la norma.
Ø
Completar por duplicado el Formulario para AUTOMOTORES
Ø
No se requiere el libre deuda de patentes ni multas
Si el daño se produjo en bienes
muebles:
Ø
Original y fotocopia del DNI del solicitante.
Ø
Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para acreditar
los requisitos establecidos en la norma.
Ø
Completar por duplicado el Formulario para AUTOMOTORES
IMPORTANTE
SÓLO SE RECIBIRÁN SOLICITUDES QUE
CUENTEN CON LA TOTALIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN INDICADA POR LA NORMA Y DENTRO DE
LOS 20 DÍAS HÁBILES DESDE LA FECHA DEL EVENTO.
LOS AUTOMOTORES DEBERÁN ESTAR
RADICADOS EN CAPITAL FEDERAL.
SE PIDE DUPLICADO DE LOS FORMULARIOS
PRESENTADOS
DE LUNES A VIERNES DE 9 A 18 HS EN CUARQUIER SEDE COMUNAL
COMUNA 13: CABILDO 3067.
EXCEPCIONALMENTE ESTA SEDE ESTARÁ ABIERTA DE 8 A 24 HORAS HASTA EL MIERCOLES
17/4 INCLUSIVE
COMUNA 12: MILLER 2751
Exención de ABL
Se otorgará a los beneficiarios del
subsidio por inundación seis meses de exención del ABL. La exención es en forma
automática una vez que se les otorga el subsidio.
2- BENEFICIOS DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN
Para dar respuesta a los ciudadanos
residentes en las zonas afectadas por las recientes inundaciones, desde la
ANSES se instrumentaron
MEDIDAS INMEDIATAS DE PROTECCIÓN
SOCIAL:
· Suplemento excepcional
· Argenta - crédito solidario para
jubilados y pensionados
· Créditos PRO.CRE.AR
Suplemento excepcional
- Asignación Universal por Hijo: se
duplica el monto por el término de 3 meses.
- Asignación por Embarazo: se
duplica el monto por el término de 3 meses.
- Jubilaciones y Pensiones: se
otorgan dos haberes mínimos adicionales a pagar en 2 cuotas, para jubilados,
pensionados y titulares de pensiones no contributivas, que reciben el haber
mínimo.
- Asignaciones Familiares: se
duplica el monto por el término de 3 meses, para las asignaciones por hijo, por
hijo discapacitado o en concepto de asignación prenatal.
- Prestación por Desempleo: se
otorgará prestación adicional a pagar en tres cuotas.
Argenta – Crédito solidario para
jubilados y pensionados
Se brindarán créditos a adultos
mayores que pertenezcan a las zonas afectadas, con las siguientes condiciones:
· Monto de hasta $15.000 (30% en
efectivo y el resto se acredita en la tarjeta Argenta).
· Tasa fija: 9,9% anual, y hasta 40
cuotas (2 meses de gracia).
· Podrán aplicarlo a reposición de línea
blanca o reposición/reparación de objetos dañados.
Créditos PRO.CRE.AR
Se asignarán créditos sin sorteo,
para refacción de vivienda y con inspección de obra, a los vecinos de las zonas
afectadas que lo soliciten. Estos créditos tendrán 48 meses de plazo (4 años)
con 3 meses de gracia, con tasas fijas en pesos, desde el 7% hasta el 14%
anual, según el nivel de ingreso. El monto máximo del préstamo será de $50.000.
IMPORTANTE
VERIFICACIÓN
Luego de haber completado el
Formulario de Solicitud para acceder a estas medidas, recibirá un llamado en el
cual se le comunicará nombre y apellido del verificador que lo visitará, dentro
de las 72 horas, en su domicilio. Dicho verificador estará provisto de una
credencial identificatoria y vestimenta institucional.
Una vez que la verificación esté
completa, en el lapso de 48 horas, se dará a conocer el resultado de la misma,
por vía telefónica.
Concretados los puntos anteriores, y
cumplidos 5 días hábiles, se efectivizará el pago del/os suplementos
excepcionales, en el lugar donde habitualmente cobra las prestaciones.
PUNTOS DE ATENCIÓN
SAAVEDRA: ASOCIACIÓN VECINAL LOMAS
DE TRES DE FEBRERO. PICO 3540
SOCIEDAD DE FOMENTO Y BIBLIOTECA
MANUEL BELGRANO. TRES ARROYOS 3861
VILLA GRAL. MITRE: CLUB IMPERIO
JUNIOR. CESAR DÍAZ 3047 Y ARGERICH
UDAI PACÍFICO. SANTA FE 5140
UDAI FLORESTA. SEGUROLA 1129
UDAI LUGANO. SAYOS 5654
UDAI LINIERS. GRAL. PAZ 10658
UDAI VILLA URQUIZA. ALVAREZ THOMAS
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