Lo justo…
“Lo que se llama justicia es un modo de servir los intereses de los que tienen el poder. Los poderosos hablan de justicia pero, en rigor, quieren reafirmar y justificar su dominio sobre los demás miembros de la comunidad. En suma, la justicia es un encubrimiento de intereses particulares.” Esto no lo escribió Carta Abierta promoviendo el juicio por jurados, ni lo repitió enojado el ministro Alak después del fallo de la Cámara a favor de Clarín, ni el abogado de Susana Trimarco después de la absolución de los sospechados de haber secuestrado a Marita Verón. Lo dijo hace dos mil quinientos años Trasímaco, un sofista al cual Platón rebatió en La República.
Y Marx
directamente coló el derecho en el mismo plano que la religión: “La justicia de
las transacciones que se realizan entre los agentes productivos se basa en el
hecho de que estas transacciones derivan de las relaciones de producción como
algo natural. Es justo cuando corresponde al modo de producción, cuando es
adecuado a él. Es injusto cuando va en contra de él.”
Estas
visiones se orientan al carácter distributivo de la justicia donde, dependiendo
del sistema de producción para los marxistas o del sistema moral para los
libertarios, lo justo es darle a cada uno lo mismo, a cada uno según sus
méritos, a cada uno según sus obras, a cada uno según sus necesidades, a cada
uno según su rango o a cada uno según lo atribuido por la ley.
Que se
considere justa o injusta la existencia de derecho de herencia trasciende al
derecho y es el resultado de una determinada moral.
La
frustración que siente la sociedad al ver que un juez en primera instancia cree
una cosa y la Cámara de su fuero lo contrario es fruto de la colisión entre dos
visiones de la justicia. No pocas veces los abogados tienen una concepción
formal del derecho reducible a una codificación sistemática de leyes, o caen en
un principismo cuyo paroxismo se sintetiza en la ironía “hágase justicia aunque
el mundo perezca”. Mientras, la mayoría de la población tiene una visión
intuicionista y considera autoevidente lo que es justo más allá de los
complejos procedimientos judiciales.
No
consuela que se trate de un problema universal donde un juez de Ghana considere
ajustado a derecho detener la fragata Libertad para que luego el Tribunal
Internacional del Mar de Hamburgo disponga lo opuesto. O dentro de los Estados
Unidos las divergencias entre el juez Griesa y su tribunal de apelación.
Los
ciudadanos normales tienen una visión de la justicia que podría denominarse
“cósmica”, donde lo justo sería algo similar al orden y la medida. Se produce
injusticia cuando algo ocupa el lugar que no le corresponde, se produce un
exceso o hay una demasía, entonces la Justicia tiene que restablecer el
equilibrio corrigiendo y castigando la desmesura, sea ésta del Gobierno o de
Clarín, de los fondos buitre o de nosotros los deudores.
John
Rawls, el filósofo especializado en justicia más importante del siglo XX, trató
de reconciliar la idea de justicia con la de moral, combatiendo las
perspectivas utilitaristas que dominaron en el campo del derecho en la
modernidad. Para Rawls, es posible imaginar una forma de contrato social
generador de una justicia que no fuera resultado meramente de la eficacia
social: “Que algunos deban tener menos con objeto de que otros prosperen puede
ser ventajoso pero no es justo. Sin embargo, no hay injusticia en que unos
pocos obtengan mayores beneficios, con tal que con ello se mejore la situación
de las personas menos afortunadas. Puesto que el bienestar de todos depende de
un esquema de cooperación sin el cual ninguno podría llevar una vida
satisfactoria, la división de las ventajas debería ser tal que suscite la
cooperación voluntaria de todos los que toman parte de ella, incluyendo a
aquellos peor situados”.
Rawls
sostenía que diferentes concepciones de justicia eran resultado de diversas
nociones de sociedad: “Para entender una concepción de justicia, tenemos que
hacer explícita la concepción de cooperación social de la cual deriva”. El
proponía un experimento mental ejemplificado como “el velo de la ignorancia”,
donde justo sería aquel sistema que todos eligieran sin saber “cuál es su lugar
en la sociedad, su posición, su clase o estatus social, y sin saber nadie
tampoco cuál es su suerte en la distribución de ventajas, capacidades
naturales, su inteligencia o su fortaleza”.
Si
quisiéramos aplicar los principios teóricos de Rawls al caso Clarín, sería
justa aquella Ley de Medios que eligieran todos quienes fueran a resultar
conductores de medios: Clarín, Telefónica, Vila-Manzano, Moneta, Hadad,
Cristóbal López y los miles de pequeños medios audiovisuales no famosos, sin
saber a priori cuál sería su suerte en “la ruleta del destino”, a quién le
tocaría ser Clarín y a quién ser el pequeño medio de comunicación de un
pueblito.
Lo mismo
vale para el conflicto de poderes entre la Presidenta y el Poder Judicial. Si
quisiéramos aplicar a Rawls, sería justo un sistema de división de poderes que
aceptaran todos los políticos de todos los partidos atravesados por el velo de
la ignorancia, sin saber si a ellos les tocaría ser del peronismo, del
radicalismo o del más pequeño partido vecinal, o si llegarían a presidente o
concejal. Simplificadamente: ¿le serviría a Cristina Kirchner tener una
Justicia doblegada al Poder Ejecutivo sabiendo que cuando su oposición gobierne
padecerá la arbitrariedad de su adversario?
Obviamente,
el ejercicio mental que resulta útil a los fines teóricos es inaplicable a los
fines prácticos pero sirve para poder colocarnos en el lugar de los demás. ¿Nos
gustaría tener jueces garantistas si fuéramos acusados de un delito que no
cometimos mientras toda la prensa y la opinión pública piensa que somos
culpables? Honró el CELS su independencia al criticar el oportunismo de la
Presidenta pidiendo mano dura para los delitos sexuales.
Rawls
asimila la justicia a la imparcialidad. “La justicia –escribe Rawls– es la
primera virtud de las instituciones sociales, como la verdad lo es a los
sistemas de pensamiento; una teoría, por muy atractiva, elocuente y concisa que
sea, tiene que ser rechazada o revisada si no es verdadera.”
El
problema es que la teoría del relato se guía por principios opuestos y, para
poder escapar de la comprobación empírica, relativiza toda noción de verdad y
de objetividad. En esto los jueces y los periodistas somos primos hermanos.
© Escrito
por Jorge Fontevecchia y publicado
por el Diario Perfil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el domingo 16 de
Diciembre de 2012.
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