Tolerancia Cero…
El Senado suprimiría la conmoción social como condición de la prisión preventiva y modificaría la expulsión de extranjeros. Ningún código mejora la seguridad porque se aplica después del delito. La estigmatización de los extranjeros es un mensaje que nadie entiende mejor que la policía, gozosa de haber recuperado el autogobierno. Solidaridad oficialista con el agredido diputado Del Caño. La tasa de muertes violentas es la más baja en 30 años. Detalles estremecedores en el caso Arruga.
El ministro de Justicia y
Derechos Humanos Julio Alak acordó con los senadores de las comisiones de
Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda, suprimir la conmoción
social de un delito y las condiciones del imputado como criterio para evaluar
el riesgo de fuga y entorpecimiento de la investigación (artículo 185 del
proyecto). Y el secretario de Justicia Julián Alvarez y el subsecretario de
Política Criminal Juan Martín Mena intentarán reformular el artículo 35, inciso
c, sobre expulsión de extranjeros en situación irregular en el país
sorprendidos en el momento de cometer un delito. Por lo menos media docena de
legisladores del Frente para la Victoria anunciaron que no aprobarían esas
cláusulas contradictorias con la política aplicada por el gobierno nacional
desde 2003.
Un síntoma más de ello se produjo en la otra Cámara del Congreso,
cuando el diputado del PTS Nicolás del Caño presentó una cuestión de privilegio
por la agresión con balas de goma que padeció cuando acompañaba a los
trabajadores de la multinacional Lear en conflicto. La diputada Diana Conti
adhirió en nombre del Frente para la Victoria y el diputado Héctor Recalde
abrazó al colega mendocino y le dijo que se oponía a cualquier forma de
represión del conflicto social. El jefe del bloque de Senadores, Miguel
Pichetto, se comunicó con la presidente CFK, quien admitió la posibilidad de
esas modificaciones al Código Procesal Penal. La verdadera conmoción se produjo
cuando el Poder Ejecutivo y los legisladores supieron que la repercusión social
de algunos delitos y la personalidad del imputado como motivo para abandonar el
principio de la libertad durante el proceso fueron introducidos en el Código
por el dictador Jorge Videla.
El Boletín Oficial del 6 de mayo de 1976, con su
decreto mal llamado Ley 21.306, fue reproducido aquí el domingo pasado. Quien
asesoró a Videla fue el penalista Eduardo Aguirre Obarrio, ministro de Defensa
del ex dictador Agustín Lanusse en 1972, y defensor del almirante Isaac Anaya
en el juicio de 1985. Quien derogó esa provisión autoritaria fue el presidente
Raúl Alfonsín a los dos meses de asumir la presidencia. Otra figura central de
la bancada oficialista, para quien se hacía difícil consentir semejante
retroceso, es el ex ministro Aníbal Fernández, quien intervino en la sanción y
promulgación de la Ley de Migraciones 25.871, vigente desde 2004, y en su decreto
reglamentario, de 2010. Al contemplar la expulsión por delitos con pena mínima
inferior a tres años, el artículo 35 del proyecto modifica sin decirlo esa ley.
La posibilidad de expulsión ya estaba legislada, pero sólo para delitos graves
y con condena en firme. Ahora se aplicaría a los presuntos autores de delitos
de menor gravedad y sin realizar un juicio que establezca su autoría, por la
sola definición policial y el consentimiento del imputado para que se suspenda
el proceso. El verdadero problema de seguridad es que la principal forma que
tiene la policía de desbaratar una banda, integrada por argentinos o por
extranjeros, es cruzárselos en la calle, como habría ocurrido con la custodia
del fiscal Carlos Stornelli y los colombianos sospechosos.
Inversión de criterios
Según el artículo 17 de la
ley vigente la situación irregular sólo puede ser definida por la autoridad
política migratoria. Por el artículo 61, si la irregularidad se constata, esa
autoridad debe intimar al migrante a que regularice su situación y facilitarle
el modo de hacerlo. La Dirección de Migraciones sólo puede declarar la
ilegalidad de la permanencia si el migrante no regulariza la situación al ser
intimado. En ese caso Migraciones debe pedirle a un juez contencioso
administrativo la confirmación del acto de expulsión, cuya validez y
razonabilidad se discutirá ante el tribunal.
El artículo 29.c considera como
límite a la concesión de residencia en el país “haber sido condenado o estar
cumpliendo condena (...) o tener antecedentes por tráficos de armas, de
personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en
actividades ilícitas o delito que merezca para la legislación argentina pena
privativa de la libertad de tres años o más”. El decreto reglamentario
especificó que condenado es quien tenga una condena firme, y antecedente es “la
condena no firme o el procesamiento firme”. La Corte Suprema de Justicia
confirmó ese criterio en el Caso Granados Poma, de 2012. ¿Cuál puede ser el
sentido de esa inversión, de expulsar a condenados y procesados por delitos
graves a correr del país bajo la amenaza de prisión a personas detenidas por la
policía por delitos menores?
Es ilustrativo repasar qué delitos castiga el
Código Penal con penas mínimas inferiores a tres años: participar en una riña
en la que intervengan varias personas y no conste quien causó las lesiones o la
muerte de la víctima (artículo 95); apoderarse de una cosa mueble ajena (162);
usar la violencia para ello (164); despojar a otro de la posesión o tenencia de
un inmueble (181); tener o portar armas de fuego sin autorización (189);
detener o entorpecer la circulación de un tren (191); tirarle piedras cuando
está en marcha (193); impedir o estorbar el normal funcionamiento de cualquier
medio de transporte o los servicios públicos de comunicaciones, provisión de
agua, electricidad o energía (194); suscitar tumultos o desórdenes (211);
emplear la intimidación o la fuerza contra un funcionario público (237);
desobedecerle o resistírsele (239); estorbarle el cumplimiento de sus funciones
(241); violar los sellos colocados por la autoridad para asegurar la
conservación o identidad de una cosa (254); quebrantar una inhabilitación
impuesta por un juez (281 bis).
Aparte de los robos y hurtos con o sin armas,
surge transparente la criminalización del conflicto social y los métodos de
lucha usuales: ocupación de tierras y viviendas, en las que participan con
asiduidad inmigrantes de países vecinos; corte de rutas y de vías,
manifestaciones en la calle, todo tipo de roces con policías, gendarmes y sus
jefes, como el coronel Roberto Angel Galeano que exigió a un automovilista que
bajara de su auto en la Panamericana y a los uniformados que lo sacaran a
palazos.
¿Y por casa?
En todo el mundo los
entusiastas de la Tolerancia Cero se inspiran en la tarea del ex alcalde de
Nueva York Rudolf Giuliani, pero fuera de Estados Unidos pocos saben que el
impulsor del concepto fue William Bratton, su jefe de policía. Bratton asumió
el cargo en 1994 y su éxito en la reducción del crimen fue tan notable que
Giuliani lo despidió en 1996: la popularidad del cana opacaba al político
republicano. Luego de su también exitoso desempeño como jefe de policía de Los
Angeles, adonde llegó después de los terribles tumultos raciales de 2002,
Bratton recibió el ofrecimiento de hacerse cargo de la policía británica, pero
el Parlamento lo vetó por su nacionalidad. No obstante, lo contrataron como
asesor.
Hace diez meses, el nuevo
alcalde de Nueva York, Bill de Blasio, lo devolvió a su antigua responsabilidad
en la Gran Manzana. De Blasio tiene dos hijos adolescentes, Dante y Chiara, que
pese a sus nombres clásicos tienen la tez morena como su madre y fueron
protagonistas de la espectacular victoria del padre, con casi el 75 por ciento
de los votos. El aviso que decidió la elección fue grabado por Dante. Con su
peinado afro a lo Angela Davis decía que Bill era el único demócrata con
pelotas como para oponerse a las medidas discriminatorias del intendente
Michael Bloomberg, por las que la policía puede cachear en busca de armas o
drogas a cualquiera que le parezca sospechoso. Y ya se sabe quiénes siempre le
parecen sospechosos. Por más que el presidente sea un afroamericano, los
prejuicios siguen prevaleciendo y Obama postergó hasta después de las
elecciones de pasado mañana el prometido decreto que aliviaría la situación de
once millones de inmigrantes ilegales amenazados con la deportación.
Las
cadenas CBC y CNN informaron la semana pasada sobre el hostigamiento en una
escuela del Bronx a dos chicos de 11 y 13 años, cuyos compañeros les gritaron
“Ebola” mientras los golpeaban hasta dejarlos de hospital. Venían de Senegal,
donde sólo se diagnosticó un caso de la enfermedad. Este es el riesgo de los
estereotipos. Es probable que la expulsión de extranjeros no se incorpore al
Código Procesal en los términos que anunció Cristina. Pero el mero discurso
asociando extranjeros con delincuencia constituye un mensaje que la policía
decodifica con entusiasmo y amplía la permisividad para los comportamientos
tradicionales que tanto costó desterrar con la Ley de Migraciones.
Por otro
lado, cada ablandamiento de garantías procesales que se introduce con cualquier
pretexto, tiende a generalizarse para cualquier otro uso. Si bien fue
sobreseído, ya hubo un periodista de Santiago del Estero acusado por la ley
antiterrorista y al mismo tiempo, en Estados Unidos, se descubrió que la ley de
seguridad interior (la Patriot Act sancionada para librar la denominada Guerra
contra el Terrorismo) se está aplicando con frenesí para otros fines. Esa ley
permite a la policía ingresar a una vivienda y revisar todo lo que encuentren,
sin notificar de ello a sus habitantes para que no sepan que los están
investigando.
La Fundación Nueva Frontera Electrónica informó ahora que entre
septiembre de 2001 y abril de 2003 hubo 47 de esas incursiones sigilosas; el
año pasado fueron 11.129, de las cuales apenas el 0,5 por ciento por sospechas
de terrorismo. Radley Balko, autor del libro Rise of the Warrior Cop: The
Militarization of America’s Police Forces escribió que cuando una ley concede
nuevos poderes al gobierno “hay que dar por sentado que será interpretada en la
forma más vaga, más expansiva y más favorable al gobierno posible. Si no ocurre
así, bien. Pero ¿por qué correr el riesgo, por qué dejar esa posibilidad
abierta. Lo mejor es escribir las leyes en forma muy cuidadosa, restrictiva y
con explícitas garantías contra su abuso”.
¿Fue una contradicción que
una vez electo, De Blasio convocara al artífice de la Tolerancia Cero? Para
nada. Lo que sus epígonos sudamericanos nunca mencionan es que para Bratton esa
inflexibilidad debe comenzar por la propia fuerza policial. Lo hizo durante su
primera gestión, lo repitió en Los Angeles y lo está haciendo otra vez ahora.
En un discurso ante más de 800 comisarios y oficiales, prometió que apartaría a
las manzanas podridas que dan una mala imagen a la policía y los describió como
“brutales, corruptos, racistas e incompetentes”, que “no entienden el juramento
que prestaron ni están comprometidos a obedecer la ley”, por lo cual “no
deberían estar aquí”.
En su conferencia, Bratton mostró videos de oficiales que
patean a un vendedor callejero y tiran al suelo a una mujer embarazada. Hace
dos meses una gran manifestación protestó en Nueva York por la muerte del
también afroamericano Eric Garner, quien vendía cigarrillos sin estampilla
fiscal. Un policía le hizo una toma de estrangulación y lo asfixió. El
presidente de la mutual hispana de policías, el detective Dennis González,
aprobó la decisión de Bratton y le sugirió que comenzara por revisar con
Asuntos Internos los legajos de los oficiales contra quienes hay quejas, para
detectar patrones de abuso. ¿Suena familiar?
Autogobierno y complicidad
Esa depuración de las
filas policiales es la misma línea que comenzaron los ex ministros Carlos
Arslanian en la provincia de Buenos Aires y Nilda Garré en el Ministerio de
Seguridad de la Nación y que abandonaron sus sucesores. Con Arturo Puricelli y
Cecilia Rodríguez, asistidos por el médico que quisiera ser militar Sergio
Berni, la Policía Federal recuperó la autonomía perdida y se orienta según la
pauta del autogobierno que practica la Bonaerense. Lo sucedido con Luciano
Arruga dista de ser un caso aislado. En 2009 el juez Luis Arias dijo que la
policía bonaerense usaba las detenciones de menores por averiguación de
antecedentes como método de reclutamiento para delinquir.
Cuando los ministros
de Seguridad, Carlos Stornelli, y de Justicia, Ricardo Casal, lo intimaron a
precisar la denuncia, Arias enumeró 23 investigaciones penales de 2008 y 2009
por torturas a chicos, en las que se advierte “la idea de reclutamiento”. Poco
después, el propio Stornelli se presentó para denunciar ante la justicia esa
práctica perversa. Pero ya estaba de salida y Casal asumió las dos carteras,
fusionadas en una hasta el año pasado. No habrá código que valga, mientras los
presuntos encargados de brindar seguridad comanden la rapiña y formen parte de
grandes redes de ilegalidad, por más fotos con Giuliani o con Alvaro Uribe que
se saquen los políticos en campaña.
Esta semana, el Senado
bonaerense convirtió en ley la expropiación del destacamento policial de Lomas
del Mirador, donde Arruga estuvo detenido y fue torturado, y la instalación
allí de un Espacio para la Memoria que llevará su nombre. Ese destacamento se
creó a solicitud de los vecinos que reclamaban mayor seguridad. No es seguro
que se hayan sentido defraudados por este nuevo episodio de higiene social,
como los que producía en Don Torcuato el policía Beto Hugo Cáceres, porque el
objetivo de eliminar a los negritos cuenta con inserción en sectores más
acomodados de la sociedad, como se puede verificar en el foro de lectores de La
Nación que se congratularon por la muerte de Arruga. En la misma sesión el
vicegobernador Gabriel Mariotto planteó la unificación y el aceleramiento del
caso contra los funcionarios judiciales que dilataron la investigación y
encubrieron a los policías acusados.
Así, el juez Gustavo Banco, que rechazó el
hábeas corpus presentado por la familia de Arruga en cuanto se produjo la
desaparición, deberá responder en el mismo jury de enjuiciamiento que las
fiscales Roxana Castelli (quien delegó el sumario a la propia policía que lo
extorsionaba) y Celia Cejas (cuya principal disposición investigativa fue
espiar a la familia de la víctima). El juez federal de Morón Juan Manuel Salas
mantiene el secreto del sumario mientras avanza en la obtención de pruebas, que
le permitirían dejar de lado la cómoda hipótesis de un accidente de tránsito y
confirmarían lo que la mamá Mónica Alonso y la hermana Vanesa Orieta
sostuvieron desde el primer momento, sobre la responsabilidad policial en la
muerte de Luciano. El estudiante que conducía el auto que lo atropelló declaró
que Luciano “corría desesperado” y “parecía que estaba escapando”. El mismo juez
Salas sobreseyó al dirigente sindical Rubén Sobrero por el corte de una
autopista con un piquete durante el paro de una central en abril, aduciendo
quienes ocupan el espacio público para que las autoridades los escuchen no
deben ser sometidos a la acción penal que en ese caso criminalizaría
“manifestaciones sociales pacíficas”.
© Escrito por Horacio Verbitsky el Domingo 02/11/2014
y publicado por el Diario Página/12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todo el contenido publicado es de exclusiva
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