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sábado, 22 de mayo de 2021

¿Cómo surgió el terrorismo de Estado? @dealgunamaneraok...

 ¿Cómo surgió el terrorismo de Estado? 

La dictadura de 1976 está signada, entre otras cosas, por el terrorismo de Estado. Ese dispositivo de represión clandestina fue el corolario de un largo proceso de intervención política de los militares y una serie de prerrogativas habilitadas por el gobierno de Isabel Martínez de Perón.

© Escrito por Esteban Pontoriero el martes 23/03/2021 y publicado por el La Vanguardia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República de los Argentinos. 



Cuando esto ocurre [la suspensión total del orden jurídico vigente], es evidente que mientras el Estado subsiste, el derecho pasa a segundo término. Como quiera que el estado excepcional es siempre cosa distinta de la anarquía y del caos, en sentido jurídico siempre subsiste un orden, aunque este orden no sea jurídico. La existencia del Estado deja en este punto acreditada su superioridad sobre la validez de la norma jurídica. La “decisión” se libera de todas las trabas normativas y se torna absoluta, en sentido propio. Ante un caso excepcional, el Estado suspende el Derecho por virtud del derecho a la propia conservación.[1]

 

El 16 de febrero de 1975 en la plaza de armas del Regimiento Patricios de Mendoza se llevó a cabo el velatorio del capitán Héctor Cáceres, muerto unos días antes en el monte tucumano durante un enfrentamiento con miembros del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP). El hecho se produjo en un contexto particular: desde los inicios de ese mes el Ejército argentino se encontraba realizando una acción represiva y de exterminio en gran escala para eliminar el “foco rural” que esa organización político-militar había establecido en la provincia de Tucumán. En el funeral del oficial muerto, el general Leandro Anaya, Comandante en Jefe del Ejército, expresó: “El 29 de mayo próximo, al conmemorarse el aniversario de la fuerza [el día del Ejército], manifestaré: “el país ha definido claramente la forma de vida dentro de la cual desea desenvolverse. El gobierno, respaldado por los sectores más representativos del quehacer nacional, ha adoptado la firme determinación de hacer efectivo dicho mandato” […]. Dije en una oportunidad: “el Ejército está preparado para caer sobre la subversión, cuando el pueblo así lo reclame a través de sus legítimos representantes”. El pueblo lo ha reclamado. El Ejército cumplió”.[2]

 

La lectura de este párrafo nos conduce a formular algunas preguntas: ¿Cómo y por qué el arma terrestre llegó a ocuparse de la realización de tareas represivas? ¿Cuál fue el papel que cumplieron las autoridades políticas en ese proceso? ¿Por medio de qué marco legal se habilitó el uso del Ejército en el orden interno? ¿A quién o a quiénes habían definido como el enemigo los hombres de armas y el gobierno? ¿En qué tipo de conflicto interno creían estar involucrados los actores políticos y militares? 

Hacia fines de 1975 ya estaban disponibles dos factores centrales de la represión clandestina que ejecutarían las Fuerzas Armadas con el Ejército a la cabeza: un abordaje para la guerra interna y un marco legal que habilitaba un estado de excepción.


Hacia fines de 1975 ya estaban disponibles dos factores centrales de la represión clandestina que ejecutarían las Fuerzas Armadas con el Ejército a la cabeza: un abordaje para la guerra interna y un marco legal que habilitaba un estado de excepción. Se contaba con una teoría y una práctica para la contrainsurgencia desde los años finales de la década del cincuenta. A su vez, el gobierno peronista de María Estela Martínez de Perón (1974-1976) dictó un conjunto de decretos que edificaron una creciente excepcionalidad jurídica. Este proceso poseía importantes antecedentes en las dictaduras militares de la “Revolución Libertadora” (1955-1958) y de la “Revolución Argentina” (1966-1973) y en las presidencias constitucionales de Arturo Frondizi (1958-1962) y de Arturo Illia (1963-1966). Durante el mandato de Martínez de Perón se dictaron el estado de sitio en noviembre de 1974 y los decretos “de aniquilamiento de la subversión” al año siguiente.

 

En los primeros días de febrero de 1975, el Poder Ejecutivo convocó al Ejército para darle la mayor responsabilidad en materia represiva: lograr la derrota y el exterminio del “foco guerrillero” que el ERP había instalado en una zona rural de la provincia de Tucumán desde algunos meses atrás. Luego del ataque de la organización político-militar peronista Montoneros al Regimiento de Infantería de Monte 29 en la provincia de Formosa en octubre, aquella misión tomó un carácter nacional mediante el decreto 2772. Las autoridades políticas y militares consideraban que, en la coyuntura de 1975, la defensa y el resguardo de la República justificaban la suspensión de partes sustanciales del orden jurídico para garantizar su supervivencia ante una amenaza caracterizada por ambos actores como “subversiva”.


 

Escribir sobre el terrorismo de Estado es también escribir sobre la guerra. Los militares (al igual que la mayoría de la dirigencia política, diversos sectores de la sociedad civil y las organizaciones armadas) partían de la premisa de estar librando una contienda bélica. En base a ello diagramaban su doctrina, estrategia, hipótesis de conflicto, métodos de combate e intervención en el orden interno. Además, no se trataban de cualquier enfrentamiento armado sino de una “guerra contra la subversión”. Esto implicaba, por ejemplo, incorporar el crimen a la operatoria castrense.

 

¿Por qué el Ejército recurrió a prácticas represivas clandestinas que no figuraban o estaban prohibidas en los reglamentos elaborados por la propia institución desde la incorporación de las nociones contrainsurgentes? La respuesta a esa pregunta debería tomar en cuenta una serie de factores: la influencia ejercida por el pensamiento contrainsurgente y las prácticas criminales que éste avalaba; la amnistía generalizada de los presos políticos capturados y juzgados durante la “Revolución Argentina” ocurrida durante la presidencia de Héctor Cámpora (mayo a julio de 1973); la situación ventajosa que le daría a los militares desde el punto de vista operativo, asegurando la efectividad y la impunidad por las tareas ilegales que éstos realizaran y la probada eficacia del terror entendido como un arma de guerra contra los opositores políticos. Además, la masacre debía esconderse para el resto del mundo y especialmente frente a los eventuales reclamos que pudiera realizar la Iglesia Católica, como ya había ocurrido con las ejecuciones que tuvieron lugar en la dictadura del general Augusto Pinochet en Chile (1973-1990). 

Se había delineado una estrategia represiva y de aniquilamiento que se basaba en la conducción centralizada y la ejecución descentralizada: esto brindaba ciertos niveles de autonomía a las jerarquías inferiores. Estos principios fueron la culminación de un recorrido formativo y de elaboración doctrinaria iniciado en 1955.


El Ejército condensó una serie de principios para guiar su accionar contra los opositores políticos o aquellos individuos o colectivos percibidos como tales. Se había definido un enemigo, la “subversión”, caracterizado por estar oculto entre la población, su extremismo ideológico y de métodos, operar en varios frentes y buscar la toma del poder para transformar de raíz los supuestos fundamentos políticos, culturales, religiosos y económicos de la Argentina. Se había delineado una estrategia represiva y de aniquilamiento que se basaba en la conducción centralizada y la ejecución descentralizada: esto brindaba ciertos niveles de autonomía a las jerarquías inferiores. Estos principios fueron la culminación de un recorrido formativo y de elaboración doctrinaria iniciado en 1955.

 

Las máximas autoridades de la fuerza habían decidido el exterminio del enemigo. Desde el “Operativo Independencia”, el concepto de “aniquilamiento” se convirtió en el ordenador de las prácticas represivas. No obstante, los militares en soledad no hubiesen podido imponer sus ideas y encarar la “lucha antisubversiva” si no hubieran contado con el aval político que solamente les podían otorgar las máximas autoridades del gobierno. Los secuestros, las torturas, los centros clandestinos, los asesinatos masivos, las desapariciones, las variadas formas de destruir o esconder los cuerpos, se convirtieron en la marca registrada del terrorismo de Estado en nuestro país, junto con una serie de prácticas legales o legalizadas por la dictadura tales como la prisión política o el exilio.


En los prolegómenos del golpe de Estado de marzo de 1976, un conjunto de elementos diacrónicos confluyó con otros de tipo sincrónico. Una serie de procesos de largo plazo (desarrollos doctrinarios, jurídicos, de imaginarios, de estructuras organizativas y de prácticas) se imbricaron con otros de corta duración (un diagnóstico de coyuntura, usos, apropiaciones, prácticas represivas, una convocatoria presidencial a la “lucha antisubversiva” y un contexto de crisis política, económica e intra gubernamental) dando lugar al surgimiento de un determinado fenómeno histórico: la represión clandestina y su cara más brutal, el exterminio secreto.

 

La seguridad interna se hallaba completamente integrada a la esfera de la defensa nacional, más que en ninguna de las otras coyunturas previas. La lógica del estado de excepción, existente en diferentes momentos entre 1955 y 1976, creó una situación compleja respecto del marco constitucional. La incorporación de las FF.AA. a la esfera de la seguridad interna para ejecutar tareas represivas se realizó mediante una legislación de defensa atravesada por el imaginario de la “guerra contrainsurgente” que permitía suspender una parte de las garantías constitucionales y que avalaba la implementación de un conjunto de prácticas represivas sostenidas en ese marco legal de emergencia. Desde la lógica castrense no existía una ruptura entre el orden legal y la acción clandestina: la introducción de un estado de excepción les daba a los militares la primacía en la represión y exterminio de la “subversión”. Una serie de decretos confirmaba la percepción del Ejército de estar inmerso en una guerra que –es importante remarcarlo– implicaba la realización de acciones criminales.

Desde la lógica castrense no existía una ruptura entre el orden legal y la acción clandestina: la introducción de un estado de excepción les daba a los militares la primacía en la represión y exterminio de la “subversión”. 

Los pares dicotómicos estatalidad/paraestatalidad y acción pública/acción clandestina en un marco de excepción pierden su operatividad para el análisis histórico: deben abordarse considerando sus cruces y porosidades. Las medidas propias de un estado de excepción imponen una situación en la que la división polar “legal/ilegal” deja de funcionar como clave de comprensión de las acciones ejecutadas por el Estado. En el caso argentino, por ejemplo, muchas de las medidas represivas que implementaron los militares estaban fuera del orden jurídico. Sin embargo, la legislación de defensa que se sancionó en los sesenta y entre 1974 y 1975 permitió que aquellas prácticas ilegales se volvieran legales. Por lo tanto, como señala Marina Franco “el problema no es entonces la ‘legalidad o la ‘ilegalidad’ de las acciones, sino el carácter excepcional y ascendente de esas medidas ‘legales’ fundadas en el estado de necesidad que llevó a la suspensión progresiva del Estado de derecho en nombre de su preservación. Fue ese proceso, efectivamente, el que condujo a la militarización del Estado y alimentó, una vez más, la autonomización de las Fuerzas Armadas”.[3] 

Para finalizar, a partir de 1975 la acción represiva y de exterminio se movieron en una “tierra de nadie” creada por la combinación de la excepcionalidad jurídica con la contrainsurgencia. Este proceso tuvo como condición de posibilidad los desarrollos doctrinarios y gubernamentales previos. 

[1] Carl Schmitt. Teología política. Cuatro ensayos sobre la soberanía. Buenos Aires, Struhart & Cía., 2005, p. 30. 

[2] Clarín, 17 de febrero de 1975, p. 5. 

[3] Marina Franco. Un enemigo para la nación…Op. Cit.,p. 181. 

Esteban Pontoriero. Doctor en Historia por el Instituto de Altos Estudios Sociales (IDAES) de la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM), Investigador Asistente en CONICET.



lunes, 24 de febrero de 2020

No fueron “conductas inapropiadas” fue GENOCIDIO… @dealgunamanera...

No fueron “conductas inapropiadas” fue GENOCIDIO…


Se requiere urgente rectificación de los dichos presidenciales. 

© Publicado el domingo 23/02/2020 por la Liga Argentina por los Derechos Humanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República de los Argentinos.  

Según la Agencia Oficial de noticias Telam (bajo la presidencia de Bernarda Llorente), cable del 21/2/20; en el contexto de la despedida de un grupo de soldados que viajan a una misión de la ONU: “El presidente Alberto Fernández remarcó que el país cuenta con "Fuerzas Armadas totalmente integradas a la sociedad” y, en ese sentido, consideró que "toda la Argentina debe dar vuelta una página, una página que nos distanció mucho tiempo por la inconducta de algunos", en referencia a la última dictadura militar”.

Denominar “conductas inapropiadas de algunos” a lo que fue un Plan Sistemático de Exterminio, planificado y ejecutado bajo la supervisión y conducción del gobierno de los EE.UU. que procuraba el dominio total de la región en el marco de la llamada Guerra Fría contra el comunismo constituye un claro acto de negacionismo, de esos que el propio Presidente proponía sancionar jurídicamente hasta hace unos pocos días. 

Así como no pensamos discutir la cifra de los treinta mil compañeros desaparecidos, tampoco pensamos reabrir debates política, jurídica y académicamente saldados: son treinta mil, fue genocidio y hay presos políticos. 

Reclamamos la inmediata rectificación por parte del Presidente de los dichos sobre las conductas inapropiadas que nos agravian de manera directa (en la Liga militamos compañeras y compañeros que somos sobrevivientes al Genocidio, abogadas y abogados que durante más de doce año luchamos contra la impunidad estatal y una nueva generación que creció en política de la mano de la lucha por Memoria, verdad y justicia) y como parte de un enorme colectivo plural de millones que derrotamos el dos por uno y todas las políticas negacionistas de Macri y sus cómplices civiles y militares.

Banalizar los hechos del genocidio con “conductas inapropiadas de algunos” y pretender resolver problemas bien complejos como es el de las relaciones de la sociedad con los aparatos estatales armados confronta con las tradiciones de lucha democráticas y de defensa de los derechos humanos que sostenemos desde 1937, y que nos proponemos honrar en estos días.











domingo, 21 de mayo de 2017

LEY 14.910 Prohibido el negar... @dealgunamanera...

LEY 14.910…


Obligan a funcionarios bonaerenses a llamar a la dictadura como "cívico-militar". El Gobierno de Vidal reglamentó una ley que impide el "negacionismo". También se insta a hablar de "30 mil desaparecidos".

© Publicado el domingo 21/05/2017 por el Diario Perfil de la Ciuad Autónoma de Buenos Aires.

El gobierno de la provincia de Buenos Aires promulgó hoy la Ley 14.910, aprobada en marzo, que deja establecido que el último gobierno de facto de 1976 a 1983 fue "una dictadura cívico-militar" y que establece como inamovible que el número de los desaparecidos fue de "30.000".

Luego de que varios funcionarios nacionales negasen en televisión o radio abierta la cifra de 30 mil desaparecidos durante el último Golpe de Estado, donde se practicó el Terrorismo de Estado, el senador de Lanús, Dario Díaz Pérez presentó la ley.

El proyecto establece que se incorporará “de manera permanente en las publicaciones, ediciones gráficas y/o audiovisuales y en los actos públicos de gobierno, de los tres poderes de la Provincia de Buenos Aires, el término ‘Dictadura Cívico-Militar’ y el número de 30.000 junto a la expresión ‘desaparecidos’, cada vez que se haga referencia al accionar genocida en nuestro país durante el 24 de marzo de 1976 al 9 de diciembre de 1983”.

“No podemos permitir que aún hoy, en actos públicos, quienes deben representar las expresiones y valores de la democracia se pronuncien subestimando las atrocidades llevadas a cabo esos años, o minimizando su impacto, en lo que constituye un verdadero ‘negacionismo’”, afirmó el impulsor cuando la ley todavía no había sido aprobada.


lunes, 3 de abril de 2017

Olvidar es Buen Negocio... Negacionistas... @dealgunamanera...

Fuerte repudio de académicos a las “declaraciones negacionistas” emitidas desde el Gobierno…


“Esta banalización busca cerrar los debates sobre el terrorismo de Estado, dejando en penumbras, entre otros factores, las responsabilidades de otros actores civiles”, advirtieron mediante una carta cientistas de distintas universidades.

© Publicado el  viernes 31/03/2017 por Política Argentina.

Días después de la masiva movilización del 24 de marzo y tras una nueva oleada de declaraciones de funcionarios cuestionando el número de desaparecidos y validando la teoría de los dos demonios, un nutrido grupo de académicos de distintas universidades difundió un escrito alertando que “esta banalización busca cerrar los debates sobre el terrorismo de Estado dejando en penumbras, entre otros factores, las responsabilidades de otros actores civiles”.

Historiadores, antropólogos, politólogos, sociólogos y referentes de otras disciplinas tanto de la Universidad de Buenos Aires como de la Universidad Nacional de La Plata, la Universidad Nacional de General Sarmiento, Conicet, entre otros, firmaron y 
difundieron una carta para manifestar su preocupación ante “declaraciones y gestos gubernamentales signados por la ¿ignorancia? sobre los aspectos más elementales de la historia argentina y el desinterés por su conocimiento”.

El “conocimiento acumulado y probado durante varias décadas no ha dejado de recibir, desde diciembre de 2015, las más diversas formas de descalificación, negación o relativización por parte de importantes funcionarios del nuevo gobierno”, expresaron. Y advirtieron que “el cuestionamiento de la cifra de 30.000 desaparecidos y la idea de que ese número es un mero ardid se articula con la afirmación por parte de funcionarios del gobierno en actividad acerca de la inexistencia de un plan sistemático represivo”.

“Estas afirmaciones no buscan convocar a la investigación académica, sino que forman parte de una estrategia destinada a relativizar el crimen y normalizar aquella experiencia histórica, de manera de diluir su especificidad y ocultar con ello las responsabilidades criminales, políticas y judiciales de sus impulsores, ejecutores y cómplices. Son las Fuerzas Armadas y de seguridad las que deben entregar esa información, y es el Estado el que debe arbitrar todos los medios para que la lista completa de asesinados y desaparecidos se torne pública”, señalaron los cientistas sociales.

Tras declaraciones como las del presidente del Banco Nación, Javier González Fraga ("Donde tengo el campo ofrecían 500 pesos y choripanes a los que fueran a la marcha del 24"), los firmantes denunciaron la “descalificación trivial y provocativa de la movilización de centenares de miles de personas en ocasión de la conmemoración del 41º Aniversario del golpe de Estado de 1976” y resaltaron la violación de Derechos Humanos en las actuales políticas de Cambiemos como el desmantelamiento de programas abocados a la Memoria, la Verdad y la Justicia, así como la detención ilegal de Milagro Sala; el decreto presidencial que desconoce la ley migratoria vigente; la intención de bajar la edad de imputabilidad para delitos comunes vulnerando tratados internacionales de los que la Argentina forma parte, entre otras cosas.

El texto completo:

FRENTE A LA BANALIZACIÓN DEL TERRORISMO DE ESTADO Y LOS DERECHOS HUMANOS.

En la Argentina se ha establecido fehacientemente, como resultado de la lucha del movimiento de derechos humanos, de la acción de la justicia, de las políticas públicas de distintos gobiernos constitucionales y de la investigación académica, la trágica singularidad de los crímenes cometidos por la última dictadura militar, que procuró eliminar toda forma de la disidencia política con el orden social establecido.

Eliminar la disidencia política significó la voluntad de exterminar —a través del asesinato, la desaparición, la cárcel o el exilio—toda palabra, actitud o gesto críticos sobre las desigualdades sociales existentes y que propusiera su transformación a través de diferentes vías. Las políticas de exterminio abarcaron a un amplio conjunto de activistas y militantes, y no se ciñeron a los miembros de organizaciones armadas.

Esa política de exterminio se ejecutó por medio de un plan sistemático que involucró un modo represivo (el secuestro y tortura, los asesinatos clandestinos, la desaparición forzada y la apropiación de niños y niñas) de alcances inéditos por su profundidad en la fractura y reconfiguración de los más básicos vínculos sociales. Si bien existieron grados relativos de autonomía en los modos específicos en que cada fuerza en cada región llevó a cabo las acciones represivas, resulta indudable el carácter centralizado del extenso plan represivo que asoló a la Argentina en los años dictatoriales. La violencia extrema, la deshumanización de las víctimas, la generación de un clima de terror extendido, fueron todos aspectos de un mismo dispositivo represivo que se autojustificaba en la supuesta existencia de una “guerra sucia” o antisubversiva.

El carácter regional de las prácticas represivas implementadas a través del “Plan Cóndor” demuestra claramente que el objetivo era la supresión de una cultura política radicalizada y de un estado de movilización social que comprendía pero excedía ampliamente a los grupos guerrilleros, y que buscaba el disciplinamiento de los movimientos populares en la Argentina, pero también en el resto del Cono Sur.

Ese crimen no ha cesado, en la medida en que los represores guardaron silencio (incluso cuando las “leyes del perdón” los eximían de persecución legal), y siguen haciéndolo, sobre el destino de centenares de niños, ahora adultos, apropiados violentamente, ni tampoco han dado informaciones relativas al paradero de los miles de asesinados y desaparecidos. Tanto la negativa a brindar informaciones o documentación, como el silencio mantenido aún hoy día por los represores, prolongan la violencia ejercida hace cuatro décadas, ya que —como en toda política de exterminio—el borramiento de sus huellas forma parte de las políticas criminales.

Este conocimiento acumulado y probado durante varias décadas no ha dejado de recibir, desde diciembre de 2015, las más diversas formas de descalificación, negación o relativización por parte de importantes funcionarios del nuevo gobierno. A su vez, esto facilitó la emergencia de voces que a través de distintos medios defienden y reivindican el terrorismo de estado.

El cuestionamiento de la cifra de 30.000 desaparecidos y la idea de que ese número es un mero ardid se articula con la afirmación por parte de funcionarios del gobierno en actividad acerca de la inexistencia de un plan sistemático represivo. Es decir, estas afirmaciones no buscan convocar a la investigación académica, sino que forman parte de una estrategia destinada a relativizar el crimen y normalizar aquella experiencia histórica, de manera de diluir su especificidad y ocultar con ello las responsabilidades criminales, políticas y judiciales de sus impulsores, ejecutores y cómplices. Son las Fuerzas Armadas y de seguridad las que deben entregar esa información, y es el Estado el que debe arbitrar todos los medios para que la lista completa de asesinados y desaparecidos se torne pública.

A ello se suma una marcada banalización del discurso sobre la historia reciente, expresado en las respuestas del presidente Macri sobre la cantidad de desaparecidos, el recurrente llamado a mirar hacia el futuro dejando atrás un pasado al que consideran un lastre, o el desprecio por la cuestión, evidenciado en frases como “el curro de los derechos humanos”. En el marco de declaraciones y gestos gubernamentales signados por la ¿ignorancia? sobre los aspectos más elementales de la historia argentina y el desinterés por su conocimiento, esta banalización busca cerrar los debates sobre el terrorismo de Estado, dejando en penumbras, entre otros factores, las responsabilidades de otros actores civiles (económicos, eclesiásticos, sindicales, intelectuales, etc.) en el proceso histórico abierto en 1976, y que aún no se han esclarecido en plenitud.

Expresiones como la del ministro de Cultura Pablo Avelluto, cuando sostiene que el actual gobierno se ocupa “de los derechos humanos de los vivos”, son terminantemente desmentidas por las propias acciones gubernamentales: la detención ilegal de Milagro Sala y otros activistas en Jujuy y el consecuente desconocimiento de las resoluciones del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detenciones Arbitrarias y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que ordenaron su liberación inmediata; el decreto presidencial que desconoce la ley migratoria vigente y viola el debido proceso, el cual ya ha sido objetado por la CIDH; la intención de bajar la edad de imputabilidad para delitos comunes, vulnerando tratados internacionales de los que la Argentina forma parte; la “cacería” represiva que tuviera lugar en la movilización de las mujeres el pasado 8 de marzo; la búsqueda constante por criminalizar la protesta social y limitar los derechos de los trabajadores; la descalificación trivial y provocativa de la movilización de centenares de miles de personas en ocasión de la conmemoración del 41º Aniversario del golpe de Estado de 1976, la omisión de las obligaciones legales del gobierno —como en la negativa a convocar la paritaria nacional docente— son sólo algunos de los muchos casos que refutan aquellas expresiones.

Precisamente en este marco, desde su asunción, el gobierno de Mauricio Macri ha desplegado una serie de medidas que, miradas en conjunto, constituyen una política estratégica de desarticulación de las instancias que han posibilitado el conocimiento fundado y preciso de las prácticas represivas y de las luchas populares de la historia reciente de nuestro país. De tal modo, el desmantelamiento total o parcial de áreas que investigaban las responsabilidades corporativas en los crímenes dictatoriales y que aportaban pruebas a los juicios y/o asistían a las víctimas —como el Grupo Especial de Relevamiento Documental, los Equipos de Relevamiento y Análisis de los Archivos de las Fuerzas Armadas, el Programa Verdad y Justicia, el Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos Dr. Fernando Ulloa, la Subgerencia de Promoción de los Derechos Humanos del Banco Central, la asignación de personal militar para dirigir el Programa Nacional de Protección de Testigos— han ido a la par con la limitación de los programas destinados a la difusión y reflexión sobre el terrorismo de Estado en instituciones educativas y de la sociedad civil, como el Programa Educación y Memoria del Ministerio de Educación de la Nación, la Red Nacional de Educación y Memoria y los diversos programas provinciales que conformaban parte de la misma.


Los profesores, investigadores y estudiantes de distintos campos de las ciencias sociales y las humanidades, reiteramos nuestro compromiso con las banderas de Memoria, Verdad y Justicia, y expresamos nuestro repudio frente a las declaraciones negacionistas y relativizadoras emitidas por diversos funcionarios del gobierno de Mauricio Macri. Estas expresiones acompañan el desmantelamiento de las políticas públicas que contribuyeron a la construcción de un conocimiento basado en pruebas irrefutables sobre el pasado reciente, a su difusión y a la consecución de juicios contra los responsables y ejecutores del terrorismo de Estado.

domingo, 14 de agosto de 2016

La memoria y el olvido… El Terrorismo de Estado... @dealgunamanera...

El Terrorismo de Estado...


© Escrito por Elías Padilla Ballesteros y publicado en www.desaparecidos.org

   
El Terrorismo de Estado
    
1.   Algunas definiciones del concepto de Terrorismo de Estado

Existen pocas definiciones de este concepto, sin embargo, en los últimos años, a partir de las sistemáticas violaciones de derechos humanos ocurridas en diversos países del mundo y en especial en América Latina bajo dictaduras militares, dicho concepto ha comenzado a definirse en el campo de los derechos humanos.

También es cierto que el terror utilizado por parte del Estado no es algo nuevo en la historia de la humanidad, ya que éste ha sido aplicado desde los orígenes por dicha institución. Al terminar la Segunda Guerra Mundial, surge la idea de que los horrores y el holocausto cometidos por la máquina del Estado nazi, nunca más volverían a repetirse.

Toda la humanidad parecía haber comprendido las lecciones de la última gran guerra, más aún cuando un gran número de naciones de todos los continentes, había firmado la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas en el año1948. Entonces, resulta sorprendente que el Estado, que por principio debe velar por la seguridad de las personas de la nación, nuevamente se convierta en una máquina de terror. Eso es lo que ha pasado en algunos países de América Latina, a partir de la instauración de dictaduras militares, que bajo la ideología de la Doctrina de la Seguridad Nacional, fueron aplicando, en la práctica, diversas formas de terror.

Así, la desaparición forzada de personas corresponde a la expresión más perfecta y siniestra del terrorismo de Estado, constituyendo a la vez la violación de derechos humanos más flagrante y global que se conozca.

Aunque los estudios sobre el tema en la actualidad han suscitado bastante interés por parte de investigadores de diversos campos, dichos trabajos se han circunscrito fundamentalmente a las acciones de grupos o individuos. En efecto, el terrorismo ha sido considerado como un fenómeno clásico, utilizado muchas veces en la historia y considerado como la forma más violenta de guerra sicológica, pero se le ha examinado más a nivel de acciones individuales o de grupos que a nivel de acciones de Estado.

Recientemente, desde el campo de los derechos humanos, ha surgido interés en el estudio del fenómeno del terrorismo de Estado principalmente por las consecuencias nefastas, en vidas humanas, que éste ha ocasionado en diversas naciones, en especial en países del Tercer Mundo. Entre los investigadores figuran personalidades como Noam Chomsky, lingüista norteamericano, quién ha señalado que generalmente "se considera al problema del terrorismo internacional como uno de los más serios en la actualidad, razón por la cual debe ser abordado de manera urgente por los Estados civilizados". (39)

Noam Chomsky plantea que no existe desacuerdo en cuanto a la definición de "terrorismo". El término se refiere a la amenaza o al uso de la violencia:

  • por lo general con fines políticos,
  • en contra de civiles no-combatientes.

Para una definición más precisa podemos aceptar el Código Penal de Estados Unidos, que define el "acto de terrorismo" como una actividad que:

"a. Abarca un acto violento o un acto peligroso para la vida humana que constituye una violación de las leyes criminales de Estados Unidos o cualquier Estado, o que hubiera sido una violación criminal si hubiese sido cometida dentro de la jurisdicción de Estados Unidos o cualquier Estado;

b. parece tener el propósito de:

1.   intimidar o ejercer coerción sobre la población civil;
2.   influir la política de un gobierno por medio de la intimidación o la coerción; o
3.   afectar la conducta de un gobierno por medio del asesinato o el secuestro." (40)

Según Noam Chomsky existen diferentes variedades de terrorismo:

  • El terrorismo internacional, cuando el acto o las actividades de apoyo implican cruzar fronteras nacionales.
  • El terrorismo a gran escala (wholesale terrorism), dirigido contra grupos grandes.
  • El terrorismo a pequeña escala (retail terrorism), enfocado hacia los individuos.
  • Terrorismo de Estado.
  • Terrorismo individual.
Los dos últimos, el terrorismo de Estado y terrorismo individual dependen de la fuente de planeación y operación; o puede ser una combinación de ambos, cuando el terrorismo individual opera bajo las órdenes del Estado o bajo su dirección y apoyo. El autor considera que en torno al tema del terrorismo, la preocupación principal la constituyen los casos más serios: "el terrorismo a gran escala, dirigido generalmente por Estados o sus agentes, dentro de sus propias fronteras o fuera de ellas". (41)

William Schulz, investigador en sociología, señala que "si bien el terrorismo de Estado es tan viejo como la sociedad de clases misma, y pese a que constituye uno de los principales modos de operación de muchos Estados nacionales contemporáneos, no ha sido bien analizado. Muchos de los aspectos y legalidades de este siniestro fenómeno están por investigarse o requieren de un estudio más profundo". (42)

Este autor señala que una investigación histórica sobre las diferentes formas del terror de Estado sería de gran interés.

"Las razones por las cuales una élite en el poder decide dar preferencia a determinadas formas de terror sobre otras (por ejemplo, la crucifixión en lugar de la lapidación, la ejecución pública en vez de la no pública, la "desaparición" de personas con mayor frecuencia que el "tradicional asesinato político", el uso de clínicas psiquiátricas en sustitución de las cárceles) conduce a otro aspecto importante del tema, a saber: la psicología política del terrorismo de Estado." (43)

William Schulz plantea que el estudio del terrorismo de Estado merece una investigación más profunda del carácter represivo de un sistema social de clases. Señala que el carácter represivo se ejerce fundamentalmente en tres niveles estructurales, a saber:

El primer nivel pasa por la estructura socioeconómica, mediante las relaciones sociales y económicas imperantes. A dicha forma de violencia estructural o sistémica, se le llama opresión. Algunos ejemplos de esta violencia estructural, según William Schulz, son: la muerte diaria de decenas de miles de niños por desnutrición en los países capitalistas del Tercer Mundo, el analfabetismo, el desempleo, la falta de seguridad social, de vivienda, la violencia machista contra las mujeres, la discriminación racista de minorías étnicas y sociales.

El segundo nivel de ejercicio de la represión sistémica en una sociedad es la represión "ordinaria" del Estado, es decir, la actividad represiva que se requiere para cumplir con determinadas funciones públicas, tanto de carácter clasista como de interés general, y que se ejecuta conforme al derecho nacional e internacional.

El tercer nivel de represión estructural es la violencia que perpetra el Estado en violación de las normas del derecho nacional e internacional. (44)

Este autor plantea que la represión ordinaria y el terrorismo de Estado constituyen un medio económico directo o no de apropiación de riqueza por parte de una minoría dominante. Así, el terrorismo de Estado y la represión ordinaria pueden utilizarse dentro de dos contextos diferentes:

a.Para la defensa de un sistema establecido de producción y apropiación, esto incluye proyectos de reestructuración o modernización de la economía, la instalación de regímenes fascistas, las dictaduras militares, la "desestabilización" de otros países o el uso de la "contrainsurgencia".

b.Para la expansión de determinadas relaciones de producción, o su creación en áreas donde no existían, como sucedió durante el colonialismo o en el proceso de la "acumulación originaria del capital". (45)

De tal manera, según William Schulz, la intensidad con que se utilizan las dos formas de represión sistémica depende de la naturaleza y dimensión de la amenaza a la cual se ve expuesto el sistema clasista establecido.

Obviamente una élite en el poder recurre a métodos terroristas cuando su sistema de represión ordinario y, por supuesto, sus controles hegemónicos, son ineficaces para neutralizar la amenaza. (46) No obstante, es importante subrayar, según William Schulz que:

"...la élite en el poder reacciona ante una amenaza conforme a la percepción que tenga de ella. Esto explica por qué el terrorismo de Estado es usado a veces de manera "excesiva", es decir, por encima de las necesidades o intereses objetivos de las clases dominantes que los emplean; y, así mismo, por qué se aterroriza a grupos sociales, políticos o religiosos que objetivamente no constituyen ninguna amenaza real para el sistema." (47)

Según William Schulz, el terrorismo de Estado puede operar de dos maneras:

  • directamente, por medio de agencias del Estado mismo;
  • indirectamente, mediante la utilización de entidades sustitutas (proxy entities) tales como otros Estados o grupos o individuos. (48)
Otro punto de vista y complementario al anterior se encuentra en Miguel Bonasso que define el "terrorismo de Estado" para distinguirlo del "terrorismo" a secas que involucra a grupos o individuos que carecen precisamente del poder represivo del Estado y utilizan la violencia indiscriminada para expresar su oposición a ese poder y tratar de desestabilizarlo." (49)

Miguel Bonasso indica, desarrollando la definición de terrorismo de Estado:

"se usa esta denominación para demarcar un modelo estatal contemporáneo que se ve obligado a transgredir los marcos ideológicos y políticos de la represión "legal" (la consentida por el marco jurídico tradicional) y debe apelar a "métodos no convencionales", a la vez extensivos e intensivos, para aniquilar a la oposición política y la protesta social, sea ésta armada o desarmada." (50)

Según Miguel Bonasso se deducen dos definiciones:

"El terrorismo de Estado es siempre de origen conservador y, por lo tanto antagónico a los intereses históricos de los sectores populares. Aunque alguna vez haya sido perpetrado bajo consignas revolucionarias, como pudo ser en el caso del régimen de Pol Pot en Camboya.

"El terrorismo de Estado es siempre vergonzante, porque siempre está atrapado en la misma contradicción: debe difundir sus practicas más crueles y aberrantes para generalizar el terror y asegurar la dominación pero debe, al mismo tiempo, negar su autoría para no transgredir las normas jurídicas internas e internacionales que aseguran -en teoría- el respeto a los derechos humanos." (51)

Cabe puntualizar de que no es tan cierta la idea de que el terrorismo de Estado es siempre utilizado por regímenes conservadores. El período estalinista en la ex-URSS y en otros países de Europa del Este, demuestra que allí también se utilizó la maquinaria del Estado terrorista no sólo en contra de opositores, sino que también contra disidentes que participaron del proceso revolucionario.

Más adelante, Miguel Bonasso señala también que "aún cuando es aplicado mayoritariamente por dictaduras militares, establecidas precisamente para desplegar el sistema terrorista con mayor eficacia y sin ningún tipo de controles periodísticos o parlamentarios, el "terrorismo de Estado" se presenta como el último bastión del "sistema democrático" y del "mundo libre". (52)

Los regímenes militares que lo aplican –particularmente en América Latina– tienden a mostrarlo como transitorio, como etapa cruel pero necesaria, que antecede al retorno de la "Constitución y la Democracia." (53)

Ernesto Garzón, jurista español, analiza el "concepto de terrorismo de Estado" desde el punto de vista de su legitimidad fáctica y de su ilegitimidad ética. Define el concepto de terrorismo de Estado como el ejercicio del poder estatal caracterizado por:

–La afirmación de la existencia de una "guerra vertical" con un enemigo infiltrado en todos los niveles de la sociedad, que suele actuar como agente de una confabulación internacional, cuya finalidad es la eliminación de valores aceptados como absolutos por quienes detentan el poder.
–La delimitación imprecisa de los hechos punibles y eliminación del proceso judicial para la determinación de la comisión de un delito.
–La imposición clandestina de medidas de sanción estatal prohibidas por el orden jurídico oficialmente proclamado (torturas y homicidios, entre otros).
–La aplicación difusa de medidas violentas de privación de la libertad, la propiedad o la vida, prescindiendo en muchos casos, de la identidad del o de los destinatarios de las mismas y de los actos u omisiones de los que pueden ser responsables; la aplicación de la violencia a víctimas inocentes contribuye precisamente a reforzar la "eficacia" del terror.

La conjunción de estas características permite formular la siguiente definición de terrorismo de Estado:

"El terrorismo de Estado es un sistema político cuya regla de reconocimiento permite y/o impone la aplicación clandestina, impredecible y difusa, también a personas manifiestamente inocentes, de medidas coactivas prohibidas por el ordenamiento jurídico proclamado, obstaculiza o anula la actividad judicial y convierte al gobierno en agente activo de la lucha por el poder." (54)

Según Ernesto Garzón, la definición de terrorismo de Estado puede ser completada y explicitada haciendo referencia a sus elementos funcionales más importantes desde el punto de vista institucional. El terrorismo de Estado requiere:

a. Una cierta organización ideológica cuya base es un dogma, una idea que vale como pauta absoluta, incuestionable, y que sirve de excusa o justificación para la destrucción de todo aquello que se oponga a ella. Tal fue el papel de la llamada "Doctrina de Seguridad Nacional".

b. Un equipo eficaz de propaganda que justifique y argumente las medidas aplicadas y contrarreste y estigmatice posiciones contrarias.
c. Disciplina interna de las organizaciones ideológicas: eliminación de la capacidad de autocrítica de los miembros de la organización encargada de aplicar las medidas coactivas a través de algunos mecanismos de "disciplina interna". (55)

Según Ernesto Garzón entre los argumentos que son utilizados para excusar o justificar la aplicación de aquellas medidas que justamente son definitorias de terrorismo de Estado, se cuentan las siguientes:

a. El argumento de la eficacia. La imposición del "terror estatal" es la forma más eficaz para combatir el terrorismo urbano y/o rural.
b. El argumento de la imposibilidad de identificación del "terrorista". Ello exige la aplicación difusa de medidas de coacción.
c. El argumento de la simetría de medios de lucha. La respuesta cabal al "terrorismo indiscriminado" es el reforzamiento del monopolio de la violencia estatal a través de medios equivalentes a los que utiliza el "terrorista urbano y/o rural".
d. El argumento de la distinción entre ética pública y ética privada. En el campo de la política, desde el punto de vista ético, a diferencia de lo que sucede en el ámbito de las acciones privadas, lo decisivo para juzgar el comportamiento de quienes detentan el poder es el resultado alcanzado. Si el resultado logrado por la vía del terrorismo de Estado es la paz, se obtiene así el fundamento necesario para una verdadera "sociedad democrática".
e. El argumento de la inevitabilidad de consecuencias secundarias negativas. El fin que persigue o la imposición de medidas difusas y clandestinas de represión es la paz y la seguridad. Que como efecto secundario ello implique la destrucción de vidas humanas es algo perfectamente justificable si se recuerda la "teoría del doble efecto", sustentada por los escolásticos.
f. El argumento de las "elecciones trágicas". "El terrorismo urbano y/o rural" coloca al Estado frente a una situación que podría ser calificada como de "elección trágica": si no se da respuesta al terrorismo de una manera eficaz, se pone en peligro la existencia misma del Estado; por otra parte, una respuesta eficaz exige la aplicación de medidas al margen de la legalidad.
g. El argumento de la primacía de los valores absolutos. Existen valores político-sociales que tiene una validez absoluta e incondicional. Su realización es condición necesaria para la felicidad y el bienestar de la sociedad. Quienes se oponen a ellos... se convierten en enemigos irreconciliables del orden social, y, por tanto, su eliminación está justificada. (56)

Finalmente E. Garzón indica que:

"El terrorismo de Estado no puede ser nunca una forma permanente de gobierno. Así lo reconocen también quienes lo propician o practican cuando subrayan el carácter transitorio de este tipo de sistema como etapa preparatoria para una "democracia verdadera". Desde el punto de vista ético, postular el "aullido gubernamental" como vía para el afianzamiento de la democracia es tan inaceptable como propiciar la muerte intencional de inocentes para amedrentar a los culpables reales o probables." (57)  

2. El terrorismo de Estado en América Latina

Una de las características comunes de la historia contemporánea en América Latina es el hecho de que existen profundas desigualdades e injusticias sociales en grandes sectores de la población. Esta situación ha provocado grandes tensiones y conflictos sociales permanentes. Probablemente, esta constatación, junto al impacto político de la revolución cubana en la región y el contexto internacional de "guerra fría" fueron algunos componentes que configuraron una nueva visión del papel del Estado y de las Fuerzas Armadas en el continente.

El miedo atroz a los cambios sociales, a los movimientos populares, a la "amenaza comunista" fueron creando un clima de inseguridad (en muchos casos artificial y ficticio) en las clases dominantes de América Latina que las condujo a otorgar mayores cuotas de poder a instituciones militares y policiales que aseguraban el mantenimiento del "orden vigente" y el "status quo".

Situaciones de inestabilidad política e institucional, reflejando a veces una crisis del sistema democrático, no son excepcionales en el continente. Se conoce, por ejemplo, la intervención en política de los militares mediante golpes de Estado y cuartelazos desde el inicio del período repúblicano.

La "cultura de la pobreza", la dependencia económica y política de las grandes metrópolis imperialistas, la no resolución de los problemas sociales de los sectores más débiles y marginados de la población, la imposibilidad de cambios sociales, van creando las condiciones del enfrentamiento social y político.

Otra particularidad aparece a finales de la década de los 60 con el desarrollo de poderosos movimientos sociales de carácter popular y reivindicativo que en muchos casos cuestionaban el poder establecido y se presentaban como proyectos políticos alternativos. El caso del gobierno de la Unidad Popular en Chile, del Presidente Allende, es un claro ejemplo.

De tal manera, la irrupción del conflicto social y político en diversos ámbitos de la sociedad lleva a situaciones de polarización de fuerzas. La respuesta de los sectores dominantes no será el diálogo ni la búsqueda de salidas de consenso. La solución será la represión política.

Esta represión tendrá características totalmente diferentes. No será la represión tradicional, salvaje de antaño. La represión debe ser distinta. Primero, porque ya no causa mucho efecto la forma tradicional, y segundo, porque el movimiento popular también responde, en algunos casos, con formas de violencia.

Se requiere un nuevo tipo de represión, nuevos métodos y técnicas, más eficaces y sistemáticos. En definitiva, una nueva concepción de la represión para hacer frente a los conflictos sociales. Así se recurre a la estrategia de la contrainsurgencia y la Doctrina de la Seguridad Nacional como un auxiliar ideológico que justifica teoricamente la necesidad de la "seguridad" y la preparación para la guerra en contra del "enemigo interno".

Para cumplir con estos objetivos, se agregan otros elementos, tales como:

– Estructurar las Fuerzas Armadas de acuerdo con los nuevos principios. En la preparación militar para un eventual conflicto, se dará mayor énfasis a la lucha contra un "enemigo interno" que contra un enemigo externo.
– Las situaciones de conflicto o guerra no serán asumidas exclusivamente en el plano militar. Hay que combatir en todos los frentes y con todas las formas de lucha, ya que la "guerra es total". Aquí, la guerra psicológica y la utilización del terror desempeñan un papel fundamental.

Por consiguiente, con la ineficacia de los tradicionales métodos de represión, con esta nueva visión de neutralizar y reprimir los conflictos sociales, con un nuevo papel para el Estado y las Fuerzas Armadas, con la incorporación de la ideología de la Seguridad Nacional, con la preparación militar para oficiales latinoamericanos en escuelas internacionales de contrainsurgencia, va surgiendo algo nuevo.

De este modo, se han configurado todos los elementos y condiciones para comprender la razón y la lógica, por la cual algunos gobiernos, civiles o militares, han aplicado determinadas formas de terrorismo de Estado, constituyendo la desaparición forzada de personas, la expresión más perfecta y acabada.

Delimitando el concepto de terrorismo de Estado aplicado a las experiencias de gobiernos que utilizaron estos métodos de represión política en América Latina y que tomaron como base la ideología de la Doctrina de Seguridad Nacional, en una investigación sobre el tema, Alvaro Del Barrio Reyna y José León Reyes señalan:

"El terrorismo de Estado constituye el aspecto más notorio de la Doctrina de la Seguridad Nacional, traducido en un total desconocimiento del derecho a la vida y de la libertad personal, en torturas y desaparecimientos cometidos con el alegado motivo de la lucha contra la subversión. La honda ilegitimidad que suponen las distintas características de la ideología de la Seguridad Nacional, conducen a sus adeptos y ejecutores prevalidos del poder total, a una situación de hipocresía y clandestinidad. Adoptan el sigilo, la nocturnidad, el ataque por sorpresa, las prácticas delictivas; la infracción del propio orden jurídico que en las horas de luz dicen defender y que, en todo caso no se atreven a suprimir.

El terrorista estatal es aún más execrable que el terrorista extraestatal, al precaverse del aparato del Estado para delinquir, ocultarse, protegerse o hacerse impune. El tríptico que caracteriza la ideología del terrorismo de Estado es: secreto, clandestinidad e impunidad." (58)  

3. El terrorismo de Estado en Chile

La utilización de la máquina del Estado para generar represión y terror en Chile comenzó con el advenimiento del régimen militar. Las graves violaciones de los derechos humanos condenadas por Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos, Amnistía Internacional y en diversos foros internacionales, demostraron la gravedad de la situación. El campo de violación de los derechos humanos abarcó en Chile. (59) los siguientes elementos:

a.   Violaciones del derecho a la vida
1.   Muertes. Diversos tipos de muerte: ejecuciones, con desaparecimiento; por torturas; en supuestos enfrentamientos, homicidios premeditados, por abusos de poder, etc.
2.   Detenidos-desaparecidos

b. Violaciones del derecho a la integridad personal
1.   Torturas. Diversos tipos de tortura: físicas o psíquicas, con aplicación de descargas eléctricas, de tipo sexual, por golpes, aplicación de drogas, quemaduras, inmersiones
2.   Tratos y penas crueles, inhumanas y degradantes
3.   Homicidios frustrados
4.   Heridos y lesionados

c. Violaciones del derecho a la libertad personal
1.   Detenciones arbitrarias. Detenciones individualizadas y selectivas, en manifestaciones, en allanamientos masivos, secuestros
2.   Presos políticos
3.   Relegación (confinamiento en lugares remotos e inhóspitos)

d. Violaciones del derecho a la seguridad personal
1.   Amedrentamiento
2.   Allanamiento

e. Violaciones del derecho a vivir en la patria
1.   Exilio
2.   Refugiados

Considerando que el terrorismo de Estado fue una política de represión utilizada por el régimen militar que provocó la violación de derechos humanos más grave, sistemática y masiva en la historia reciente de Chile, ésta se puede caracterizar por todos aquellos hechos de violencia política que causaron conmoción y alarma pública y que provocaron situaciones de terror hacia la comunidad.

Entre los hechos o prácticas típicas de terrorismo de Estado realizadas entre 1973 y 1990, cabe mencionar las siguientes (60):

– El bombardeo del Palacio Presidencial de La Moneda el 11 de septiembre de 1973, en el cual se encontraba el Presidente constitucional, Ministros y colaboradores.
– La ejecución de un grupo de arrestados en Curacaví el 17 de septiembre de 1973 por Carabineros de dicho lugar. Del total de 7 personas, cinco son ejecutadas y dos logran sobrevivir. Entre estos últimos, uno de ellos, José Guillermo Barrera, después de haberse asegurado en el Ministerio de Defensa que no era buscado, regresará a Curacaví en marzo de 1974, siendo nuevamente detenido y desaparecido.
– La ejecución de 13 personas en Osorno el 18 de septiembre de 1973 por carabineros y colaboradores civiles de dicha localidad.
– La ejecución de 19 personas de Laja y San Rosendo el 18 de septiembre de 1973 por Carabineros de la Tenencia de Laja. Los detenidos fueron ejecutados en el camino de Los Angeles, entre Yumbel y Laja, y sus cuerpos fueron enterrados clandestinamente.
– La ejecución de 18 campesinos de Paine el 24 de septiembre de 1973 por efectivos del Regimiento de Infantería de San Bernardo.
– La ejecución de cerca de 22 personas en Valdivia en octubre de 1973 por miembros del Ejército.
– La ejecución de 6 detenidos por "ley de fuga" en Pisagua el 30 de septiembre de 1973.
– La ejecución de 4 estudiantes universitarios en Cauquenes el 3 de octubre de 1973 por efectivos militares de esa ciudad.
– La ejecución de 13 campesinos en Mulchén en octubre de 1973 por una patrulla de Carabineros, militares y civiles.
– La ejecución de cerca de 9 dirigentes ferroviarios de la Maestranza de San Bernardo el 10 de octubre de 1973 por militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo.
– La ejecución de 10 personas en un Consejo de Guerra en el campamento de detenidos de Pisagua en octubre de 1973 por efectivos militares.
– La ejecución de 23 personas en Paine de los asentamientos campesinos "24 de abril", "Nuevo Sendero" y "El Tránsito" en octubre de 1973 por miembros del Ejército.
– La ejecución de 72 presos políticos entre el 15 y 19 de octubre de 1973 en las ciudades de La Serena, Copiapó, Antofagasta, y Calama, por la llamada "caravana de la muerte", una delegación militar a cargo del general Sergio Arellano Stark.
– La ejecución de 7 detenidos en un "supuesto enfrentamiento" en Cautín, Temuco, el 10 de noviembre de 1973 por miembros del Regimiento Tucapel.
– Instalación del centro clandestino de detención y tortura de la calle Londres 38 en pleno centro de Santiago en marzo de 1974. Posteriormente será reemplazado por otros recintos similares, tales como la casa en "José Domingo Cañas", "La Discoteca" o "Venda sexy", "Villa Grimaldi", todas a cargo de la DINA. Por aquí pasarán gran parte de los detenidos que posteriormente serán desaparecidos.
– Muerte del general de la Fuerza Aérea Alberto Bachelet, víctima de las torturas a que fue sometido, el 14 de marzo de 1974. Según la versión oficial, su muerte se produjo por "un ataque al corazón". El general Bachelet participó en un cargo público durante el gobierno de la Unidad Popular.
– Muerte del ex-Ministro del Interior, José Toha, detenido por los militares. Según versión oficial, éste se suicidó en el Hospital Militar, donde estaba hospitalizado.
– Muerte en atentado explosivo del ex-Comandante en Jefe del Ejército de Chile, general Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert en Buenos Aires el 29 de septiembre de 1974. Al llegar a su residencia, un poderoso artefacto explosivo colocado bajo el chasis del automóvil y detonado a distancia por control remoto, hace explosión causando la muerte del general y su esposa. Ellos habían buscado refugio en Argentina después del golpe militar. El general Carlos Prats, militar leal a la Constitución, se negó a participar en el gobierno de la Junta Militar, teniendo que abandonar Chile por razones de seguridad personal. En los días previos al atentado el general Prats hacía gestiones para viajar a Europa, viaje que había sido demorado por las autoridades chilenas.

El agente de la DINA, Michel Townley abandonó Buenos Aires el mismo día del atentado.

– Publicación en Argentina y Brasil de una lista de 119 casos de desaparecidos. Se trata de una operación conjunta de la DINA y los servicios de seguridad argentinos que intenta hacer creer a la opinión pública que un grupo de detenidos en Chile por la DINA en 1974 habría muerto a consecuencias de purgas políticas internas y en enfrentamientos con las Fuerzas Armadas de Argentina. Este montaje resulta completamente falso ya que existen innumerables pruebas de testigos y familiares de las víctimas que demuestran que en los 119 casos, todos fueron detenidos y desaparecidos en Chile por la DINA.
– Inicio de las operaciones del "Comando Conjunto", un grupo antisubversivo formado por el Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea, Carabineros y ex-militantes del grupo de extrema derecha Patria y Libertad. El Comando Conjunto será el responsable de la represión en contra del Partido Comunista (PC).
– Intento de asesinato en contra del ex-Ministro del Interior y ex Vicepresidente de la República, Bernardo Leighton y su esposa Anita Fresno, en Roma el 6 de octubre de 1975. Leighton fue herido de un disparo en la cabeza en un atentado terrorista al llegar a su casa. Después de varias semanas de debatirse entre la vida y la muerte sobrevivirá. Su esposa que también fue atacada, quedó en estado semi-paralítico. Leighton, fundador del Partido Demócrata Cristiano (PDC), junto con 12 militantes de ese partido emitieron una condena categórica al golpe de Estado, dos días después de producido éste en 1973. La Junta Militar le había prohibido regresar a Chile. Responsable de esta acción fue el grupo de extrema derecha italiano Avanguardia Nazzionale, en conexión con la DINA.
– Asesinato, en 1976, de Carmelo Soria, ciudadano español y funcionario internacional de la CEPAL quien fue secuestrado, torturado y estrangulado por agentes de la DINA. Su cuerpo fue arrojado a un canal para simular un accidente.
– Asesinato en un atentado con explosivos de Orlando Letelier, ex-Ministro de Relaciones Exteriores y ex-Ministro de Defensa Nacional del gobierno de la Unidad Popular, en Washington el 21 de septiembre de 1976. En el ataque muere también la ciudadana norteamericana Ronni Moffitt y queda herido su marido Michael Moffitt. El explosivo fue colocado bajo el automovil y accionado por control remoto mientras Letelier conducía su coche en pleno centro de Washington. Letelier había sido privado de su nacionalidad por la Junta Militar 12 días antes de su muerte por "atentar gravemente contra los intereses del Estado". Michael Towley, involucrado en este atentado, agente de la DINA, utilizando un pasaporte falso había abandonado Washington el día anterior.
– Detención en el lapso de tres semanas de 13 dirigentes del PC en Santiago, entre noviembre y diciembre de 1976. La versión oficial de los militares señala que las víctimas habrían abandonado el país por un paso fronterizo en dirección a Argentina. Los abogados de organismos de derechos humanos logran demostrar que registros de salida del país fueron adulterados y que existen pruebas concretas de que fueron capturados en Chile por los servicios de seguridad.
– Asesinato de Tucapel Jiménez, Presidente de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales de Santiago el 25 de febrero de 1982. Jiménez promovía la posibilidad de la unidad de los trabajadores en contra del régimen. Fue encontrado muerto en su automóvil con dos balazos en el cráneo y tres puñaladas. Había recibido numerosas amenazas de muerte y era habitualmente seguido por desconocidos de civil.
– Muerte de Loreto Castillo en Santiago, el 16 de mayo de 1984. La víctima fallece en la explosión de una poderosa bomba, junto a una torre de alta tensión. En los días siguientes informaciones de prensa dicen que Loreto Castillo es una "terrorista" que ha cometido diversos atentados. Sin embargo, Héctor Muñoz, esposo de la víctima denuncia haber sido detenido con su mujer el día de la explosión por un grupo de civiles. Después de golpearlos hasta dejarlos inconscientes, los desconocidos los colocaron separadamente junto a torres de alta tensión con explosivos a punto de explotar. La bomba de Muñoz no estalló y salvó su vida.
– Muerte a tiros de siete personas a manos de agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), en la ciudad de Concepción el 23 de agosto de 1984, en "enfrentamientos" que, según testigos, no existieron.
– En un atentado atribuido a izquierdistas, que destruye la iglesia de Fátima de la ciudad de Puntas Arenas, el 6 de octubre de 1984, se encuentra el cadáver del verdadero autor del atentado, el teniente de Ejército Patricio Contreras Martínez, importante miembro de la CNI local.
– Secuestro y posterior degollamiento de tres profesionales del proscrito Partido Comunista: el dirigente de los profesores Manuel Guerrero, el dibujante Santiago Nattino y el sociólogo de la Vicaría de la Solidaridad, José Manuel Parada, en Santiago, el 28 y 29 de marzo de 1985. El juez civil José Cánovas, después de cuatro meses de investigación, acusa a los servicios de seguridad dependiente de Carabineros (DICOMCAR). El Director de Carabineros y miembro de la Junta de Gobierno, general César Mendoza, es obligado a renunciar a los cargos por los restantes mandos de las Fuerzas Armadas.
– Asesinato en Santiago de los hermanos Rafael y Eduardo Vergara por funcionarios de Carabineros, el 29 de marzo de 1985 al tiempo que agentes de la CNI matan a balazos a la joven Paulina Aguirre de 20 años.
– Durante un paro nacional y una jornada de protesta populares callejeras contra la dictadura, el 2 y 3 de julio de 1986, policias y soldados matan a siete personas en Santiago, entre ellas el fotógrafo Rodrigo Rojas, a quien una patrulla encabezada por un teniente quema vivo. Carmen Gloria Quintana, acompañante de Rojas, sufre quemaduras graves y queda desfigurada.
– Secuestro y ametrallamiento de cuatro opositores al régimen militar en Santiago entre el 8 y 9 de septiembre de 1986. Ellos son Felipe Rivera, Gastón Vidaurrázaga, José Carrasco y Abraham Muskablit quienes son asesinados por civiles armados del denominado comando "11 de septiembre", como represalia y venganza por el atentado fallido que sufriera el general Pinochet el día anterior, reivindicado por el Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR).
– Muerte de 12 personas en la llamada "Operación Albania" entre los días 15 y 16 de junio de 1987, en Santiago, en operativos coordinados por la Central Nacional de Informaciones (CNI).
– Asesinato con doce disparos de Jecar Neghme, dirigente del MIR, cuando caminaba por una calle en el centro de Santiago el 4 de septiembre de 1989. 

Notas:
http://www.desaparecidos.org/nuncamas/web/investig/images/linea350.gif