sábado, 2 de junio de 2012

Ley de Medios 2º parte... De Alguna Manera...

La ley y los medios: 2da. parte...


Algo no cierra. Este jueves la Presidenta, hablando sobre la Ley de Medios, anunció que el próximo 7 de diciembre será el último plazo para desinvertir, porque los tres años que otorgó la Justicia con cautelares “ya fueron demasiados”, y que no sólo Clarín deberá adecuarse sino “todos todos” (sic) los grupos de medios –afines y adversarios– porque hasta ahora no se les había exigido desinvertir a aquellos que no habían presentado cautelares “para no acentuar más el monopolio” de Clarín, pero en diciembre tendrán que cumplir todos. ¿Será así? ¿Se pondrá a la venta al mismo tiempo la mayor cantidad de medios que registre no sólo la historia argentina sino también la mundial?

El tema excede en mucho a Clarín. Comenzando nada menos que por Telefe, el actual canal líder del país, que de enero a mayo le ganó en rating a El Trece. El 7 de diciembre, Telefónica tendría que venderlo porque la ley prohíbe que un prestador de un servicio público –telefonía básica, en su caso– sea dueño de un canal de televisión. En Telefónica nadie tiene un plan de venta de Telefe y ni siquiera están preocupados por el tema. Alguien está mal informado, los ejecutivos españoles o la Presidenta. Y sin ironía, porque no sería descartable que fuera la Presidenta.

La Ley de Medios tiene tantas exigencias que su cumplimiento real será verdaderamente problemático. No sólo los futuros dueños de los medios que se pongan a la venta tendrán que ser empresas integradas muy mayoritariamente por argentinos y los extranjeros sólo podrían ser dueños del 30%, sino que además a un extranjero que tenga medios en otros países directamente le estará vedado tener siquiera el 1% de una empresa de medios en Argentina. O sea que los extranjeros que podrían estar más interesados en participar de una empresa de medios, porque ésa es su especialidad en su país, lo tienen expresamente prohibido por el artículo 25 de la ley, que se refiere a las “condiciones de admisibilidad” de propietarios de medios y exige “no tener vinculación jurídica societaria ni sujeción directa o indirecta con empresas de servicios de comunicación audiovisual extranjeras”.

Y esto no afecta sólo a los canales y radios o productores de contenidos, sino también a las empresas que presten el servicio de conectividad, o sea que venden el abono de cable: ¿quién si no un extranjero –por ejemplo el mexicano más rico del mundo, Carlos Slim, dueño de empresas de teléfonos en toda Latinoamérica– podría tener dinero para invertir los miles de millones de dólares que vale casi la mitad de Cablevisión, que Clarín debería vender?

O sea que para ser dueño de una compañía de teléfonos se puede ser 100% extranjero y no sólo no es una inhabilitación tener una empresa de servicios de comunicación en el exterior sino que fue un requisito en el momento en que se privatizaron, cuando se exigía al operador telefónico experiencia en la materia para garantizar idoneidad, mientras que para ser dueño de una empresa que en lugar de llevar por un cable teléfono lleva por un cable idéntico abono de televisión, en ese caso lo que está permitido y exigido se convierte en prohibido. El día que finalmente llegue la lógica convergencia del triple-play, donde ya hoy por el mismo cable se puede enviar televisión, internet o teléfono, haciendo competir a todos los prestadores y beneficiando a los usuarios con bajas en los precios del abono, las compañías de telefonía podrán tener accionistas extranjeros mientras que las empresas de cable no, a pesar de que terminarán dando el mismo servicio.

Sumando contradicciones, las limitaciones a extranjeros (tanto las que imponen el tope del 30% como las que los excluyen por completo en el caso de poseer medios en el exterior) tienen –de acuerdo con la interpretación actual– una excepción que beneficia a las personas físicas o jurídicas norteamericanas por el tratado de reciprocidad firmado por Menem con Estados Unidos, que permitió en la década del 90 que Eurnekian pudiese vender Cablevisión por entonces a TCI, el mayor operador de cable de EE.UU. Dicho sea de paso, hoy TCI fue absorbido por ATT, compañía telefónica norteamericana, y ofrece triple-play.

Vale aclarar que la prohibición de que un extranjero dueño de medios en Argentina tenga medios de comunicación en otros países no incluye el registro y titularidad de señales de cable (desde Disney o Sony hasta Gourmet o Utilísima) porque, mientras no se tenga un canal de televisión de aire o una empresa proveedora de abono de acceso al cable, se puede tener ilimitadamente cualquier cantidad de señales (canales) de cable, o sea igual régimen que diarios y revistas. Lo que el Estado reguló es aquello que requiere el uso de lo público: en el caso de un canal o una radio abierta, el uso limitado de las bandas de aire por las que se transportan las ondas; y en el caso del cable, el uso del subsuelo por donde pasan los cables.

La ley tuvo un minucioso cuidado para que el mismo grupo de empresas no pueda tener más medios de los autorizados apelando a representantes o testaferros, pero se le escapó (o a propósito no lo tuvo en cuenta en forma expresa) la inexistencia de impedimentos o limitaciones entre familiares de cualquier grado. Esto está relacionado con los casos de dueños de medios que sean personas físicas argentinas, que estuvieran impedidos por alguna limitación (ser dueño de más de 10% de una empresa de servicios públicos o ser funcionario público, por ejemplo), quienes podrían donar sus acciones de aquello que los limita a sus herederos forzosos –dependiendo del caso, hijos o sobrinos–, y así quedar habilitados para comprar medios audiovisuales.

Volviendo al ejemplo de la semana pasada de Eurnekian –el único argentino que fue dueño de canales y radios que queda con patrimonio suficiente como para comprar los principales medios que se pusieran a la venta–, podría donarles a sus sobrinos sus acciones de Aeropuertos 2000, y de esa forma quedar habilitado para volver a los medios.

A la inversa, esto sucedió con Francisco de Narváez, quien por ser diputado no podría seguir siendo dueño de medios audiovisuales pero, como sus acciones de América TV –desde el momento de su compra, en junio de 2005– pertenecen a una sociedad cuyos accionistas son sus hijos mayores, no estaría obligado, para adecuarse a la nueva ley, a desprenderse de ellas.

Así como la Ley de Medios prohíbe el traspaso de las acciones de medios audiovisuales sin la autorización del Estado, el traspaso de acciones de empresas de servicios públicos también precisa ajustarse a lo dispuesto en el marco regulatorio de cada actividad, que no es el mismo para el gas que para el agua, por ejemplo.

¿La ley se cumplirá pareja para todos, como dijo la Presidenta al anunciar que el 7 de diciembre será el Día D de la historia de la comunicación de nuestro país?

Difícil de creer. El primer indicio de que así no será fue la transferencia a Cristóbal López del control de las radios de Hadad (C5N, por ser una señal de cable, no tiene limitaciones) porque la ley sólo faculta a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) para permitir –y en casos extraordinarios– ventas de hasta el 50%, y Hadad se habría desprendido de todas sus acciones.

© Escrito por Jorge Fontevecchia y publicado por el Diario Perfil de La Ciudad Autónoma de Buenos Aires el viernes 1º de Abril de 2012.


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